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Ley de la Comunidad Autónoma de Navarra 18/2000, de 29 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario de 500.000.000 pesetas para financiar aportaciones al fondo de provisiones técnicas de Sonagar.Exposición de motivosSe ha puesto de manifiesto en el Departamento de Economía y Hacienda la necesidad de realizar una aportación a la «Sociedad de Garantía Recíproca» (SONAGAR) con destino al denominado «Fondo de provisiones técnicas». En consecuencia, para atender estas necesidades, se concede el crédito extraordinario correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra. Artículo 1 Se concede un crédito extraordinario por importe de 500.000.000 pesetas para atender las necesidades del Departamento de Economía y Hacienda Este crédito extraordinario se aplicará al Proyecto 14002, partida 11300-7709-6127, línea 08495-1, denominada «Aportaciones a SONAGAR» del vigente Presupuesto de Gastos de 2000 Artículo 2 La financiación del referido crédito extraordinario se realizará con cargo a los mayores ingresos de la partida «Aplicación del superávit de ejercicios anteriores», línea 39325-0 Disposiciones finalesDisposición final única La presente Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. |
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Boletín Oficial del Estado de 21 de febrero de 2001
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