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Resolución de 1 de marzo de 2001, de la Dirección General de Planificación Económica y Coordinación Institucional, por la que se da publicidad a los índices de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2000, a los efectos de la actualización de las rentas de los arrendamientos rústicos.
El artículo 38 de la Ley 83/1980, de 31 de diciembre, de Arrendamientos Rústicos, establece que «podrá acordarse por las partes la actualización de la renta para cada anualidad por referencia al último índice anual de precios percibidos por el agricultor, establecido por el Ministerio de Agricultura para los productos agrícolas en general o para alguno o algunos de los productos principales de que sea susceptible la finca, atendidas sus características y la costumbre de la tierra. Del mismo modo, tratándose de fincas cuyos principales productos sean ganaderos, podrá también referirse la actualización al índice de los precios de alguno o algunos de sus productos».
En su virtud, esta Dirección General de Planificación Económica y Coordinación Institucional difunde públicamente los valores del índice anual de precios percibidos por los agricultores y ganaderos en 2000 y su incremento respecto al año 1999, tanto para el índice general como para los principales índices de productos, que se incluyen en el anexo de la presente Resolución.
(Anexo omitido)
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