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Real Decreto 312/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro.

El Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro, determina en su artículo 4 los vocales de las diferentes Comunidades Autónomas que participan en su Junta de Gobierno, entre los que no figura ningún representante de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

A su vez, la disposición adicional segunda de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, faculta al Gobierno para modificar los Reales Decretos constitutivos de los Organismos de Cuenca, cuando ello resulte necesario para posibilitar la participación en las Juntas de Gobierno, de aquellas Comunidades Autónomas que, en su momento, no hubiesen ejercitado su opción en el plazo de tres meses desde la publicación del Real Decreto 650/1987, de 8 de mayo, por el que se definen los ámbitos territoriales de los Organismos de Cuenca y de los Planes Hidrológicos.

Dado que el Consejo de Gobierno de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha acordó, el 8 de febrero de 2000, la incorporación de un representante de esa Comunidad Autónoma en la Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Ebro, es preciso modificar el citado artículo 4.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.4 de la Ley 29/1985, de Aguas, y en el artículo 63.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, a iniciativa del Ministro de Medio Ambiente, y a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de marzo de 2001, dispongo:

Artículo único

Modificación del artículo 4 del Real Decreto 931/1989, de 21 de julio.

El artículo 4 del Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro, queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 4. La Junta de Gobierno de la Confederación Hidrográfica del Ebro estará integrada por los miembros indicados en el artículo 29 del Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, correspondiendo a las Comunidades Autónomas y a los usuarios, de conformidad con las reglas establecidas en los párrafos b) y c) del apartado 1.3 de dicho precepto, la siguiente representación:

a) Comunidades Autónomas:

Comunidad de Aragón: seis representantes.

Comunidad de Cantabria: un representante.

Comunidad de Castilla y León: un representante.

Comunidad de Castilla-La Mancha: un representante.

Comunidad de Cataluña: tres representantes.

Comunidad de La Rioja: dos representantes.

Comunidad Foral de Navarra: dos representantes.

Comunidad del País Vasco: un representante.

Comunidad Valenciana: un representante.

b) Usuarios:

De abastecimiento a poblaciones: cuatro representantes.

De regadíos: ocho representantes.

De usos energéticos: dos representantes.

De otros usos: dos representantes.»

Disposiciones finales

Disposición final única

Entrada en vigor

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 5 de abril de 2001

Acuerdo de cooperación turística entre el Reino de España y la República de Namibia, hecho «ad referendum» en Windhoek el 20 de febrero de 1999.

Entrada en vigor del Canje de Notas de fechas 7 y 28 de enero de 2000, constitutivo de Acuerdo entre España y Estados Unidos, por el que se prorroga el Acuerdo entre ambos países sobre cooperación científica y técnica en apoyo a los programas de exploración lunar y planetaria y de vuelos espaciales tripulados y no tripulados a través del establecimiento en España de una estación de seguimiento espacial, firmado en Madrid el 29 de enero de 1964, cuya aplicación provisional fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 49, de fecha 26 de febrero de 2000.

Real Decreto 343/2001, de 4 de abril, de aplicación de régimen de autorización administrativa previa a «Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima».

Orden del Ministerio de Fomento de 4 de abril de 2001 por la que se corrigen errores en la Orden de 22 de marzo de 2001, por la que se dictan normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones al Parlamento Vasco.

Real Decreto 309/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Orden del Ministerio de Agricultura de 4 de abril de 2001 por la que se establecen restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa.

Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.

Real Decreto 312/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro.

Real Decreto 350/2001, de 4 de abril, por el que se modifica el Estatuto del Organismo autónomo Biblioteca Nacional.



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