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Real Decreto 350/2001, de 4 de abril, por el que se modifica el Estatuto del Organismo autónomo Biblioteca Nacional.

La Biblioteca Nacional es un Organismo autónomo del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que se rige por el Estatuto aprobado por el Real Decreto 1581/1991, de 31 de octubre, modificado por los Reales Decretos 253/1997, de 21 de febrero, y 1954/2000, de 1 de diciembre, habiéndose adaptado a las previsiones de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, mediante el Real Decreto 432/1999, de 12 de marzo.

La especial importancia de la Biblioteca Nacional como centro estatal depositario de la memoria cultural española se refleja en los objetivos y funciones contenidos en el artículo 2 de su Estatuto. Ello mismo dota de especiales características a las actividades a desarrollar por la función directiva de la Biblioteca, que no se acomoda a las habituales funciones y perfiles de los órganos administrativos de similar naturaleza.

Tales circunstancias aconsejan la aplicación de lo previsto en el artículo 18, apartado 2, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, a que se remite el artículo 46 de la misma.

En consecuencia, el presente Real Decreto tiene por objeto permitir que el Director de la Biblioteca Nacional no ostente la condición de funcionario, por lo que procede modificar el Estatuto de la misma, de acuerdo con la previsión del precepto legal antes citado.

En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de marzo de 2001, dispongo:

Artículo único

Modificación del Estatuto de la Biblioteca Nacional.

El apartado uno del artículo 9 del Estatuto de la Biblioteca Nacional, aprobado por Real Decreto 1581/1991, de 31 de octubre, queda redactado en los siguientes términos:

«Al frente del Organismo existirá un Director, con categoría de Director general, que será nombrado y separado por Real Decreto a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 46 y 18.2 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, para su nombramiento no será preciso que ostente la condición de funcionario.»

Disposiciones finales

Disposición final única

Entrada en vigor

El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 5 de abril de 2001

Acuerdo de cooperación turística entre el Reino de España y la República de Namibia, hecho «ad referendum» en Windhoek el 20 de febrero de 1999.

Entrada en vigor del Canje de Notas de fechas 7 y 28 de enero de 2000, constitutivo de Acuerdo entre España y Estados Unidos, por el que se prorroga el Acuerdo entre ambos países sobre cooperación científica y técnica en apoyo a los programas de exploración lunar y planetaria y de vuelos espaciales tripulados y no tripulados a través del establecimiento en España de una estación de seguimiento espacial, firmado en Madrid el 29 de enero de 1964, cuya aplicación provisional fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 49, de fecha 26 de febrero de 2000.

Real Decreto 343/2001, de 4 de abril, de aplicación de régimen de autorización administrativa previa a «Iberia, Líneas Aéreas de España, Sociedad Anónima».

Orden del Ministerio de Fomento de 4 de abril de 2001 por la que se corrigen errores en la Orden de 22 de marzo de 2001, por la que se dictan normas sobre la colaboración del Servicio de Correos en las elecciones al Parlamento Vasco.

Real Decreto 309/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Orden del Ministerio de Agricultura de 4 de abril de 2001 por la que se establecen restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa.

Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.

Real Decreto 312/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 931/1989, de 21 de julio, por el que se constituye el Organismo de Cuenca Confederación Hidrográfica del Ebro.

Real Decreto 350/2001, de 4 de abril, por el que se modifica el Estatuto del Organismo autónomo Biblioteca Nacional.



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