![]() |
|
|
|
|
|
![]() |
|||
Resolución de 25 de abril de 2001, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se constituye la Mesa de Contratación de este centro directivo y se establece su composición.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 81 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 22 del Real Decreto 390/1996, de 18 de mayo, por el que se desarrolla la Ley 13/1995, de Contratos de las Administraciones Públicas, y con la finalidad de constituir una Mesa de Contratación Permanente que asista al órgano de contratación de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, dispongo: Primero 1. Se constituye con carácter permanente la Mesa de Contratación de este centro directivo, con las funciones que se le asignan en el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio; en el Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, y en el Reglamento General de Contratación del Estado de 25 de noviembre de 1975, en cuanto no se opongan a lo dispuesto por dicho texto refundido. 2. En el procedimiento negociado de adjudicación de contratos la intervención de la Mesa de Contratación será potestativa para el órgano de contratación. Segundo 1. La Mesa de Contratación Permanente de este Centro Directivo tendrá la siguiente composición: Presidente: El Subdirector general de Coordinación. Vicepresidentes: El Jefe del Area Jurídica y de Recursos Humanos y el Jefe del Area de Control Presupuestario, que actuarán en sustitución del Presidente. Vocales de designación legal: Un representante del Servicio Jurídico del Departamento. Un representante de la Intervención Delegada en el Departamento Vocales de libre designación: Titulares: El Jefe de la Sección de Medios Aéreos de la Subdirección General de Montes y el Jefe del Area de Estrategias y Planes de Conservación de la Subdirección General de Conservación de la Biodiversidad. Suplentes: Un Ingeniero Técnico del Area de Defensa Contra Incendios Forestales de la Subdirección General de Montes y el Jefe del Area de Acciones de Conservación de la Subdirección General de Conservación de la Biodiversidad. Secretario titular: El Jefe del Servicio de Contratación. Secretario suplente: Un funcionario del Cuerpo Administrativo adscrito al Servicio de Contratación. Los Vicepresidentes, los Vocales suplentes y el Secretario suplente actuarán en caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal que impida la asistencia de los titulares 2. Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, excepto el Secretario que actuará con voz pero sin voto. Tercero 1. Cuando la especialidad de los contratos así lo aconseje se podrán constituir por esta Presidencia Mesas de Contratación singulares y distintas, introduciendo cambios en los miembros que no vengan legalmente impuestos, y que serán las que asistan al Organo de Contratación en la adjudicación de aquellos contratos específicos. 2. Cuando así lo requiera la naturaleza del contrato a adjudicar, el Presidente o los Vocales de la Mesa de Contratación podrán proponer la incorporación a la misma de cuantos asesores crean convenientes en razón de sus especiales conocimientos técnicos, sin que tengan la consideración de miembros de la Mesa de Contratación, ni otra función que la de informar y asesorar en forma no vinculante a sus componentes. Cuarto Dado el carácter de Organo Colegiado que posee la Mesa de Contratación, le serán aplicables las normas recogidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Quinto La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. |
|||
![]() |
|||
Boletín Oficial del Estado de 17 de mayo de 2001Volver al índice de mayo |
|||
![]() |
|||
|
Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet |
|||