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Orden del Ministerio de Sanidad de 11 de junio de 2001 por la que se modifica la de 15 de diciembre de 2000 por la que se fijan condiciones de identificación de los alimentos destinados a usos médicos especiales susceptibles de financiación por el Sistema Nacional de Salud.

La Orden de 15 de diciembre de 2000 por la que se fijan condiciones de identificación de los alimentos destinados a usos médicos especiales susceptibles de financiación por el Sistema Nacional de Salud establece que estos productos irán provistos de un precinto identificativo y en el anexo a dicha Orden se recogen las características del precinto y se señala que deberá ir dotado de las medidas de seguridad que garanticen un uso adecuado del mismo.

La complejidad que supone para las empresas fabricantes adaptar los envases de los productos con las garantías de seguridad adecuadas en el plazo previsto en la Orden hace necesario ampliar el mismo.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que confiere la disposición final única del Real Decreto 63/1995, de 20 de enero, sobre ordenación de prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud, dispongo:

Primero

Ampliación del plazo para la adaptación de los envases de los productos dietéticos.

Se modifica el apartado sexto de la Orden de 15 de diciembre de 2000 por la que se fijan condiciones de identificación de los alimentos destinados a usos médicos especiales susceptibles de financiación por el Sistema Nacional de Salud, de manera que el plazo de cuatro meses previsto en dicho apartado sea de ocho meses.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.


Boletín Oficial del Estado de 22 de junio de 2001

Resolución de 11 de junio de 2001, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados internacionales.

Real Decreto 578/2001, de 1 de junio, por el que se regulan los principios generales del sistema de información contable de la Administración General del Estado.

Orden del Ministerio de Fomento de 17 de mayo de 2001 por la que se regula la composición y funciones de la Comisión Permanente de Investigación de Siniestros Marítimos.

Resolución de 24 de mayo de 2001, del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y grupos farmacológicos prohibidos y de métodos no reglamentarios de dopaje en el deporte.

Corrección de erratas del texto del Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.

Orden del Ministerio de Sanidad de 11 de junio de 2001 por la que se modifica la de 15 de diciembre de 2000 por la que se fijan condiciones de identificación de los alimentos destinados a usos médicos especiales susceptibles de financiación por el Sistema Nacional de Salud.

Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno.

Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 7/2001, de 31 de mayo, de creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 1/2001, de 29 de marzo, por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

Ley de la Comunidad Autónoma de Madrid 2/2001, de 18 de abril, de Contenidos Audiovisuales y Servicios Adicionales.

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