Lexureditorial.com: abogados, consultas, legislación, derecho, BOE,foros, etc.
LexurEditorial.com: más de 10 años de Derecho online

Contactar Aviso legal Buscar Portada

Quieres recibir gratis
Todo el Derecho en Internet nuestro
        boletín jurídico?

Suscríbete y sólo con tu dirección de email recibirás la legislación nacional de carácter general y una selección de noticias con interés jurídico.
Suscribirse


Más información sobre la suscripción en nuestra página de boletines.
Noticias jurídicas

Foros de ayuda y consulta

BOE diario

Legislación nacional y autonómica

Enmiendas al anejo I, apéndice 4 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970 (publicado en el Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario general de las Naciones Unidas el 27 de julio de 1999 y 11 de febrero de 2000, respectivamente.

Anexo 1, Apéndice 4 al ATP

El anexo 1, apéndice 4, párrafo 1, quedará redactado como sigue:

"Las marcas de identificación prescritas en el párrafo 5 del apéndice 1 del presente anexo estarán formadas por las letras mayúsculas en caracteres latinos, de color azul marino sobre fondo blanco. La altura de las letras deberá ser de, al menos, 100 mm para las marcas de identificación y, al menos, 50 mm para las fechas de expiración.

Las marcas de clasificación y de la fecha de expiración deberán, al menos, estar fijadas externamente a ambos lados en las esquinas superiores del vehículo cerca de la parte delantera.

Las marcas serán las siguientes:

(Gráfico omitido)

Segunda propuesta:

Enmiendas al anejo 1, apéndice 4

El penúltimo párrafo del anejo 1, apéndice 4 del ATP, quedará enmendado como sigue:

"Si el equipo está dotado con un dispositivo térmico amovible o no autónomo y si existen condiciones especiales para la utilización del dispositivo térmico, la sigla o siglas de identificación se completarán con la letra x en los casos siguientes.

1. Para equipo refrigerado:

Cuando las placas eutécticas deban colocarse en otra cámara para su congelación.

2. Para equipo refrigerado mecánicamente:

2.1 Cuando el compresor esté alimentado por el motor del vehículo.

2.2 Cuando la propia unidad de refrigeración o una parte sea amovible, lo que impediría su funcionamiento.

(Gráfico omitido)

Las presentes Enmiendas entraron en vigor el 11 de febrero de 2001 (la referida al anejo I, apéndice 4, párrafo 1) y el 27 de abril de 2001 (la referida al penúltimo párrafo del anejo I, apéndice 4).

Lo que se hace público para conocimiento general.

Boletín Oficial del Estado de 15 de septiembre de 2001

Instrumento de ratificación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias, hecha en Estrasburgo el 5 de noviembre de 1992.

Enmiendas al anejo I, apéndice 4 del Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en estos transportes (ATP), hecho en Ginebra el 1 de septiembre de 1970 (publicado en el Boletín Oficial del Estado de 22 de noviembre de 1976) puestas en circulación por el Secretario general de las Naciones Unidas el 27 de julio de 1999 y 11 de febrero de 2000, respectivamente.

Corrección de errores de la Orden de 7 de agosto de 2001 por la que se aprueba el modelo 346 en euros, de declaración informativa anual de subvenciones e indemnizaciones satisfechas o abonadas por entidades públicas o privadas a agricultores o ganaderos, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores de dicho modelo por soportes directamente legibles por ordenador, y se establece el procedimiento para su presentación telemática por teleproceso.

Orden del Ministerio de Educación de 14 de septiembre de 2000 por la que se modifica el plan de estudios conducente a la obtención del título de Licenciado en Humanidades, de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad de Navarra.

Orden del Ministerio de Educación de 14 de septiembre de 2000 por la que se modifica el plan de estudios conducente a la obtención del título de Licenciado en Psicología, de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid.

Orden del Ministeriode Educación de 14 de septiembre de 2000 por la que se modifica el plan de estudios conducente a la obtención del título de Licenciado en Pedagogía, de la Facultad de Filosofía y Letras, de la Universidad Pontificia Comillas de Madrid.

Volver al índice de septiembre