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Corrección de errores de la Ley de la Comuniadd Autónoma de Canarias 8/2001, de 3 de diciembre, de modificación parcial de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 161, de 14.12.01).

Advertidos errores en el texto de la Ley 8/2001, de 3 de diciembre, de modificación parcial de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 161, de 14.12.01), es necesario proceder a su rectificación en los siguientes términos:

- En el cuarto párrafo del Preámbulo, donde dice:

“Una primera, consistiría en modificar el régimen de delegación, subsanando aquellos medios personales y materiales afectos.”

debe decir:

“Una primera, consistiría en modificar el régimen de delegación, subsanando aquellas disfunciones del mismo ya reseñadas, especialmente en cuanto al régimen de adscripción de los medios personales y materiales afectos

“.- En el artículo 1.17, donde dice:

“Promoción y policía del turismo insular.”

debe decir:

“Promoción y policía del turismo insular, salvo las potestades de inspección y sanción.“




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