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Real Decreto 1379/2002, de 23 de diciembre, por el que se deroga el Real Decreto de 4 de julio de 1924, por el que se aprueba el Reglamento para la pesca con el arte de almadraba.

La Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, regula en su Título I la pesca marítima estableciendo que la actividad pesquera sólo podrá ejercerse con artes expresamente autorizadas y previa obtención de la correspondiente autorización o licencia de pesca.

El Real Decreto de 4 de julio de 1924 aprueba el Reglamento para la pesca con el arte de almadraba.

El tiempo transcurrido desde su publicación, así como la entrada en vigor de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y de la Ley 3/2001, han supuesto que la mayoría de sus preceptos devengan inaplicables o tácitamente derogados.

La citada Ley 3/2001 atribuye al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación la facultad para establecer las características técnicas y condiciones de empleo de las artes de pesca autorizadas para las distintas modalidades, así como para el establecimiento de los requisitos y condiciones determinantes para el ejercicio de la actividad pesquera.

No obstante, el Consejo de Estado ha considerado que, si bien la legislación en vigor ha perjudicado la efectiva aplicación del citado Real Decreto, la falta de una degradación expresa de su rango en la Ley 3/2001 aconseja, por motivos de seguridad jurídica, su derogación por medio de norma del mismo rango.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de diciembre de 2002, dispongo:

Artículo único

Derogación del Real Decreto de 4 de julio de 1924

Queda derogado el Real Decreto de 4 de julio de 1924, por el que se aprueba el Reglamento para la pesca con el arte de almadraba

Disposición final única

Entrada en vigor

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 16 de enero de 2003

Resolución de 10 de enero de 2003, de la Secretaría de Estado de Infraestructuras, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2002, por el que se fija un nuevo precio básico a nivel nacional por metro cuadrado de superficie útil, que servirá como referencia a efectos de la determinación de los precios máximos de venta y renta de las viviendas acogidas a las medidas de financiación cualificada del Plan de Vivienda 2002-2005.

Real Decreto 1379/2002, de 23 de diciembre, por el que se deroga el Real Decreto de 4 de julio de 1924, por el que se aprueba el Reglamento para la pesca con el arte de almadraba.

Resolución de 18 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Conservación de la Naturaleza, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de noviembre de 2002, por el que se autoriza la inclusión en la lista del Convenio de Ramsar de 2 de febrero de 1971, relativo a humedales de importancia internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, de las siguientes zonas húmedas españolas: Lago de Banyoles, Laguna de El Hito, Lagunas de Puebla de Beleña y Complejo Lagunar de La Albuera.

Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 27/2002, de 20 de diciembre, de medidas legislativas para regular las empresas de inserción sociolaboral.

Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 30/2002, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2003.

Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 10/2002, de 21 de diciembre, por la que se aprueban normas en materia de tributos cedidos y otras medidas tributarias, administrativas y financieras.

Ley de la Comunidad Autónoma de Cantabria 8/2002, de 18 de diciembre, de crédito extraordinario para financiar las medidas necesarias para paliar los efectos del vertido de fuel ocasionado por el accidente del buque “Prestige”.

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