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Decreto de la C.A. de Murcia 4/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se convocan elecciones a la Asamblea Regional de Murcia.

El artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, en redacción dada por la Ley Orgánica 1/1998, de 15 de junio, establece que las elecciones serán convocadas por el Presidente de la Comunidad Autónoma en los términos previstos en la Ley que regula el Régimen Electoral General, de manera que se realicen el cuarto domingo de mayo de cada cuatro años, sin perjuicio de lo que dispongan las Cortes Generales, con el fin exclusivo de coordinar el calendario de las diversas consultas electorales.

Por su parte el artículo 17 de la Ley Electoral Regional de la Comunidad Autónoma de Murcia, establece que la convocatoria de elecciones a la Asamblea Regional, se realizará mediante Decreto del Presidente, que será publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el que se fijará el día de la votación y fecha de la sesión constitutiva de la Asamblea que se celebrará dentro de los treinta días siguientes al de la votación.

Definido el modo en que debe hacer uso esta Presidencia de la facultad que le confiere el artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia, el presente Decreto concreta la fecha y precisa el número de Diputados a elegir por cada circunscripción, conforme a las prescripciones del artículo 14 de la Ley Electoral de la Región, aplicando para el cómputo de la población de derecho de los municipios de cada circunscripción el resultante de la rectificación del Padrón Municipal de habitantes al 1 de enero de 2002.

Por ello, dada cuenta al Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 28 de Marzo, de conformidad con el artículo 24.3 del Estatuto de Autonomía y el artículo 17.3 de la Ley Electoral de la Región de Murcia dispongo:

Artículo 1

Se convocan elecciones a la Asamblea Legislativa de la Región de Murcia, que tendrán lugar el día 25 de Mayo de 2003.

Artículo 2

De conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la Ley 2/1987, Electoral de la Región de Murcia, y de acuerdo con las cifras de población publicadas en el Real Decreto 1431/2002, de 27 de Diciembre (BOE de 28 de Diciembre), el número de Diputados a elegir por cada circunscripción electoral será el siguiente:

Siete Diputados por la circunscripción número 1, que comprende los municipios de Lorca, Águilas, Puerto Lumbreras, Totana, Alhama de Murcia, Librilla, Aledo y Mazarrón.

Diez Diputados por la circunscripción número 2, que comprende los municipios de Cartagena, La Unión, Fuente Álamo, Torre Pacheco, San Javier, San Pedro del Pinatar y Los Alcázares.

Veintiún Diputados por la circunscripción número 3, que comprende los municipios de Murcia, Alcantarilla, Beniel, Molina de Segura, Alguazas, Las Torres de Cotillas, Lorquí, Ceutí, Cieza, Abarán, Blanca, Archena, Ricote, Ulea, Villanueva del Río Segura, Ojós, Fortuna, Abanilla y Santomera.

Cuatro Diputados por la circunscripción número 4, que comprende los municipios de Caravaca de la Cruz, Cehegín, Calasparra, Moratalla, Bullas, Pliego, Mula, Albudeite y Campos del Río.

Tres Diputados por la circunscripción número 5, que comprende los municipios de Yecla y Jumilla.

Artículo 3

La campaña electoral tendrá una duración de quince días, comenzando a las cero horas del día 9 de mayo de 2003 y finalizando a las veinticuatro horas del día 23 de mayo de 2003.

Artículo 4

La sesión constitutiva de la Asamblea Regional electa, tendrá lugar el día 19 de junio de 2003, a las 12 horas.

Disposición final

El presente Decreto se publicará, simultáneamente, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Boletín Oficial del Estado el día 1 de Abril de 2003 y entrará en vigor el mismo día de su publicación.


Boletín Oficial del Estado de 1 de abril de 2003

Real Decreto 372/2003, de 28 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de establecimientos de gallinas ponedoras.

Real Decreto 374/2003, de 31 de marzo, por el que se convocan elecciones locales y a las Asambleas de Ceuta y Melilla.

Real Decreto 329/2003, de 14 de marzo, por el que se amplían los medios traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 966/1990, de 20 de julio, en materia de provisión de medios materiales y económicos al servicio de la Administración de Justicia.

Decreto de la C.A. de Cataluña 78/2003, de 18 de marzo, de convocatoria de elecciones al Consejo General de Aran.

Decreto de la C.A. de Asturias 5/2003, de 31 de marzo, del Presidente del Principado, por el que se convocan elecciones a la Junta General del Principado de Asturias.

Decreto de la C.A. de Cantabria 22/2003, de 31 de marzo, de Convocatoria de elecciones al Parlamento de Cantabria.

Corrección de errores a la Ley 9/2002, de 17 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Decreto de la C.A. de La Rioja 1/2003, de 31 de marzo, por el que se convocan elecciones al Parlamento de La Rioja.

Decreto de la C.A. de Murcia 4/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Comunidad Autónoma, por el que se convocan elecciones a la Asamblea Regional de Murcia.

Decreto de la C.A. de Valencia 3/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Generalitat Valenciana, de disolución y convocatoria de elecciones a las Cortes Valencianas.

Decreto de la C.A. de Aragón de 31 de marzo de 2003, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se convocan elecciones a las Cortes de Aragón.

Decreto de la C.A. de Castilla-La Mancha 35/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades, por el que se convocan Elecciones a Cortes de Castilla-La Mancha.

Ley de la C.A. de Canarias 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias.

Decreto de la C.A. de Canarias 52/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias, por el que se convocan elecciones al Parlamento de Canarias.

Decreto de la C.A. de Navarra 1/2003, de 31 de marzo, del Presidente del Gobierno de Navarra, por el que se convocan elecciones al Parlamento de Navarra.

Decreto de la C.A. de Extremadura 6/2003, de 31 de marzo, del Presidente, por el que se convocan elecciones a la Asamblea de Extremadura.

Decreto de la C.A. de Baleares 2/2003, de 31 de marzo, del Presidente de las Illes Balears, de convocatoria de elecciones al Parlamento de las Illes Balears.

Decreto de la C.A. de Madrid 4/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se convocan elecciones a la Asamblea de Madrid.

Decreto de la C.A. de Castilla y León 1/2003, de 31 de marzo, del Presidente de la Junta de Castilla y León, por el que se convocan Elecciones a las Cortes de Castilla y León.

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