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Real Decreto 365/2003, de 28 de marzo, por el que se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, de la Universidad Politécnica de Valencia.

La Universidad Politécnica de Valencia ha aprobado el plan de estudios de las enseñanzas que conducen a la obtención del título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, cuya implantación ha sido autorizada por la Generalidad Valenciana.

Acreditada la homologación del mencionado plan de estudios por parte del Consejo de Coordinación Universitaria y el cumplimiento de los requisitos básicos previstos en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, vigente en lo que no se oponga a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 4 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, el Real Decreto 1427/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de éste, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de marzo de 2003, dispongo:

Artículo 1

Objeto

1. Se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, de la Universidad Politécnica de Valencia, una vez acreditada la homologación de su plan de estudios por parte del Consejo de Coordinación Universitaria y el cumplimiento de los requisitos básicos previstos en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios.

La homologación del plan de estudios a que se ha hecho referencia en el párrafo anterior ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado de 28 de enero de 2003, por Resolución del Rectorado de la Universidad de fecha 13 de enero de 2003.

2. La Generalidad Valenciana podrá autorizar la impartición de las enseñanzas conducentes a la obtención del título homologado en el apartado 1 anterior, y la Universidad Politécnica de Valencia proceder, en su momento, a la expedición del correspondiente título.

Artículo 2

Evaluación del desarrollo efectivo de las enseñanzas

A los efectos de lo dispuesto en este Real Decreto y en los apartados 5 y, en su caso, 6 del artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, transcurrido el período de implantación del plan de estudios a que se refiere el párrafo segundo del apartado 1 del artículo 1, la universidad deberá someter a evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación el desarrollo efectivo de las correspondientes enseñanzas.

Artículo 3

Expedición del título

El título a que se refiere el apartado 1 del artículo 1 será expedido por el Rector de la Universidad Politécnica de Valencia, de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 34 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, y demás normas vigentes, con expresa mención de este real decreto que homologa el título.

Disposiciones finales

Disposición final primera

Habilitación para el desarrollo reglamentario

Por el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

Disposición final segunda

Entrada en vigor

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 11 de abril de 2003

Orden FOM/846/2003, de 8 de abril, por la que se dictan normas sobre la colaboración del servicio de correos en las elecciones autonómicas, locales y a las Asambleas de Ceuta y Melilla.

Real Decreto 365/2003, de 28 de marzo, por el que se homologa el título de Licenciado en Comunicación Audiovisual, de la Escuela Politécnica Superior de Gandia, de la Universidad Politécnica de Valencia.

Real Decreto 366/2003, de 28 de marzo, por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Educación, de la Universidad de Vic.

Real Decreto 367/2003, de 28 de marzo, por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias Ambientales, de la Escuela Politécnica Superior, de la Universidad de Vic.

Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General del Mutualismo Administrativo.

Ley de la C.A. de La Rioja 4/2003, de 26 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales de La Rioja

Ley de la C.A. de La Rioja 5/2003, de 26 de marzo, reguladora de La Red de Itinerarios Verdes de La Rioja.

Ley de la C.A. de La Rioja 6/2003, de 26 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de La Rioja.

Ley de la C.A. de la Rioja 7/2003, de 26 de marzo, de Inserción Sociolaboral.

Ley de la C.A. de Valencia 7/2003, de 20 de marzo, de publicidad institucional de la Comunidad Valenciana.

Ley de la C.A. de Valencia 8/2003, de 24 de marzo, de Cooperativas de la Comunidad Valenciana.

Ley de la C.A. de Extremadura 1/2003, de 27 de febrero, de Cooperación para el Desarrollo.

Ley de la C.A. de Extremadura 2/2003, de 13 de marzo, de la convivencia y el ocio de Extremadura.

Ley de la C.A. de Extremadura 3/2003, de 13 de marzo, sobre participación institucional de los agentes sociales más representativos.

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