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Resolución de 29 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta de gas natural para uso como materia prima.

La Orden del Ministerio de Economía de 28 de mayo de 2001 modifica el punto 1.4.1 del Anejo de la Orden de 30 de septiembre de 1999, y actualiza los parámetros del sistema de precios máximos de los suministros de gas natural para usos industriales, incluyendo una tarifa específica de gas natural para su uso como materia prima.

En desarrollo del RD 949/2001, de 3 de agosto, la Orden del Ministerio de Economía ECO/33/2004, de 15 de enero, regula las tarifas de gas natural y gases manufacturados por canalización y alquiler de contadores y en su Disposición transitoria única, dicta que la tarifa para suministros de gas natural para su utilización como materia prima, establecida en el punto 1.4.1 del Anejo I de la Orden de 30 de septiembre de 1999, con las modificaciones introducidas en la Orden de 28 de mayo de 2001, será de aplicación hasta el 31 de diciembre del año 2009.

El apartado sexto de la Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1999 establece que la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía efectuará los cálculos y procederá a la publicación mensual en el BOE de los precios máximos de venta de los suministros del gas natural para uso como materia prima, que entrarán en vigor el día uno de cada mes.

En cumplimiento de la normativa anterior y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado sexto de la Orden de 30 de septiembre de 1999,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto lo siguiente:

Primero.

Desde las cero horas del día 1 de Octubre de 2004, los precios máximos de venta aplicables a los suministros de gas natural para usos industriales según modalidades de suministro, excluidos impuestos, serán los que se indican a continuación.

Suministros de gas natural como materia prima.

Precio gas natural PA (euros): 1,0948 cents/kWh.

Segundo.

Las facturaciones de los consumos correspondientes a los suministros de gas natural por canalización medidos por contador, relativas al período que incluya la fecha de entrada en vigor de esta Resolución, o en su caso, de otras Resoluciones anteriores o posteriores relativas al mismo período de facturación, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a cada una de dichas fechas, aplicando a los consumos resultantes del reparto los precios que corresponden a las distintas Resoluciones aplicables.


Boletín Oficial del Estado de 30 de septiembre 2004

Resolución de 23 de septiembre de 2004, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se actualiza el Arancel Integrado de Aplicación (TARIC).

Resolución de 29 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta de gas natural para uso como materia prima.

Resolución de 29 de septiembre de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de capacidad igual o superior a 8 kg.

Real Decreto 1944/2004, de 27 de septiembre, por el que se modifican y amplían los medios patrimoniales traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 966/1990, de 20 de julio, en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia.

Real Decreto 1945/2004, de 27 de septiembre, sobre traspaso de medios económicos de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña para el ejercicio de las funciones en materia de transporte marítimo.

Real Decreto 1946/2004, de 27 de septiembre, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 1963/1982, de 30 de julio, en materia de enseñanza profesional náutico-pesquera.

Real Decreto 1947/2004, de 27 de septiembre, sobre modificación y ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 2075/1995, de 22 de diciembre, en la gestión encomendada en materia de agricultura, SENPA.

Real Decreto 1948/2004, de 27 de septiembre, por el que se amplían las funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 2809/1980, de 3 de octubre, en materia de enseñanza (escuelas viajeras).

Real Decreto 1949/2004, de 27 de septiembre, sobre ampliación de medios materiales traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 1010/1981, de 27 de febrero, en materia de cultura (fondo documental del Servicio de Recuperación del Patrimonio Artístico de la Generalidad de Cataluña).

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