Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 

Corrección de errores del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Advertidos errores en el Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 210, de 31 de agosto de 2004, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 30171, segunda columna, en el artículo 20.2, donde dice: "...las operaciones de exportación-expedición e importación/introducción del material...", debe decir: "...las operaciones de exportación-expedición del material...".

En la página 30182, debe aparecer, antes del anexo I, lo siguiente:

"Principios administrativos aplicables a los anexos I, II y III

1. La descripción de un artículo de las listas se refiere tanto al nuevo como al usado.

2. Cuando la descripción de un material de las listas no contiene calificaciones ni especificaciones, se considera que incluye todas las variables de ese artículo.

Los títulos de las categorías y subcategorías sólo tienen por objeto facilitar la consulta y no afectan a la interpretación de las definiciones de los artículos.

3. El objeto de los controles de exportación no deberá invalidarse por la exportación de un material no sometido a control (incluidas las instalaciones) que contenga uno o varios componentes sometidos a control cuando el componente o los componentes constituyan el elemento principal del artículo y sea factible su remoción o su utilización con otros fines.

Nota: al juzgar si el componente o los componentes sometidos a control ha de considerarse el elemento principal, deberán ponderarse los factores de cantidad, valor y conocimientos tecnológicos implicados, así como otras circunstancias especiales de las que pudiera derivarse que el componente o los componentes sometidos a control son el elemento principal del material adquirido.

4. El objeto de control no deberá invalidarse por la exportación de componentes.

5. Las definiciones y terminología de los anexos I, II y III se entenderán a los únicos efectos de este reglamento."

En la página 30183, segunda columna, en el artículo 7, donde dice: "...EQUIPO RELACIONADO, COMPONENTES, MATERIALES Y "TECNOLOGÍA", SEGÚN SE INDICA:", debe decir: "...EQUIPO RELACIONADO, COMPONENTES Y MATERIALES, SEGÚN SE INDICA:".

En la página 30210, segunda columna, en la lista 3.b.17, donde dice: "Trietanolamina (102-71-6)", debe decir: "Trietanolamina (CAS 102-71-6)".

En la página 30220, primera columna, en el apartado "Otras observaciones", donde dice: "La expedición de CUD está regulada en el artículo 31 del Reglamento...", debe decir: "La expedición de CUD está regulada en el artículo 33 del Reglamento...".


Boletín Oficial del Estado de 14 de octubre de 2004

Entrada en vigor del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Perú sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en Madrid el 22 de diciembre de 2003.

Acuerdo entre el Reino de España y la República de Bolivia sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, hecho en Madrid el 26 de junio de 2002.

Orden ECI/3296/2004, de 4 de octubre, por la que se establece el curso de nivelación de conocimientos previstos en el Real Decreto 168/2004, de 30 de enero, por el que se regulan las condiciones para la declaración de la equivalencia entre determinados títulos en materia de educación social y el título oficial de Diplomado en Educación Social establecido por el Real Decreto 1420/1991, de 30 de agosto.

Corrección de errores del Real Decreto 1782/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de control del comercio exterior de material de defensa, de otro material y de productos y tecnologías de doble uso.

Orden PRE/3297/2004, de 13 de octubre, por la que se incluyen nuevos Anexos en el Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios.

Orden PRE/3298/2004, de 13 de octubre, por la que se modifica el Anexo IX "Masas y Dimensiones", del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Volver al índice de octubre


Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© 2000 - 2007 Lexur. Todos los derechos reservados.