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Resolución de 26 de diciembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la Unidad de Coordinación de las Relaciones Internacionales.

La creciente proyección hacia el exterior de la Agencia Estatal de Administración Tributaria confiere una importancia cada vez mayor al ámbito de sus relaciones internacionales.

En efecto, la Agencia Tributaria mantiene canales permanentes de comunicación, colaboración y asistencia mutua con otras Administraciones tributarias y organizaciones internacionales, tanto de Europa e Iberoamérica como de otras zonas geográficas.

La labor de coordinación de las relaciones de la Agencia Tributaria con otras Administraciones fiscales y organismos internacionales se ha llevado a cabo hasta el momento actual por el Grupo de trabajo creado a tal fin, con carácter temporal, por Resolución de esta Presidencia de 4 de septiembre de 1997.

Sin embargo, la dimensión que han adquirido las relaciones internacionales de la Agencia Tributaria y los nuevos proyectos y tareas que deberá asumir en este ámbito, junto al carácter necesariamente transitorio del Grupo, que ha culminado ya su misión, ponen de manifiesto la necesidad de que la Agencia Tributaria disponga de una unidad orgánica específica y adecuada, que asegure la coordinación de las actividades de carácter internacional, institucionalizando así un área de gran importancia para la Agencia.

El nuevo órgano ha de incardinarse en el Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales, con dependencia directa de su Director, considerando que entre las funciones de dicho Departamento, según el apartado sexto.m) de la Orden de 11 de julio de 1997, del Ministerio de la Presidencia, por la que se reorganizan los Servicios Centrales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se encuentra “La relación general de la Agencia con los restantes órganos e instituciones públicas, nacionales o extranjeras, organismos internacionales y entidades asociativas, sociales, económicas o profesionales, en tanto no esté encomendada a otros Departamentos o unidades de aquélla”.

En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación que me ha sido conferida por el apartado decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, de conformidad con lo establecido en el apartado once.5 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispongo:

Apartado único.

Se crea la Unidad de Coordinación de las Relaciones Internacionales, integrada en el Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con dependencia directa del Director del Departamento, que realizará funciones de desarrollo y coordinación de las relaciones de la Agencia con órganos e instituciones extranjeras y organismos internacionales que no estén específicamente atribuidas a otros órganos.

Disposición final

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 21 de enero de 2005

Enmiendas al Reglamento relativo al Transporte Internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID 2005) (publicado en el Boletín Oficial del Estado del 20 al 26 de agosto de 1986), anejo al Convenio relativo a los Transportes Internacionales por Ferrocarril (COTIF) (Berna, 9 de mayo de 1980, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 18 de enero de 1986), adoptadas por la Comisión de expertos en el RID, en Sinaia (Rumania) el 21 de noviembre de 2003.

Enmiendas propuestas por Portugal a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), hecho en Ginebra el 30 de septiembre de 1957.

Resolución de 26 de diciembre de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se crea la Unidad de Coordinación de las Relaciones Internacionales.

Resolución de 11 de enero de 2005, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, por la que se actualiza el Arancel Integrado de Aplicación (TARIC).

Orden INT/31/2005, de 17 de enero, por la que se determinan los modelos de urnas y cabinas e impresos electorales a utilizar en el referéndum sobre el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.

Orden FOM/32/2005, de 17 de enero, por la que se crea la Comisión de coordinación de las actividades ferroviarias.

Ley de la C.A. de Andalucía 2/2004, de 28 de diciembre, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2005.

Ley de la C.A. de Andalucía 3/2004, de 28 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y financieras.

Ley de la C.A. de Extremadura 8/2004, de 23 de diciembre, para la aplicación al municipio de Mérida, capital de Extremadura, del régimen de organización de los municipios de gran población contemplado en el título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

Ley de la C.A. de Extremadura 9/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2005.



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