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Sentencia de 20 de octubre de 2004, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan los artículos 3º4 en relación con el anexo III y el artículo 5.1 A del Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.
En el recurso contencioso-administrativo n° 93/2002, interpuesto por el Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 20 de octubre de 2004, que contiene el siguiente fallo:
FALLAMOS
“Que debemos estimar y estimamos el recurso contencioso-administrativo número 93/2002 interpuesto por el Procurador de los Tribunales Don Isacio Calleja García y del Consejo General de Colegios Oficiales de Peritos e Ingenieros Técnicos industriales contra el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos: en especial, los artículos 3º4 en relación con el anexo III y el artículo 5.1 A del Real Decreto, en relación con el anexo IV, que se anulan, sin costas.”
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