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Real Decreto 238/2005, de 4 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca.El Real Patronato de la Ciudad de Cuenca se creó por el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca, al objeto de promover y coordinar aquellas actuaciones realizadas por distintas Administraciones orientadas a la conservación y revitalización del patrimonio cultural de la ciudad, dada su relevancia como uno de los principales conjuntos monumentales de España y declarada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO. Posteriormente, el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, ha establecido una nueva estructura de los departamentos de la Administración General del Estado. Debido a estos cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los departamentos ministeriales, resulta necesario adaptar a esta nueva situación la composición de los vocales de la Administración General del Estado que forman parte del Real Patronato de la Ciudad de Cuenca. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Cultura, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de marzo de 2005, dispongo Artículo único Modificación del Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca El apartado 1 del artículo 4 del Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, por el que se constituye y organiza el Real Patronato de la Ciudad de Cuenca, queda redactado en los siguientes términos: “1. Bajo la Presidencia de Honor de Su Majestad El Rey, el Real Patronato tendrá la siguiente composición: a) Presidente: el Presidente del Gobierno. b) Vicepresidente: la Ministra de Cultura, que sustituirá al Presidente en casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legalmente establecida. c) Vocales: El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación. El Ministro de Economía y Hacienda. La Ministra de Fomento. El Ministro de Administraciones Públicas. La Ministra de Vivienda. El Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El Alcalde de Cuenca. El Presidente de la Diputación Provincial de Cuenca. El Obispo de Cuenca. El Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha. d) Secretario: el Subsecretario de Cultura.” Disposiciones adicionalesDisposición adicional única Referencias al antiguo Ministerio de Educación, Cultura y Deporte Aquellas referencias efectuadas en el Real Decreto 112/2004, de 23 de enero, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y al Ministro de Educación, Cultura y Deporte se entenderán realizadas al Ministerio de Cultura y al Ministro de Cultura, respectivamente. Disposiciones finalesDisposición final única Entrada en vigor El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. |
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Boletín Oficial del Estado de 5 de marzo de 2005Volver al índice de marzo |
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