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Resolución de 30 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se dan instrucciones para la realización del entrenamiento en vuelo destinado a la renovación de las habilitaciones de tipo.

El Real Decreto 270/2000, de 25 de febrero, por el que se determinan las condiciones para el ejercicio de las funciones del personal de vuelo de las aeronaves civiles, establece los diferentes títulos, licencias y habilitaciones aeronáuticas para el personal de vuelo de las aeronaves civiles.

La Orden FOM/3811/2004 de 4 de noviembre por la que se adoptan los requisitos conjuntos de aviación para las licencias de la tripulación de vuelo (JAR-FCL) relativos a las condiciones para el ejercicio de las funciones de los pilotos de los helicópteros civiles, desarrolla el Real Decreto antes citado regulando los requisitos para la obtención y mantenimiento de la validez de las licencias, habilitaciones y autorizaciones aeronáuticas correspondientes a los citados pilotos de helicóptero.

El párrafo JAR-FCL 2.245(e) del anexo de la citada Orden, establece los requisitos de renovación de las habilitaciones de tipo caducadas, entre los que figura la posibilidad de realización de entrenamientos en vuelo de refresco según determine la Autoridad.

Teniendo en cuenta la disposición final primera de la Orden del Ministerio de Fomento antes citada, esta Dirección General resuelve:

1. Los entrenamientos en vuelo con instructor a que hace referencia el párrafo JAR-FCL 2.245(e), serán realizados, según corresponda, de alguna de las formas siguientes:

- en un centro de formación autorizado (FTO), o

- en un centro de formación para la habilitación de tipo autorizado (TRTO), o

- en un operador autorizado.

2. El entrenamiento de refresco a que se alude se desarrollará, en cualquiera de los casos, de tal manera que contenga las partes relevantes del entrenamiento en vuelo para la habilitación, tal como se contiene en el apéndice 1 al JAR-FCL 2.240 y en el tipo de helicóptero adecuado.

3. Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.


Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo de 2005

Instrumento de Ratificación del Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo, 1989, hecho en Londres el 28 de abril de 1989.

Corrección de errores del Convenio entre el Reino de España y la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Riga el 4 de septiembre de 2003.

Instrucción de 10 de febrero de 2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el modelo plurilingüe de Certificado de Vida previsto en el Convenio número 27 de la Comisión Internacional del Estado Civil.

Orden DEF/524/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueban medidas para favorecer la incorporación y la integración de la mujer en las Fuerzas Armadas.

Corrección de errores y erratas de la Resolución de 7 de febrero de 2005, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2005 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.

Resolución de 30 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Aviación Civil, por la que se dan instrucciones para la realización del entrenamiento en vuelo destinado a la renovación de las habilitaciones de tipo.

Resolución de 30 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Aviación Civil, en relación con el cumplimiento de los requisitos exigibles para la transformación de una licencia nacional de piloto de helicóptero en licencia JAA (JAR-FCL).

Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres.

Real Decreto 237/2005, de 4 de marzo, por el que se establecen el rango y las funciones de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer, prevista en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

Orden APU/526/2005, de 7 de marzo, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado.

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