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Legislación nacional y autonómica

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologan los títulos de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje, y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de Eskoriatza, de la Universidad de Mondragón.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 4 de marzo de 2005, ha adoptado el Acuerdo por el que se homologan los títulos de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje, y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de Eskoriatza, de la Universidad de Mondragón.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Universidades e Investigación ha resuelto disponer la publicación en el Boletín Oficial del Estado del citado Acuerdo, como anexo a la presente Resolución.

Anexo

Acuerdo por el que se homologan los títulos de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje, y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de Eskoriatza, de la Universidad de Mondragón

La Universidad de Mondragón, reconocida como universidad privada por la Ley 4/1997, de 30 de mayo, del Parlamento Vasco, ha aprobado los planes de estudios de las enseñanzas que conducen a la obtención de los títulos universitarios de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de Eskoriatza, cuya implantación ha sido autorizada por la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Los mencionados planes de estudios han sido homologados por el Consejo de Coordinación Universitaria, en virtud de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, sobre homologación de planes de estudios y títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1440/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título de Maestro en sus diversas especialidades, y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención del mismo, y demás normas dictadas en su desarrollo.

Por otra parte, existe informe favorable de la Comunidad Autónoma en relación con el cumplimiento de los requisitos básicos previstos en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios, vigente en lo que no se oponga a la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

En consecuencia, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Consejo de Ministros adopta el siguiente acuerdo:

1. Se homologan los títulos de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje, y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de Eskoriatza, de la Universidad de Mondragón.

2. Según prevé el artículo 5 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, la Universidad deberá ordenar la publicación en el Boletín Oficial del Estado de los planes de estudios homologados conducentes a la obtención de los mencionados títulos.

3. Publicados los planes de estudios, la Comunidad Autónoma del País Vasco podrá autorizar, si así lo estima procedente, el inicio de la impartición de las referidas enseñanzas y la Universidad de Mondragón podrá expedir, a partir de ese momento, los correspondientes títulos.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.5 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el artículo 7 del Real Decreto 49/2004, de 19 de enero, transcurrido el período de implantación de los planes de estudios, la Universidad deberá someter a evaluación de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación el desarrollo efectivo de las correspondientes enseñanzas.

5. Los títulos serán expedidos en nombre del Rey por el Rector de la Universidad de Mondragón, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y demás normas vigentes, con expresa mención del presente Acuerdo.

6. Por la Ministra de Educación y Ciencia, en el ámbito de sus competencias, se adoptarán las medidas necesarias para la aplicación de este Acuerdo.

Boletín Oficial del Estado de 6 de mayo de 2005

Resolución de 25 de abril de 2005, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores, relativa al Acuerdo Multilateral M-157 en virtud de la sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR) (publicado en el Boletín Oficial del Estado número 18, de 21 de enero de 2005), relativo a una derogación de la instrucción de embalaje P802, hecho en Madrid el 23 de febrero de 2005.

Tratado sobre el Estatuto de EUROFOR, hecho en Roma el 5 de julio de 2000.

Corrección de erratas de la Resolución de 27 de abril de 2005, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público, de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Hortofruticultura y Jardinería, de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Agrícola, de la Universidad de Sevilla.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Ingeniero de Materiales, de sólo segundo ciclo, de la Facultad de Física de la Universidad de Sevilla.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologan los títulos de Maestro, especialidad de Audición y Lenguaje, y de Maestro, especialidad de Educación Primaria, de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, de Eskoriatza, de la Universidad de Mondragón.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Filología Hispánica, de la Facultad de Humanidades, de la Universidad de Huelva.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Diplomado en Turismo, de la Escuela Universitaria de Turismo Formatic Barna, adscrita a la Universidad de Girona.

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Diplomado en Terapia Ocupacional, de la Facultad de Psicología y Ciencias de la Salud, de la Universidad Católica de Valencia "San Vicente Mártir".

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias del Mar, de la facultad de Ciencias Experimentales, de la Universidad Católica de Valencia "San Vicente Mártir".

Resolución de 7 de abril de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, de 4 de marzo de 2005, por el que se homologa el título de Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, de la Facultad de Ciencias de la Educación y del Deporte, de la Universidad Católica de Valencia "San Vicente Mártir".

Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.

Orden PRE/1216/2005, de 29 de abril, por la que se regula la gestión de determinada producción de azúcar exenta del pago de la cotización a la producción.

Ley de la C.A. de Navarra 4/2005, de 22 de marzo, de intervención para la protección ambiental.

Corrección de errores de la Ley de la C.A. de Navarra 18/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de Navarra para el ejercicio del año 2005.

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