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Providencia de 24 de mayo de 2005, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de San Sebastián/Donostia, respecto del artículo 29 del Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decre- to 7/2001, de 12 de enero.
En la cuestión de ilegalidad nº 1/2005, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de San Sebastián/Donostia, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 24 de mayo de 2005, del siguiente tenor:
Providencia
“Madrid, a veinticuatro de mayo de dos mil cinco.
Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el Jdo. Contencioso/Admtvo. n. 2 de San Sebastián/Donostia, respecto del art. 29 del reglamento aprobado por R.D. 7/2001, de 12 de enero.
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