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Sentencia de 27 de abril de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad de la disposición final única del Real Decreto 384/2002, de 26 de abril, por la razón de que la entrada en vigor de este Real Decreto requería la previa o simultánea aprobación del régimen económico y de compensaciones del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa.
En los recursos contencioso-administrativos acumulados nº 75/2002, 76/2002 y 78/2002, interpuestos por el Ayuntamiento de Amieva, la Junta Vecinal del Real Concejo de Valdeón y la Asociación de Propietarios y afectados por el Parque Nacional Picos de Europa (ASAPE), y en el recurso contencioso-administrativo nº 66/2002, interpuesto por el Ayuntamiento de Posada de Valdeón, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sendas sentencias, ambas en fecha 27 de abril de 2005, que contiene el siguiente fallo:
Fallamos
Que estimando en parte los recursos contencioso-administrativos interpuestos por el Ayuntamiento de Amieva, la Junta Vecinal del Real Concejo de Valdeón y la Asociación de Propietarios y Afectados por el Parque Nacional de Picos de Europa (Asape), debemos declarar y declaramos la nulidad de la Disposición final única del Real Decreto 384/2002, de 26 de abril, por la razón de que la entrada en vigor de este Real Decreto requería la previa o simultánea aprobación del régimen económico y de compensaciones del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de los Picos de Europa; desestimando, como desestimamos, las demás pretensiones deducidas. Sin hacer especial imposición de las costas procesales causadas.
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