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Acuerdo Multilateral RID 6/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID),y del artículo 6§12 de la directiva 96/49/CE, (publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 42, de 18 de febrero de 2003), relativo al transporte de productos farmacéuticos, listos para su consumo, hecho en Madrid el 20 de abril de 2005.

Acuerdo MULTILATERAL RID 6/2004

En virtud del apartado 1.5.1 del RID, y el artículo 6§12 de la Directiva 96/49/CE, relativo al transporte de productos farmacéuticos, listos para su consumo

1. Por derogación de las disposiciones del capítulo 3.2, tabla A del RID, los productos farmacéuticos, listos para su consumo, de los números UN

1169, GE II y III,

1170, GE II y III,

1197, GE II y III,

1219, GE II y III,

1293, GE II y III,

1987, GE II y III,

1993, GE II y III,

3077, GE III,

3082, GE III y

3272,GE II y III,

que sean materias fabricadas para consumo doméstico o personal y estén embaladas en embalajes del tipo apto para su venta al por menor, no están sujetos a las disposiciones del RID.

2. El transporte se acompañará de una copia de este Acuerdo.

3. Este Acuerdo se aplicará para el transporte en el territorio de los Estados Miembros de la COTIF que hayan firmado este acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2006. Si se revoca antes por alguno de los signatarios, permanecerá en vigor únicamente para el transporte en los territorios de los Estados Miembros de la COTIF signatarios del presente Acuerdo que no lo hayan revocado, hasta esa fecha.

El presente Acuerdo ha sido firmado por las Autoridades competentes del RID de:

Alemania.

Austria.

Bélgica.

España.

Francia.

Noruega.

Suecia.

Suiza.


Boletín Oficial del Estado de 18 de julio de 2005

Acuerdo Multilateral RID 6/2004, en virtud de la Sección 1.5.1 del Reglamento del Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Ferrocarril (RID),y del artículo 6§12 de la directiva 96/49/CE, (publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 42, de 18 de febrero de 2003), relativo al transporte de productos farmacéuticos, listos para su consumo, hecho en Madrid el 20 de abril de 2005.

Entrada en vigor del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Letonia sobre cooperación en materia de lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada, el tráfico ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores y otros delitos, hecho en Madrid el 24 de noviembre de 2003.

Resolución de 14 de julio de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicas las tarifas de suministro de gas natural, el coste unitario de la materia prima y el precio de cesión.

Resolución de 14 de julio de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

Corrección de errores del Real Decreto 759/2005, de 24 de junio, por el que se modifica el Estatuto del Instituto Nacional de Estadística, aprobado por el Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo.

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