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Sentencia de 17 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del apartado c) del artículo 8 del Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

En el recurso contencioso-administrativo n.º 27/2003, interpuesto por doña María del Mar Pinto Ruiz, doña Paloma Sánchez Oliva, doña María del Carmen Aguado Ortega, don José Vicente Largo López, don Francisco Pomares Ayala, don Jaime Hernández Urízar y don Juan Manuel Mansilla García, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 17 de junio de 2005, que contiene el siguiente fallo:

Fallamos

Que estimando parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto por doña María del Mar Pinto Ruiz, doña Paloma Sánchez Oliva, doña María del Carmen Aguado Ortega, don José Vicente Largo López, don Francisco Pomares Ayala, don Jaime Hernández Urízar y don Juan Manuel Mansilla García contra el Real Decreto 1281/2002, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España, declaramos la nulidad del artículo 8 del mismo en su apartado c). Todo ello sin hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.


Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto de 2005

Sentencia de 17 de junio de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad del apartado c) del artículo 8 del Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

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