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Corrección de erratas del Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales.

Advertidas erratas en el Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 149, de 23 de junio de 2005 (corrección de errores publicada en el Boletín Oficial del Estado número 205, de 27 de agosto de 2005), se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 21858, primera columna, en el undécimo párrafo del preámbulo, segunda línea, donde dice: “...comprende los artículos 58 a 60...”, debe decir: “...comprende los artículos 59 a 61...”.

En la página 21858, primera columna, en el undécimo párrafo del preámbulo, undécima y duodécima líneas, donde dice: “...que comprende los artículos 61 y 62...”, debe decir: “...que comprende los artículos 62 y 63...”.

En la página 21858, primera columna, en el undécimo párrafo del preámbulo, penúltima línea, donde dice: “...que comprende los artículos 63 a 67...”, debe decir: “...que comprende los artículos 64 a 68...”.

En la página 21859, primera columna, en el apartado 3 del artículo 60, donde dice: “...en el artículo 62.2...”, debe decir: “...en el artículo 63.3...”.

En la página 21859, primera columna, en el apartado 4 del artículo 60, donde dice: “...o se incumplan las obligaciones previstas en el artículo 62.”, debe decir: “...o se incumplan los deberes previstos en el artículo 63.”.

En la página 21859, segunda columna, en el artículo 62.1.b), donde dice: “...obligación establecida en el artículo 62.1.d).”, debe decir: “...obligación establecida en el artículo 63.2.b).”.

En la página 21860, primera columna, en el 63.1.b), donde dice: “...a que se refiere el artículo 63.3...”, debe decir: “...a que se refiere el artículo 64.3...”.

En la página 21860, primera columna, en el artículo 64.1, quinta línea, donde dice: “...a lo previsto en el artículo 60.2...”, debe decir: “...a lo previsto en el artículo 61.2...”.

En la página 21860, segunda columna, en el artículo 64.1, segundo párrafo, donde dice: “...el artículo 62.1.b).”, debe decir: “...el artículo 63.1.b).”.

En la página 21861, primera columna, artículo 65.2.d), donde dice: “...conforme al artículo 60...”, debe decir: “...conforme al artículo 61...”.

En la página 21861, primera columna, en el artículo 65.3, donde dice: “...a las que se refiere el artículo 60...”, debe decir: “...a las que se refiere el artículo 61...”.

En la página 21861, segunda columna, en el artículo 66, donde dice: “...en los párrafos a) y b) del artículo 64.2...”, debe decir: “...en los párrafos a) y b) del artículo 65.2...”.


Boletín Oficial del Estado de 17 de octubre de 2005

Resolución de 4 de octubre de 2005, de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.

Corrección de erratas del Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo, para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales.

Resolución de 13 de octubre de 2005, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

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