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Recurso de inconstitucionalidad n.º 6067-2005, en relación con el artículo 26.1 y Disposición adicional 10.ª, apartado 1, A), B) y C) y apartados 3 y 5, de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, en la redacción dada por el artículo único, apartado 9 y 15 de la Ley 11/2005, de 22 de junio.
El Tribunal Constitucional, por providencia de 11 de octubre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 6067-2005, promovido por Consejo de Gobierno de La Rioja, contra el artículo 26.1 y Disposición adicional 10.ª, apartado 1, A), B) y C y apartados 3 y 5 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, en la redacción dada por el artículo único, apartado 9 y 15 de la Ley 11/2005, de 22 de junio.
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