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Sentencia de 23 de noviembre de 2005, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara la nulidad de pleno derecho del inciso primero del apartado 1º del artículo 29 del Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto 7/2001, de 12 de enero (“Además de la sanción que corresponda en el ámbito penal a quien condujere un vehículo conociendo que carece de seguro”), así como el apartado c) del mencionado apartado 1º y los apartados 2 y 3 del mismo artículo, en cuanto no contienen el trámite del archivo obligatorio de las actuaciones administrativo-sancionadoras, una vez producida una condena penal por los mismos hechos.En la cuestión de ilegalidad n.º 18/2003, planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de los de San Sebastián, la Sala Tercera (Sección Quinta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 23 de noviembre de 2005, que contiene el siguiente fallo: FallamosQue estimamos la cuestión de ilegalidad que con el n.º 18/2003 ha planteado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de los de San Sebastián, sin que afecte a la situación jurídica concreta derivada de la sentencia de 18 de julio de 2003 dictada en el recurso contencioso administrativo n.º 122/03, declaramos la nulidad de pleno derecho de: 1º El inciso primero del apartado 1º del artículo 29 del Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por Real Decreto 7/2001, de 12 de enero (“Además de la sanción que corresponda en el ámbito penal a quien condujere un vehículo conociendo que carece de seguro”), así como el apartado c) del mencionado apartado 1º 2º Los apartados 2 y 3 del mismo artículo, en cuanto no contienen el trámite del archivo obligatorio de las actuaciones administrativo-sancionadoras, una vez producida una condena penal por los mismos hechos. Sin costas. Publíquese el presente fallo en el B. O. E. a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley Jurisdiccional 29/98, de 13 de abril. Dése traslado de la presente sentencia al Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.º 1 de los de San Sebastián. |
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Boletín Oficial del Estado de 13 de febrero de 2006Volver al índice de febrero |
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