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Legislación nacional y autonómica

Orden PRE/407/2006, de 14 de febrero, por la que se modifica la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional, en lo relativo a la vacunación.

En el artículo 8. 1 de la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional, se dispone que será obligatoria la vacunación preventiva de las futuras ponedoras frente a las Salmonelosis de importancia para la salud pública, de todas aquellas explotaciones de aves ponedoras que no tengan completamente implantado un plan de vigilancia y autocontrol de Salmonelosis, o que teniéndolo completamente implantado éste no haya demostrado su eficacia con análisis negativos a "S. enteritidis" y "S. typhimurium" durante, al menos, seis meses.

A la vista de la experiencia en la aplicación de dicha norma, en función de las actuaciones que se están siguiendo a nivel comunitario, y para una mejor garantía del adecuado estado sanitario de los animales y productos, resulta necesario en estos momentos, proceder a una modificación parcial del mencionado precepto, ampliando la vacunación obligatoria a todos los supuestos, salvo el de las explotaciones que, teniendo completamente implantado un plan de vigilancia y autocontrol de Salmonelosis, éste haya demostrado su eficacia con análisis negativos a "S. enteritidis" y "S. typhimurium" durante, al menos, seis meses, tanto en los autocontroles del ganadero como en los controles oficiales. No obstante, esta excepción no será de aplicación a las explotaciones que realicen intercambios intracomunitarios, en que la vacunación será siempre obligatoria.

En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y las entidades representativas de los sectores implicados, y ha emitido informe la Comisión Interministerial de Ordenación Alimentaria.

La presente Orden se dicta al amparo de la habilitación contenida en la disposición final primera del Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales, por la que se faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en dicho real decreto, y de acuerdo con la competencia del Ministerio de Sanidad y Consumo en casos de zoonosis transmitidas por alimentos.

En su virtud, a propuesta de las Ministras de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, dispongo:

Artículo único

Modificación de la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional

El artículo 8. 1 de la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional, se sustituye por el siguiente:

"1. Será obligatoria la vacunación preventiva de las futuras ponedoras frente a las Salmonelosis de importancia para la salud pública, salvo en aquellas explotaciones de aves ponedoras que tengan completamente implantado un plan de vigilancia y autocontrol de Salmonelosis que haya demostrado su eficacia con análisis negativos, en los autocontroles del ganadero, a "S. enteritidis" y "S. typhimurium" durante, al menos, seis meses, y siempre que se hayan llevado a cabo, asimismo, análisis oficiales con resultados negativos a "S. enteritidis" y "S. typhimurium" en dichos seis meses y con la misma periodicidad que los de los autocontroles del ganadero. No obstante, dicha vacunación será obligatoria, en todo caso, en las explotaciones de aves ponedoras que realicen intercambios intracomunitarios de aves vivas o de huevos destinados a consumo humano.

La vacunación correrá a cargo del titular de la explotación."

Disposiciones finales

Disposición final única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Boletín Oficial del Estado de 21 de febrero de 2006

Orden AEC/403/2006, de 26 de enero, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Almaty (Kazajstán).

Real Decreto 92/2006, de 3 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 326/2002, de 5 de abril, sobre régimen de nombramiento de los miembros sustitutos del Ministerio Fiscal.

Real Decreto 93/2006, de 3 de febrero, por el que se regula el sistema de información del Ministerio Fiscal.

Orden DEF/404/2006, de 13 de febrero, por la que se establecen las Comandancias Militares Aéreas de Aeropuerto y se fijan sus dependencias.

Orden EHA/405/2006, de 10 de febrero, por la que se modifican: la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, la Orden EHA/777/2005, de 21 de marzo, por la que se regula el procedimiento de obtención, formulación, aprobación y rendición de las cuentas anuales de las Entidades Estatales de derecho público a las que les sea de aplicación la Instrucción de Contabilidad para la Administración Institucional del Estado, y la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado, aprobada por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996.

Resolución de 20 de febrero de 2006, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears.

Orden PRE/406/2006, de 14 de febrero, por la que se derogan la Orden de 3 de octubre de 1983, por la que se aprueba la norma general de calidad para la leche pasterizada, la Orden de 3 de octubre de 1983, por la que se aprueba la norma general de calidad para la leche esterilizada y la Orden de 7 de octubre de 1983, por la que se aprueba la norma general de calidad para la leche UHT.

Orden PRE/407/2006, de 14 de febrero, por la que se modifica la Orden PRE/1377/2005, de 16 de mayo, por la que se establecen medidas de vigilancia y control de determinadas salmonelosis en explotaciones de gallinas ponedoras, a efectos del establecimiento de un Programa Nacional, en lo relativo a la vacunación.

Ley de la C.A. de Valencia 14/2005, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalidad.

Ley de la C.A. de Valencia 15/2005, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Generalidad para el ejercicio 2006.

Ley de la C.A. de Valencia 16/2005, de 30 de diciembre, urbanística valenciana.

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