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Orden PRE/1478/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

La Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, establece en su artículo 11 que el personal del Cuerpo de la Guardia Civil se agrupa en escalas, en función de las facultades profesionales asignadas al conjunto de los empleos de cada una de ellas y el grado educativo exigido para su incorporación. Entre dichas escalas se encuentra la de Cabos y Guardias.

El artículo 19.1 de dicha Ley 42/1999, de 25 de noviembre, recoge como finalidad del sistema de enseñanza de la Guardia Civil, entre otras, la capacitación profesional específica de quienes han de integrarse en cualquiera de las escalas del Cuerpo. Asimismo, el artículo 20.1 determina que es la enseñanza de formación la que proporciona la preparación necesaria para dicha integración, estableciendo, además, una correspondencia de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias con la formación profesional de grado medio. Por otro lado y de acuerdo con el apartado 2 del mismo artículo, la obtención del primer empleo de dicha escala será equivalente al título del sistema educativo general de Técnico.

Por el Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, fueron aprobadas las directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, en las que se han tenido en cuenta las modificaciones establecidas por la Ley y las novedades introducidas por el Real Decre-to 362/2004, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional específica.

Las nuevas directrices generales, así como la mejora y mayor adecuación del diseño curricular respecto a las demandas actuales de la ciudadanía en materia de seguridad pública, aconsejan la aprobación de un nuevo plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias.

De conformidad con lo señalado en el artículo 35.1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, corresponde a los Ministros de Defensa y del Interior la aprobación de los planes de estudios del sistema de enseñanza de la Guardia Civil.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:

Apartado único

Aprobación del plan de estudios

Se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil que figura en el anexo de esta Orden.

Disposiciones adicionales

Disposición adicional única

Concesión del empleo de Guardia Civil, con carácter eventual

A los alumnos y alumnas de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias, desde su nombramiento como tales se les concederá, con carácter eventual, el empleo de Guardia Civil.

En el ejercicio de los cometidos que le sean asignados, durante el desarrollo de las prácticas, tendrán el carácter de Agentes de la Autoridad, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo, sobre directrices generales de los planes de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a las escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria primera

Vigencia del anterior plan de estudios

Al plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala Básica de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, aprobado por Orden de 29 de abril de 1999 del Ministerio de la Presidencia, actualmente en vigor, le será de aplicación lo dispuesto en el artícu-lo 8.1.b) del Real Decreto 313/2006, de 17 de marzo.

Disposición transitoria segunda

Convalidaciones entre planes de estudios

Aquellos alumnos que, a la entrada en vigor de la presente Orden, tuvieran que repetir curso de acuerdo a lo establecido en el plan de estudios aprobado por la Orden Ministerial de 29 de abril de 1999, lo harán conforme a lo dispuesto en el plan de estudios aprobado por la presente Orden, siéndoles convalidados aquellos módulos formativos que sean similares en carga lectiva y contenidos.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única

Derogación normativa

Queda derogada la Orden de 29 de abril de 1999, del Ministerio de la Presidencia, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la escala Básica de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.

Asimismo quedan derogadas cuantas disposiciones, de igual o inferior rango, se opongan a lo dispuesto en la presente Orden Ministerial.

Disposiciones finales

Disposición final primera

Facultades de desarrollo

Se autoriza al Director General de la Guardia Civil a dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Disposición final segunda

Entrada en vigor

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

(Anexos omitidos: BOE de 16/5/2006)


Boletín Oficial del Estado de 16 de Mayo de 2006

Compulsa electrónica de documentosOrden ITC/1475/2006, de 11 de mayo, sobre utilización del procedimiento electrónico para la compulsa de documentos en el ámbito del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
Escala Facultativa Superior del Cuerpo de la Guardia CivilOrden PRE/1476/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala Facultativa Superior del Cuerpo de la Guardia Civil.
Escala Facultativa Técnica del Cuerpo de la Guardia CivilOrden PRE/1477/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala Facultativa Técnica del Cuerpo de la Guardia Civil.
Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia CivilOrden PRE/1478/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la escala de Cabos y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil.
Escala de Oficiales del Cuerpo de la Guardia CivilOrden PRE/1479/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil.
Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia CivilOrden PRE/1480/2006, de 5 de mayo, por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para la incorporación a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.
Fondo Español de Garantía Agraria La RiojaReal Decreto 525/2006, de 28 de abril, sobre modificación y ampliación de los medios patrimoniales adscritos a los servicios traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de La Rioja, por Real Decreto 1869/1998, de 4 de septiembre, en la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria.
Formación profesional ocupacional La RiojaReal Decreto 526/2006, de 28 de abril, sobre ampliación de los medios económicos adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de La Rioja por el Real Decreto 41/1999, de 15 de enero, en materia de gestión de la formación profesional ocupacional.


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