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Recurso de inconstitucionalidad n.º 8112/2006, en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual.
El Tribunal Constitucional por Auto de 18 de enero actual, ha acordado en el recurso de inconstitucionalidad núm. 8112-2006, interpuesto por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, mantener la suspensión del art. 56 y de la disposición transitoria segunda de la Ley del Parlamento de Cataluña 22/2005, de 29 de diciembre, de la Comunicación Audiovisual de Cataluña, y levantar la suspensión de todos los demás preceptos impugnados en este recurso de inconstitucionalidad, cuya suspensión se produjo con la admisión del mencionado recurso y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 241, de 9 de octubre de 2006.
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