Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 

Orden ITC/270/2007, de 1 de febrero, por la que se aprueban los modelos de solicitud de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.

La Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, ha establecido un nuevo marco regulador del dominio público radioeléctrico, especificando en su artículo 45 las diferentes modalidades de títulos habilitantes preceptivos para su uso.

La disposición transitoria segunda del Real De­creto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios establece que los antiguos modelos de solicitud permanecerán transitoriamente en vigor hasta su adaptación al nuevo marco normativo, estableciendo, además, que los modelos sustitutivos deberán ser aprobados mediante orden ministerial. Dichos modelos se entenderán referidos al título habilitante que corresponda para el uso del dominio público radioeléctrico.

El Reglamento de desarrollo de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, en lo relativo al uso del dominio público radioeléctrico, aprobado por la Orden de 9 de marzo de 2000, modificado por el citado Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, establece en su ar­tículo 33, en relación con el uso del dominio público radioeléctrico en régimen de autoprestación, que la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones aprobará los modelos de solicitud debiendo los mismos ser publicados en el Boletín Oficial del Estado.

La finalidad de esta orden, por tanto, es adecuar los modelos de solicitud de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico al nuevo marco regulador aprobado por la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.

Finalmente, en cuanto a los aspectos relevantes de la tramitación, cabe señalar que la presente orden ha sido objeto de informe por parte de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones y del Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información. De conformidad con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, el informe de este último órgano equivale a la audiencia a la que se refiere el artículo 24.1.c) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

En su virtud, dispongo:

Artículo único

Aprobación de los impresos

Se aprueban los modelos de solicitud de títulos habilitantes para uso del dominio público radioeléctrico que se insertan a continuación.

Disposición adicional única

Utilización de los impresos para otros servicios de radiocomunicaciones

Sin perjuicio de lo anterior, los modelos aprobados mediante la presente orden serán igualmente válidos, con las adaptaciones que resulten necesarias, para la solicitud de títulos habilitantes de cualquier otro servicio de radiocomunicaciones no contemplado específicamente en los mismos.

Disposición transitoria única

Régimen transitorio hasta la constitución efectiva de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones

Hasta la efectiva constitución de la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones, las referencias hechas a la citada Agencia se entenderán hechas a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta del Real Decreto 1554/2004, de 25 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

Disposición derogatoria única

Derogación normativa

Quedan derogados los modelos de solicitud de licencia individual y propuesta técnica para el establecimiento y explotación de redes radioeléctricas contenidos en el Anexo III de la Orden de 22 de septiembre de 1998 por el que se establece el régimen aplicable a las licencias individuales para servicios y redes de telecomunicaciones y a las condiciones que deben cumplirse por sus titulares.

Disposición final primera

Facultad de desarrollo

Sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única de esta orden, se autoriza a la Agencia Estatal de Radiocomunicaciones a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de esta orden.

Disposición final segunda

Título competencial

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de telecomunicaciones.

Disposición final tercera

Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

(Modelos omitidos: BOE de 14/2/2007)

-

Boletín Oficial del Estado de 14 de Febrero de 2007

Supresión de la prórroga de publicidad del tabacoResolución de 8 de febrero de 2007, del Congreso de los Diputados, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 1/2007, de 12 de enero, por el que se deroga la disposición transitoria quinta de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.
Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granelEnmiendas de 2004 al Código Internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (código CIG) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 139 de 11 de junio de 1986), adoptadas el 10 de diciembre de 2004, mediante Resolución MSC 177(79).
Código Internacional para la seguridad del transporte de combustible nuclearEnmiendas de 2004 al Código Internacional para la seguridad del transporte de combustible nuclear irradiado, plutonio y desechos de alta actividad en bultos a bordo de los buques (Código CNI) (publicado en el Boletín Oficial del Estado número 221, de 14 de septiembre de 2001 y número 257, de 26 de octubre de 2001), aprobadas el 10 de diciembre de 2004, mediante Resolución MSC 178(79).
Plan de Evaluación del estado del buqueEnmiendas de 2005 al Plan de Evaluación del estado del buque, (CAS) (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 169 de 16 de julio de 2003) aprobadas el 22 de julio de 2005, mediante la Resolución MEPC 131(53).
Mauritania, Subvención para control de inmigraciónReal Decreto 187/2007, de 9 febrero, por el que se regula la concesión de una subvención extraordinaria a la República Islámica de Mauritania para la mejora del control de sus fronteras y lucha contra la emigración ilegal.
Dominio público radioeléctrico, Solicitud de títulos habilitantesOrden ITC/270/2007, de 1 de febrero, por la que se aprueban los modelos de solicitud de títulos habilitantes para el uso del dominio público radioeléctrico.
Ley del libro y la lectura de GaliciaLey de la Comunidad Autónoma de Galicia 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura.


Política de datos | Aviso legal | Lexur en Internet


© 2000 - 2007 Lexur. Todos los derechos reservados.