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Corrección de errores de la Orden PRE/4063/2006, de 29 de diciembre, por la que se introducen modificaciones en el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a servicios de tránsito aéreo, procedimientos de navegación aérea y señales.

Advertidos errores en el texto de la Orden PRE/4063/2006, de 29 de diciembre, por la que se introducen modificaciones en el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a servicios de tránsito aéreo, procedimientos de navegación aérea y señales, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 4, de 4 de enero de 2007, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:

Página 491, se sustituye la Tabla de condiciones de visibilidad y distancia de nubes de vuelos VFR, por la siguiente:

Tabla de condiciones de visibilidad y distancia de nubes de vuelos VFR

* Cuando la altitud de transición es inferior a 3050 m (10.000 ft) AMSL, se utilizará el FL 100 en vez de 10.000 ft.

** Cuando así lo prescriba la autoridad ATS competente:

a) pueden permitirse visibilidades de vuelo inferiores, hasta 1500 m, para los vuelos que se realicen: 1) a velocidades que en las condiciones de visibilidad predominantes den oportunidad adecuada para observar el tránsito, o cualquier obstáculo, con tiempo suficiente para evitar una colisión; o 2) en circunstancias en que haya normalmente pocas probabilidades de encontrarse con tránsito, como en áreas de escaso volumen de tránsito y para efectuar trabajos aéreos a poca altura. b) Los helicópteros pueden estar autorizados a volar con una visibilidad de vuelo inferior a 1500 m si maniobran a una velocidad que dé oportunidad adecuada para observar el tránsito, o cualquier obstáculo, con el tiempo suficiente para evitar una colisión.

Página 491, en el artículo único, Tres apartado 3.2.19.1, en la penúltima línea, donde dice "...asHTam...", debe decir "ASHTAM...".

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Boletín Oficial del Estado de 17 de Febrero de 2007

Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de marEnmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 20 de mayo de 2004, mediante Resolución MSC 156(78).
Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de marEnmiendas de 2004 al Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar (Código de Formación) (publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1984), adoptadas el 9 de diciembre de 2004, mediante Resolución MSC 180(79).
Certificación literal de nacimientoInstrucción de 7 de febrero de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre requisitos registrales en la expedición de la certificación literal de nacimiento para la obtención del Documento Nacional de Identidad.
Corporaciones Locales, Esfuerzo fiscalResolución de 5 de febrero de 2007, de la Dirección General de Coordinación Financiera con las Entidades Locales, por la que se desarrolla la información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.
Inmigración, Información de las compañias de transporteResolución de 14 de febrero de 2007, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de las Secretarías de Estado, de Seguridad, del Ministerio del Interior y de Inmigración y Emigración, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se determinan las rutas sobre las que se establecen obligaciones de información por parte de las compañías, empresas de transportes o transportistas.
Reglamento de Circulación AéreaCorrección de errores de la Orden PRE/4063/2006, de 29 de diciembre, por la que se introducen modificaciones en el Reglamento de Circulación Aérea aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a servicios de tránsito aéreo, procedimientos de navegación aérea y señales.
Requisitos de trazabilida de los componentes sanguíneosOrden SCO/322/2007, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos de trazabilidad y de notificación de reacciones y efectos adversos graves de la sangre y de los componentes sanguíneos.


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