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Sentencia de 24 de enero de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anula, por ser contraria a Derecho, la exclusión que se hace del recurrente don Rafael Roldán Lázaro en la relación de personal funcionario a traspasar a la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Real Decreto 467/2003, de 25 de abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación.
En el recurso contencioso-administrativo 80/2003, interpuesto por la representación procesal de don Rafael Roldán Lázaro, la Sala Tercera (Sección Séptima) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 24 de enero de 2007, que contiene el siguiente fallo:
Fallamos
1. Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Rafael Roldán Lázaro contra el Real Decreto 467/2003, de 25 de abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito del trabajo, empleo y la formación; y anular, por ser contraria a Derecho, la exclusión que se hace del recurrente en la relación de personal funcionario a traspasar a la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Reconocer el derecho del recurrente a ser traspasado en el puesto de Jefe de Área de Oficina de Empleo que desempeñaba en comisión de servicios.
3. No hacer especial pronunciamiento sobre costas.
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