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Orden AEC/550/2007, de 14 de febrero, por la que se crean las Oficinas Consulares Honorarias, en la ciudad de Hue y en la ciudad de Da Nang (República Socialista de Vietnam).Las razones que justifican la creación de una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Hue y otra en la ciudad de Da Nang son, por un lado, la lejanía de la capital política y administrativa, Hanoi, con escasas conexiones aéreas y también el atractivo turístico de ambas ciudades, lo que supone que casi todo el turismo español que visita Vietnam incluye a estas ciudades en sus recorridos. Por ello, parece conveniente y necesaria la creación de sendas Oficinas Consulares Honorarias de España en estas dos ciudades, con el fin de poder prestar a los ciudadanos españoles la asistencia que necesiten. Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Hanoi y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos y Asistencia Consulares y de la Dirección General de Política Exterior para Asia y Pacífico, he tenido a bien disponer: Primero Se crea una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Hue (República Socialista de Vietnam), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en la provincia de Thua Thien y dependiente de la Embajada de España en Hanoi. Segundo Se crea una Oficina Consular Honoraria en la ciudad de Da Nang (República Socialista de Vietnam), con categoría de Viceconsulado Honorario, con jurisdicción en la provincia de Da Nang, y en las provincias de Quang Nam; Kom Tum; Binh Dinh; Quang Ngai; Gia Lai y Phu Yen, y dependiente de la Embajada de España en Hanoi. Tercero Los Jefes de ambas Oficinas Consulares Honorarias tendrán, de conformidad con el Artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Vicecónsul Honorario. - |
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