Lexur Editorial - Informática y Derecho   
Buscar legislaciónAñadir una página de recursos jurídicosContactar con nosotrosIr a la portadaVolver a la página anterior
Legislación Boletín Oficial del Estado Noticias jurídicas Foro de usuarios



 

Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

Preámbulo

Los artículos 275 de la Ley Hipotecaria, 482 y siguientes de su Reglamento, y 14.1 del Reglamento del Registro Mercantil, facultan al Gobierno para acordar el establecimiento de nuevos Registros de la Propiedad y Mercantiles, así como la modificación de los existentes.

Según los preceptos indicados, dicha demarcación se podrá realizar en cualquier momento cuando así convenga al interés del servicio público registral, todo ello en aras de una adecuada y eficiente prestación del mismo. El criterio esencial, pues, que ha de presidir la modificación de la demarcación es la debida atención al usuario del servicio público registral, de ahí que el mismo artículo 275 de la Ley Hipotecaria especifique como criterio determinante el hecho de que se haya producido una modificación en el volumen y movimiento de titulación sobre bienes inmuebles y derechos reales. Obviamente, en el ámbito de los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles el criterio determinante será el incremento del tráfico mercantil.

Para concretar si se ha producido una alteración significativa en el movimiento de titulación sobre bienes inmuebles o en el tráfico mercantil, la Dirección General de los Registros y del Notariado recabó la pertinente estadística a cada uno de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

Examinada la misma, resulta patente la necesidad de elaborar una modificación de la demarcación registral, dado el notable incremento del tráfico civil y mercantil. En consecuencia, la modificación de la demarcación registral responde a un interés general, que no aconseja demora, en cuanto incentiva la actividad económica, acerca el servicio registral al ciudadano y lo adecua -como ha señalado el Consejo de Estado y exige el artículo 275 de la Ley Hipotecaria-, a la expansión de numerosos núcleos de población.

Al mismo tiempo, la modificación de la demarcación registral pretende hacer posible el más adecuado cumplimiento de las obligaciones de los registradores, en particular, las derivadas de la presentación telemática de títulos como consecuencia de lo dispuesto en la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, modificada por la Ley 24/2001, de 18 de noviembre, Ley 7/2003, de 1 de abril, por la que se crea la sociedad limitada nueva empresa y el reciente Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre, por el que se extiende ese sistema de constitución a la sociedad de responsabilidad limitada cuya entrada en vigor se producirá en breves fechas. Todo ello teniendo en cuenta la nueva carga de trabajo que va a suponer la generalización de la utilización de medios telemáticos en la presentación de títulos en los diferentes Registros, así como la agilización en los plazos registrales, fruto de la incorporación de las nuevas tecnologías a tales oficinas públicas.

Desde esta perspectiva, debe recordarse que siendo la función pública registral uno de los dos pilares sobre los que se asienta nuestro sistema de seguridad jurídica preventiva, el interés general aconseja acometer una revisión de las oficinas registrales que se adecue a esos cambios y sea capaz de dar una respuesta ágil y eficaz a las nuevas necesidades que se demandan del servicio público registral, sin merma de su calidad, dada su importancia.

Por último, debe recordarse que al tiempo de la elaboración de esta disposición general se estaban tramitando diferentes reformas estatutarias que han incidido en la materia regulada. A tal fin, y como señala el Consejo de Estado, debe recordarse que los poderes públicos no pueden dejar de ejercitar sus competencias ante la hipótesis de un cambio de titularidad, cesión o transferencia de las mismas, pues prevalece dentro de un marco de lealtad institucional y cooperación, el interés público afectado -debida prestación de un servicio público-que puede exigir el adecuado y puntual ejercicio de los poderes y competencias constitucional y legalmente atribuidas.

Asimismo, y como también sostiene el Consejo de Estado, el ejercicio previo de esa competencia no inmoviliza, ni perjudica al titular de la nueva competencia, de haberse producido un traspaso íntegro de la misma, pues resulta obvio que el nuevo titular puede tan pronto se produzca la materialidad del traspaso, actuar la misma como tenga por oportuno. En todo caso, se reitera que en la medida en que está aún por precisar el marco normativo en que se desarrollarán las diferentes competencias autonómicas, con la incidencia y extensión prevista en cada Estatuto de Autonomía, resulta imprescindible abordar la presente revisión de la demarcación pues, en caso contrario, se perjudicaría a los usuarios del servicio público registral.

En la elaboración del Real Decreto se ha contado con la participación de las Comunidades Autónomas afectadas.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Justicia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de febrero de 2007, dispongo:

Artículo 1

Establecimiento de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles

Se establecen los Registros de la Propiedad que se recogen en el Anexo I de este Real Decreto.

Artículo 2

División material de Registros de la Propiedad que actualmente se desempeñan en régimen de división personal

Se dividen materialmente los siguientes Registros de la Propiedad que actualmente se desempeñan en régimen de división personal que se recogen en el Anexo II de este Real Decreto.

Artículo 3

División personal de Registros Mercantiles y de Bienes Muebles

Se dividen personalmente los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles que se recogen en el Anexo III de este Real Decreto.

Artículo 4

Líneas divisorias

Las líneas divisorias entre los distintos Registros, constituidas por vías públicas o ríos, cuando no se exprese, se entiende que discurren por el eje central correspondiente.

Disposiciones adicionales

Disposición adicional primera

Registros segregados con la misma capitalidad

Los Registros en los que se realiza segregación, manteniéndose la misma capitalidad, deberán situarse en locales contiguos en el supuesto de que existan libros comunes a ambos.

En estos casos, todos los registradores a quienes sea común el archivo se considerarán archiveros y los traslados de inscripciones a los nuevos libros se realizarán por el registrador que realice la inscripción y por el sistema de pases, haciéndose constar tal circunstancia mediante la oportuna diligencia a continuación de la última inscripción, anotación o cancelación.

Con posterioridad a dicha diligencia, no podrán realizarse en las fincas trasladadas más asientos que las correspondientes notas marginales.

Disposición adicional segunda

Concurso especial

Los nuevos Registros, así como los Registros matrices, serán objeto de concurso especial, pudiendo el titular del o de los Registros matrices optar al resultante o resultantes. En ningún caso se considerará traslado del registrador la opción por cualquiera de dichos Registros.

Las vacantes que se originen como consecuencia de las resultas de dicho concurso especial serán objeto de provisión en el concurso ordinario correspondiente.

Disposición adicional tercera

Reordenación de la numeración de Registros

Como consecuencia de los nuevos Registros que se crean y a los efectos de mayor claridad para el ciudadano, se reordena la numeración de los siguientes Registros:

Andalucía:

Málaga: El Registro de la Propiedad de Málaga número 16 pasa a denominarse Málaga número 5.

Aragón:

Zaragoza: El Registro de la Propiedad de Zaragoza número 16 pasa a denominarse Zaragoza número 4.

Principado de Asturias:

Asturias: El Registro de la Propiedad de Oviedo número 6 pasa a denominarse Oviedo número 3.

Illes Balears:

Illes Balears: El Registro de la Propiedad de Palma número 12 pasa a denominarse Palma número 3.

Canarias:

Las Palmas: El Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 7 pasa a denominarse Las Palmas de Gran Canaria número 3.

Cataluña:

Barcelona:

1. El Registro de la Propiedad de L"Hospitalet de Llobregat número 8 pasa a denominarse L"Hospitalet de Llobregat número 4

2. El Registro de la Propiedad de Terrassa número 6 pasa a denominarse Terrassa número 5.

Girona: El Registro de la Propiedad de Girona número 5 pasa a denominarse Girona número 2

Lleida: El Registro de la Propiedad de Reus número 4 pasa a denominarse Reus número 3.

Tarragona: El Registro de la Propiedad de Tarragona número 4 pasa a denominarse Tarragona número 2.

Galicia:

A Coruña: El Registro de la Propiedad de A Coruña número 7 pasa a denominarse A Coruña número 5.

Comunidad de Madrid:

Madrid:

1. El Registro de la Propiedad de Madrid número 46 pasa a denominarse Madrid número 44.

2. El Registro de la Propiedad de Madrid número 51 pasa a denominarse Madrid número 45.

3. El Registro de la Propiedad de Madrid número 44 pasa a denominarse Madrid número 46.

4. El Registro de la Propiedad de Madrid número 45 pasa a denominarse Madrid número 47.

5. El Registro de la Propiedad de Madrid número 47 pasa a denominarse Madrid número 48.

6. El Registro de la Propiedad de Madrid número 48 pasa a denominarse Madrid número 49.

7. El Registro de la Propiedad de Madrid número 49 pasa a denominarse Madrid número 50.

8. El Registro de la Propiedad de Madrid número 50 pasa a denominarse Madrid número 51.

9. El Registro de la Propiedad de Madrid número 55 pasa a denominarse Madrid número 54.

10. El Registro de la Propiedad de Madrid número 56 pasa a denominarse Madrid número 55.

Región de Murcia:

Murcia: El Registro de la Propiedad de Murcia número 10 pasa a denominarse Murcia número 3.

Comunitat Valenciana:

Alacant/Alicante: El Registro de la Propiedad de Alacant/Alicante número 9 pasa a denominarse Alacant/Alicante número 6.

València/Valencia: El Registro de la Propiedad de Paterna número 3 pasa a denominarse Paterna número 2.

Disposición adicional cuarta

Competencias de las Comunidades Autónomas

La demarcación aprobada por el presente Real Decreto se entenderá sin perjuicio de las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas en sus respectivos Estatutos de Autonomía.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria única

Concursos

Desde la entrada en vigor de este Real Decreto, los registradores afectados por ser su Registro objeto de la presente demarcación, podrán tomar parte en concursos de provisión de vacantes aunque no haya transcurrido el plazo de un año a que se refiere el artículo 497 del Reglamento Hipotecario.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única

Derogación normativa

1. Quedan derogadas la Disposición Final segunda del Real Decreto 398/2000, de 24 de marzo, por el que se modifica la demarcación y capitalidad de determinados Registros de la Propiedad y Mercantiles.

2. Quedan derogadas igualmente cuantas disposiciones del mismo o inferior rango se opongan a lo establecido en este Real Decreto, o resulten modificadas por el mismo.

Disposiciones finales

Disposición final primera

Modificación del Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio

El Reglamento del Registro Mercantil aprobado por el Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado 1 del artículo 16 queda redactado del siguiente modo:

"1. Los Registros Mercantiles estarán establecidos en todas las capitales de provincia y, además, en las ciudades de Ceuta, Melilla, Eivissa, Maó, Arrecife, Puerto del Rosario, Santa Cruz de la Palma, San Sebastián de la Gomera, Valverde y Santiago de Compostela."

Dos. Se introduce una nueva letra l) en el apartado 2 del artículo 16 con la siguiente redacción:

"l) La circunscripción del Registro Mercantil de Santiago de Compostela se extiende al territorio de los municipios de Ames, Arzúa, A Baña, Boimorto, Boiro, Boqueixón, Brión, Carnota, Dodro, Lousame, Mazaricos, Mellide, Muros, Negreira, Nola, Outes, Padrón, O Pino, A Pobra do Caramiñal, Porto do Son, Rianxo, Ribeira, Rois, Santa Comba, Santiso, Santiago de Compostela, Sobrado, Teo, Toques, Touro, Vedra y Vilasantar."

Tres. Se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 16 con la siguiente redacción:

"4. Por razones del servicio el Ministro de Justicia, a propuesta de la Dirección general de los Registros y del Notariado, podrá acordar que el registrador mercantil provincial proceda a la instalación, en el término municipal que se señale, de una oficina abierta al público en la que se puedan efectuar por los usuarios del Registro Mercantil presentaciones y retiradas de toda clase de documentos, obtención de publicidad formal y todas las demás operaciones que puedan hacerse en la oficina del Registro Mercantil de la capital de la provincia, con la que estará telemáticamente conectada en la forma determinada por la propia Dirección General."

Disposición final segunda

Autorizaciones

1. Se autoriza al Ministro de Justicia para dictar las normas que sean necesarias para interpretar y ejecutar el presente Real Decreto y, en especial, lo relativo a fechas de funcionamiento independiente de los Registros y regulación del período de transición hasta el funcionamiento independiente.

2. Se autoriza a la Dirección General de los Registros y del Notariado para la resolución de las dudas que sobre los límites físicos de la demarcación surjan en su ejecución práctica, la atribución a un Registro determinado de las adscripciones, segregaciones, cambios o alteraciones administrativas de términos municipales, o cualesquiera otros problemas relativos a la demarcación que los registradores afectados sometan a consulta.

Disposición final tercera

Revisión de la demarcación registral

1. El Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado, elaborará en el plazo máximo de cinco años a partir de la entrada en vigor de esta norma los estudios necesarios para modificar la demarcación registral, en los supuestos y condiciones previstas en el artículo 275 de la Ley Hipotecaria.

2. La Dirección General de los Registros y del Notariado procederá a recabar de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles las estadísticas y encuestas precisas a los efectos de la confección en el plazo indicado de los estudios a que se refiere el apartado precedente.

Disposición final cuarta

Nombramiento de Registradores accidentales

Cuando por razón de servicio profesional se dieran circunstancias extraordinarias en determinados Registros, en relación al despacho de documentos por expansión acelerada de núcleos de población, variación considerable de la titulación o cualquier otra causa, la Dirección General de los Registros y del Notariado nombrará uno o más registradores con carácter de accidentales por el plazo máximo de un año.

Disposición final quinta

Entrada en vigor

El presente Real Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Anexo I

Establecimiento de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles

Andalucía

Almería

Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Almería

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Almería número 3 y Mercantil.

Capitalidad: Almería.

Contenido: El Registro Mercantil y de Bienes Muebles de la provincia de Almería.

De los Registros de la Propiedad de Almería número 2, número 3 y número 4, resultan los Registros de la Propiedad de Almería número 2, número 3, número 4 y número 5.

Registro de la Propiedad de Almería número 2

Capitalidad: Almería.

Circunscripción: Comprende el término municipal de Almería, comenzando desde el Mar Mediterráneo, dirección sur-norte, a partir de la Rambla de Belén, subiendo por dicha rambla (parte derecha) hasta la confluencia con la calle Real del Barrio Alto, discurriendo después, dirección oeste-este, por dicha calle y la Carretera de Níjar (parte sur o derecha) hasta la confluencia con el río Andarax, por cuyo cauce continúa, dirección norte-sur, hasta su desembocadura en el referido mar.

Registro de la Propiedad de Almería número 3

Capitalidad: Almería.

Circunscripción: Los términos municipales de Benahadux, Gádor, Huércal de Almería, Lucainena de las Torres, Níjar, Pechina, Senés, Sorbas, Uleila del Campo y Viator.

Registro de la Propiedad de Almería número 4

Capitalidad: Almería.

Circunscripción: Comprende el término municipal de Almería, desde la intersección del río Andarax con la avenida del Torrecárdenas (antigua proyectada prolongación de la calle Suflí), continuando dirección este-oeste por dicha avenida (margen izquierdo) hasta la rotonda que la separa de la calle García de Villareal (o Villaroel), bajando, dirección norte-sur, por calle Calamocha y avenida del Mediterráneo (margen izquierdo) hasta la Carretera de Níjar, desde donde discurre, dirección oeste-este, hasta su confluencia con el río Andarax (margen izquierdo), cruzando el puente del mismo y bajando por su cauce hasta su desembocadura en el Mar Mediterráneo (margen izquierdo), continuando por su litoral (dirección oeste-este) hasta la avenida Retamar sur, por la que sube (dirección sur-norte) hasta la C.N. 344 (parte izquierda). Desde dicha carretera, dirección este-oeste, continúa (margen izquierdo) hasta la rotonda del Alquián por la que continúa, dirección sur-norte, hasta la Autovía Adra-Murcia (E-15) por la C.N. 349, continuando dirección este-oeste hasta el límite del término municipal de Almería con el de Viator.

Registro de la Propiedad de Almería número 5

Capitalidad: Almería.

Circunscripción: La zona oeste del término municipal de Almería, desde la confluencia de la Rambla de Belén con la calle Real del Barrio Alto, dirección sur-norte, discurriendo por dicha rambla, la Rambla de Amatisteros y la Rambla Infesta, hasta el límite del término municipal de Almería, por donde continua por el norte, dirección oeste-este hasta el río Andarax, por cuyo cauce baja, dirección norte-sur, hasta la avenida de Torrecárdenas (antigua proyectada prolongación de la calle Suflí), desde donde discurre este-oeste, hasta la rotonda que la separa de la calle García de Villareal (o Villaroel), y continuando, dirección norte-sur, por el margen derecho de las calles Calamocha y avenida del Mediterráneo hasta su confluencia con la Carretera de Níjar, continuando dirección este-oeste, por dicha Carretera y la calle Real del Barrio Alto hasta su intersección con la Rambla de Belén (parte norte).

La zona este del término municipal de Almería, desde la confluencia de dicho término con la Autovía Adra-Murcia (E-15), dirección oeste-este hasta la C.N. 349 (margen izquierdo), continuando por dicha carretera (margen izquierdo) hasta su confluencia con la C.N. 344, por la que continúa dirección oeste-este (margen izquierdo), hasta la confluencia con la Carretera de Retamar-Cabo de Gata (margen izquierdo), por la que discurre, dirección norte-sur, hasta el Mar Mediterráneo a través del acceso a Retamar Sur (margen izquierdo).

Comprende, además, los términos municipales de Benitagla, Alcudia de Monteagud, Benitorafe, Santa Fé de Mondújar, Tahal, Benizalón, Turrillas y Rioja.

Registro de la Propiedad de Adra

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Berja.

Capitalidad: Adra.

Circunscripción: Adra.

Registro de la Propiedad de El Ejido número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de El Ejido.

Capitalidad: El Ejido.

Circunscripción: La zona del Registro matriz comprendida desde la antigua Carretera Nacional 340 hasta el litoral.

Registro de la Propiedad de Mojácar

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Vera.

Capitalidad: Mojácar.

Circunscripción: Los términos municipales de Bédar, Carboneras, Garrucha, Los Gallardos, Lubrín, Mojácar y Turre.

Cádiz

Registro de la Propiedad de Algeciras número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Algeciras número 1.

Capitalidad: Algeciras.

Circunscripción: La zona comprendida dentro de los siguientes límites: norte, términos municipales de Tarifa y Los Barrios; este, actual trazado de la Carretera Nacional 340, a Cádiz, que atraviesa el término municipal; sur, la citada carretera Nacional; oeste, el término municipal de Tarifa.

Registro de la Propiedad de Villamartín

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Arcos de la Frontera.

Capitalidad: Villamartín.

Circunscripción: Los términos municipales de Villamartín y Bornos.

Registro de la Propiedad de Vejer de la Frontera

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Barbate.

Capitalidad: Vejer de la Frontera.

Circunscripción: El término municipal de Vejer de la Frontera.

Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Chiclana de la Frontera.

Capitalidad: Chiclana de la Frontera.

Circunscripción: La parte del término municipal de Chiclana de la Frontera situada a la izquierda del río Iro.

De los Registros de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 2 y número 3, resultan los Registros de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 2, número 3, número 4 y número 5:

Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 2

Capitalidad: Jerez de la Frontera.

Circunscripción: Linda con los Registros de Jerez de la Frontera número 1, número 3 y número 5 con las siguientes calles: calle Ebanistería; avenida de Sanlúcar; carretera Nacional IV Madrid-Cádiz; Camino de Bornos; avenida del Altillo; Línea del Ferrocarril Madrid-Cádiz; avenida de San José Obrero; calle Santa Catalina; calle Domingo García Díaz; calle Joaquin Fernández Cruzado; calle Hijuela del Membrillar; avenida de la Granja; calle Abiertas de Caulina; avenida de Arcos; Hijuela de la Marquesa; avenida de Taginas; Hijuela de Albadalejo; Glorieta del Pinar; paseo de las Delicias; calle de las Palomas; calle Fresa; calle Playa del Rompidillo; avenida de Nazaret; calle Medina Azahar; avenida Rey Juan Carlos I; Camino de Montealegre Alto; Enlace entre camino de Montealegre Alto y Carretera de Cartuja; Carretera de Cartuja; Puente de Cádiz; Circunvalación Sur; Delimitación del Polígono Industrial El Portal; avenida Puertas del Sur; Trasera Barriada de la Liberación; delimitación del Casco Urbano con el Polígono Sur-Guadabajaque; calle Hijuela de las Coles; calle Historiador Bartolomé Gutiérrez; plaza Consejo de Europa; calle Arquitecto José Vargas; trasera naves Arquitecto José Vargas y avenida de Rota uniéndose de nuevo con la calle Ebanistería.

El Registro de Jerez de la Frontera número 2 comprende la zona situada al norte del río Guadalete, con la excepción del término municipal de La Barca de la Florida y con la excepción de los distritos hipotecarios de los Registros número 1, número 3 y número 5 de Jerez de la Frontera, con los que linda por las calles antes enumeradas.

Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 3

Capitalidad: Jerez de la Frontera.

Circunscripción: La zona norte del término municipal de Jerez de la Frontera que se describe del siguiente modo: partiendo de la plaza de los Reyes Católicos o Arenal, -números impares-, sigue por las calles Ramón y Cajal o Lancería, José Antonio Primo de Rivera o Larga y Santo Domingo -números pares, calle Comandante Paz Varela, cruzando el Parque González Hontoria y continuando por la avenida del Altillo, girando a la derecha por la calle Sirius, hasta encontrar la vía férrea, margen derecha dirección a Sevilla, envuelve la Barriada San José de Espera, continuando por la calle Hijuela del membrillar y avenida de la Granja, Abiertas de Caulina y continuando por avenida de Arcos y girando a la izquierda para enlazar con la avenida de Taginaste. Continúa por la avenida de Albadalejo y enlaza con el paseo de las Delicias, continúa por la calle Cartuja, plaza de la Estación, calle Diego Fernández Herrera, plaza de Madre de Dios, calles Ronda de San Telmo y Muleros, avenida de Torresoto, y sube por las calles Puerto y Armas hasta llegar a la plaza Reyes Católicos o Arenal.

Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 4

Capitalidad: Jerez de la Frontera.

Circunscripción: La sección 4ª, integrada por la parte del término municipal de Jerez de la Frontera, excluido el casco urbano y el ensanche, que se encuentra a la izquierda del río Guadalete, aguas abajo. El término municipal de San José del Valle y el territorio correspondiente a la Entidad Local Autónoma de La Barca de la Florida; dicha Entidad Local se encuentra ubicada a la orilla del río Guadalete que, si bien forma parte de la sección 3ª, es colindante con la sección 4ª

Registro de la Propiedad de Jerez de la Frontera número 5

Capitalidad: Jerez de la Frontera.

Circunscripción: La zona sur del término municipal de Jerez de la Frontera que se describe del siguiente modo: partiendo de la plaza de la Estación, continua por calle Cartuja, y paseo de las Delicias, hasta llegar a la calle de las Palomas, incluyendo la Barriada Pago de San José. Continúa por avenida de Nazaret y calle Medina-Azahara, hasta llegar a la avenida Rey Juan Carlos I, envolviendo la Urbanización Parque Cartuja, sigue hasta la línea del ferrocarril, bajando e integrando el Polígono Industrial El Portal. Continúa por avenida Puertas del Sur, subiendo hasta encontrar por detrás el Campo de la Juventud, hasta llegar a la calle Hijuela de las Coles y con la barriada del mismo nombre, hasta llegar a la plaza Consejo de Europa. Continua por la calle Arquitecto José Vargas, calle Cuatro Caminos, Glorieta de Cuatro Caminos, calle Alcubilla, avenida de Torresoto, calle Muleros y Ronda de San Telmo, plaza de Madre de Dios, calle Diego Fernández Herrera hasta llegar a la plaza de la Estación.

Registro de El Puerto de Santa María número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de El Puerto de Santa María número 1.

Capitalidad: El Puerto de Santa María.

Circunscripción: Se inicia en la carretera Nacional IV en el punto de confluencia con la calle Ronda del Ferrocarril, siguiendo por la citada Carretera Nacional hasta la estación de ferrocarril desde donde sigue, bordeando el río Guadalete, por la avenida de la Bajamar y por el paseo de José Luis Tejada hasta llegar al paseo Marítimo de la Puntilla, por donde continúa hasta su confluencia con la avenida de la Libertad, siguiendo por ésta hasta la Glorieta de los Descubridores, punto en el que gira a la derecha para alcanzar la avenida del Descubrimiento, Camino de los Enamorados y avenida del Ejército hasta su confluencia con la calle Valdés, por donde sube hasta alcanzar la avenida de Fuentebravía y la Ronda del Ferrocarril, continuación de aquélla, por donde continúa hasta llegar a la Carretera Nacional IV, punto de inicio de este Registro.

Registro de la Propiedad de Rota número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Rota.

Capitalidad: Rota.

Circunscripción: Comienza la línea divisoria en la carretera A.491 a su entrada en el término municipal de Rota y discurre por dicha carretera hasta la intersección con la carretera CA-603 (km 18). En dicha intersección continúa por la CA-603 hasta el comienzo del caso urbano de Rota, donde continúa por la avenida de la Libertad, calle Mária Auxiliadora, calle Cautelar hasta la intersección con la calle Isaac Peral por donde continúa hasta la calle Veracruz, plaza de Pío XII, donde finaliza en la zona de dominio público marítimo terrestre. Limita al norte, al este y al oeste con la línea divisoria, y al sur con la zona marítimo terrestre.

Registro de la Propiedad de San Fernando número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de San Fernando.

Capitalidad: San Fernando.

Circunscripción: La parte del término municipal de San Fernando excluída la zona que se describe a continuación: se inicia en el Puente Nuestro Padre Jesús del Gran Poder, en su confluencia con la carretera de la Carraca, continúa hacia el norte por la Carretera Nacional IV hasta el punto de confluencia con Puente acceso al Parque Natural de la Bahía de Cádiz, avenida de Pery Junquera y avenida de Rafael Alberti, para continuar hacia el sur por la expresada avenida de Rafael Alberti, plaza Hornos Púnicos, calle Benjamín López, calle San Antonio y calle Juan Van Halen hasta su confluencia con la calle de San Onofre, por la que continúa hacia el este por la calle de San Marcos, plaza de Juan Vargas y avenida del Cid para llegar al punto de inicio.

Registro de la Propiedad de Chipiona

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Sanlúcar de Barrameda.

Capitalidad: Chipiona.

Circunscripción: El término municipal de Chipiona.

Registro de la Propiedad de La Línea de la Concepción

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de San Roque.

Capitalidad: La Línea de la Concepción.

Circunscripción: El término municipal de La Línea de la Concepción.

Córdoba

Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Córdoba

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Córdoba número 5 y Mercantil.

Capitalidad: Córdoba.

Contenido: El Registro Mercantil y de Bienes Muebles de la provincia de Córdoba.

De los Registros de la Propiedad de Córdoba número 1, número 2 y número 5, resultan los Registros de la Propiedad de Córdoba número 1, número 2, número 5, número 6 y número 7:

Registro de la Propiedad de Córdoba número 1

Capitalidad: Córdoba.

Circunscripción: La zona situada al norte de una línea que arrancando del paseo del General Primo de Rivera, hoy paseo de la Victoria, sigue por la calle Concepción, Conde de Gondomar, plaza José Antonio, hoy de las Tendillas, Claudio Marcelo, plaza de Salvador, San Pablo, General Varela, Muñices, plaza de la Magdalena, hasta la confluencia del Campo de San Antón y avenida de Libia, hasta el cruce con avenida de Carlos III. Esta zona sería la situada a la izquierda de dichas calles.

Por otra parte sería la avenida de América, plaza de Colón, avenida Obispo Pérez Múñoz, hoy de las Ollerías, hasta la confluencia de Agrupación Córdoba y Ronda del Marrubial, Comandante Marín Alcazar y avenida del Cairo confluencia con avenida de Carlos III, todo ello a la derecha y dirección sureste.

Registro de la Propiedad de Córdoba número 2

Capitalidad: Córdoba.

Circunscripción: Partiendo de la Glorieta Llanos del Pretorio, dirección norte, la zona comprendida a la izquierda de las siguientes vías públicas: avenida Llanos del Pretorio, avenida del Brillante, avenida San José de Calasanz, Carretera de Obejo CV-45 dirección a Los Villares, hasta el fin del término municipal de Córdoba.

También, partiendo de dicha Glorieta Llanos del Pretorio, en dirección oeste-sur-oeste, lo comprendido a la derecha de las siguientes vías públicas, avenida de América, avenida de Cervantes, Glorieta Aguilar Galindo, paseo de la Victoria, avenida de Medina Azahara, plaza Poeta Ibn Zaydun, Periodista Quesada Chacón, Carretera A-431 dirección a Palma del Río hasta el fin del término municipal de Córdoba.

Registro de la Propiedad de Córdoba número 5

Capitalidad: Córdoba.

Circunscripción: Al norte, está delimitada por la línea divisoria con el Registro número 2, que comienza en el paseo de la Victoria continuando por la avenida de Medina Azahara, Glorieta del Poeta Ibn Zaydun y Carretera A-431 de Córdoba a Palma del Río, margen izquierda, hasta el final del término municipal; sur, confluencia del Puente de la avenida del Corregidor sobre el río Guadalquivir, margen derecha, continuando el cauce del río, aguas abajo, hasta el límite con el término municipal de Almodóvar del Río; este, los jardines del paseo de la Victoria, avenida del Conde Vallellano, acera derecha, y avenida del Corregidor hasta el Puente sobre el río Guadalquivir; y oeste, línea divisoria de los términos municipales de Córdoba y Almodóvar del Río, desde el río Guadalquivir, margen derecha, hasta la Carretera A-431 de Córdoba a Palma del Río, margen izquierda.

Comprende además los términos municipales de Villaviciosa y Obejo.

Registro de la Propiedad de Córdoba número 6

Capitalidad: Córdoba.

Circunscripción: Arranca al finalizar la avenida de las Ollerías, antes Obispo Pérez Muñoz, y continua por la avenida Agrupación Córdoba y Carretera de Badajoz, Nacional 432 hasta la finalización del término de Córdoba, todo ello en dirección norte, y mano derecha de dichas calle y Carretera.

Desde el mismo punto de arranque, es decir, al final de la avenida de las Ollerías, antes Obispo Pérez Muñoz, y en dirección sureste, se extiende, a mano izquierda, por la Ronda del Marrubial, avenida del Comandante Marín Alcázar y avenida de El Cairo, hasta desembocar en la avenida de Carlos III, continuando es ese sentido hasta el final del término municipal de Córdoba.

Registro de la Propiedad de Córdoba número 7

Capitalidad: Córdoba.

Circunscripción: Comenzando en la Glorieta Llanos del Pretorio, dirección este, la zona comprendida a la izquierda de las siguientes vías públicas: avenida Molinos Alta, plaza del Moreno, avenida de las Ollerías, avenida de la Agrupación Córdoba, calle Artesanos, continuando por la Carretera N-432 dirección a Badajoz, hasta el fin del término municipal de Córdoba.

Comenzando por dicha Glorieta Llanos del Pretorio, con dirección norte, la zona comprendida a la derecha de las siguientes vías públicas: avenida Llanos del Pretorio, avenida del Brillante, avenida de San José de Calasanz, Carretera de Obejo CV-45 dirección a Los Villares, hasta el fin del término de Córdoba.

Registro de la Propiedad de Lucena número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Lucena.

Capitalidad: Lucena.

Circunscripción: La sección 1ª de Lucena y el término municipal de Encinas Reales.

Registro de la Propiedad de Palma del Río

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Posadas.

Capitalidad: Palma del Río.

Circunscripción: El término municipal de Palma del Río.

Granada

Registro de la Propiedad de Almuñécar número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Almuñécar.

Capitalidad: Almuñécar.

Circunscripción: El término municipal de Almuñécar.

De los Registros de la Propiedad de Granada número 1, número 3, número 5 y número 6, resultan los Registros de la Propiedad de Granada número 1, número 3, número 5, número 6, y los Registros de la Propiedad de Armilla y de La Zubia.

Registro de la Propiedad de Granada número 1

Capitalidad: Granada.

Circunscripción: La zona de la capital y de su término municipal situada a la izquierda -en dirección al centro de la misma- del Camino de Maracena, hoy avenida del Coronel Muñoz, que se adentra en el casco de Granada, hasta alcanzar la Caleta; siguiendo por la avenida de la Constitución y Gran Vía de Colón, hasta llegar a la calle de Reyes Católicos, comprendiendo únicamente los números impares de dicha calle desde la esquina de dicha calle Reyes Católicos con la Gran Vía de Colón. Siguiendo hasta plaza Nueva de la que parte la llamada Cuesta de Gomérez, en la que le corresponde la acera de la izquierda subiendo hasta llegar al Arco de las Granadas; a partir de éste punto siempre comprendiendo la acera de la izquierda, continúa por el Callejón Niño del Rollo hasta la plaza Arquitecto García de Paredes siguiendo por la calle Antequeruela Baja y Cuesta del Caidero, Vistilla de los Angeles y Cuesta de los Molinos hasta llegar a la plaza del Ingeniero R. De la Cierva, desde donde se sigue hasta el Puente Verde sobre el Rio Genil y desde éste se sube por el centro de su cauce hacia su nacimiento, correspondiéndole toda la parte de la población situada al oeste de dicho Rio, hasta la terminación del término municipal de Granada. Dentro de ésta Zona se encuentran las barriadas del Farge y de Lancha de Cenes.

Registro de la Propiedad de Granada número 3

Capitalidad: Granada.

Circunscripción: La parte del término municipal de Granada que se delimita de la forma siguiente: desde la intersección del Camino de Ronda con el río Genil hacia su nacimiento- margen derecha- hasta el final del término municipal de Granada. Y desde dicha intersección del Camino de Ronda y del Rio Genil hacia el origen de dicha calle (Camino de Ronda) en la carretera de Motril y en dirección a dicha población le corresponderá toda la parte izquierda de dicha carretera, hasta la terminación del término municipal de Granada.

Registro de la Propiedad de Granada número 5

Capitalidad: Granada.

Circunscripción: Los términos municipales de Albolote, Alfacar, Beas de Granada, Calicasas, Cenes de la Vega, Cogollos de la Vega, Güevéjar, Huétor de Santillán, Jun, Maracena, Nívar, Peligros, Pulianas y Víznar.

Registro de la Propiedad de Granada número 6

Capitalidad: Granada.

Circunscripción: Los términos municipales de Churriana de la Vega, Dílar, Monachil, Quéntar, Dúdar, Pinos Genil, Güejar Sierra y Gójar.

Registro de la Propiedad de Armilla

Capitalidad: Armilla.

Circunscripción: Los términos municipales de Armilla y Ogijares.

Registro de la Propiedad de La Zubia

Capitalidad: La Zubia.

Circunscripción: Los términos municipales de La Zubia, Huétor Vega y Cájar.

De los Registros de la Propiedad de Motril número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Motril número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Motril número 1

Capitalidad: Motril.

Circunscripción: La zona del término municipal de Motril situada al oeste de la carretera vieja de Granada a Motril y de la carretera del Puerto. Comprende también el término municipal de Salobreña.

Registro de la Propiedad de Motril número 2

Capitalidad: Motril.

Circunscripción: La parte del término municipal de Motril situada al este de la carretera vieja de Granada a Motril y de la carretera del Puerto.

Registro de la Propiedad de Motril número 3

Capitalidad: Motril.

Circunscripción: Los términos municipales de Gualchos, Itrabo, Molvizar, Los Guajares, Vélez de Benaudalla y Lújar.

Lleva anejo el Registro Mercantil de Buques.

Registro de la Propiedad de Santa Fe número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Santa Fe.

Capitalidad: Santa Fe.

Circunscripción: Los términos municipales de Alhendín, Atarfe, Belicena, Cijuela, Cúllar Vega, Chauchina, Escúzar, Fuente Vaqueros, La Mala, Láchar, Las Gabias, Otura, Pinos Puente.

Huelva

Registro de la Propiedad de Lepe

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Ayamonte.

Capitalidad: Lepe.

Circunscripción: Los términos municipales de Lepe e Isla Cristina.

Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Huelva

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Huelva número 1 y Mercantil.

Capitalidad: Huelva.

Contenido: El Registro Mercantil y de Bienes Muebles de la provincia de Huelva.

De los Registros de la Propiedad de Huelva número 1, número 2 y número 3, resultan los Registros de la Propiedad de Huelva número 1, número 2, número 3, número 4 y el Registro de la Propiedad de Punta Umbría:

Registro de la Propiedad de Huelva número 1

Capitalidad: Huelva.

Circunscripción: Los términos municipales de Beas, Cartaya, Gibraleón, Trigueros, San Bartolomé de la Torre y San Juan del Puerto.

Registro de la Propiedad de Huelva número 2

Capitalidad: Huelva.

Circunscripción: La zona del término municipal de Huelva que linda al este, con el término municipal de San Juan del Puerto y con el río Tinto; al oeste, con la ría de Huelva; al sur, con el río Tinto; y al norte, con línea imaginaria que partiendo del Muelle de Levante, atraviesa los jardines del Muelle y la plaza Doce de Octubre por la mitad, continúa por los ejes de las calles Marina, Plus Ultra, Méndez Núñez, Rafael López, Puerto, plaza Quintero Báez, Vía Paisajista hasta su enlace con la calle Doctor Cantero Cuadrado y esta calle hasta su confluencia con prolongación de la avenida de Pío XII hasta el cruce con la avenida de Andalucía, y continúa por ésta hasta el cruce con la calle Honduras, y avenida Príncipe de las Letras hasta el río Tinto.

Registro de la Propiedad de Huelva número 3

Capitalidad: Huelva.

Circunscripción: La zona del término municipal de Huelva que linda al norte, este y oeste, con el límite del término municipal de Huelva, con los términos municipales colindantes con aquél por dichos puntos cardinales, y al sur, con la línea imaginaria que partiendo del Muelle de Levante, atraviesa los jardines del Muelle y la plaza Doce de Octubre por la mitad, continúa por los ejes de las calles Marina, Plus Ultra, Méndez Núñez, Rafael López, Puerto, plaza Quintero Báez, Vía Paisajista hasta su enlace con la calle Doctor Cantero Cuadrado y esta calle hasta su confluencia con prolongación de la avenida de Pío XII hasta el cruce con la avenida de Andalucía, y continúa por ésta hasta el cruce con la calle Vicente Ferrer, avenida de la Cinta y Carretera de la Cinta hasta el río Odiel.

Registro de la Propiedad de Huelva número 4

Capitalidad: Huelva.

Circunscripción: La zona del término municipal de Huelva que linda por el Noroeste, con el río Odiel y términos municipales colindantes; por el Noreste, con el término municipal de San Juan del Puerto, colindante; por el sureste, con el río Tinto, y por el suroeste, con las demarcaciones de los Registros de Huelva número 3 y Huelva número 2, que transcurre desde el río Odiel, por los ejes de las calles Carretera de la Cinta, avenida de la Cinta, Vicente Ferrer, Honduras y avenida Príncipe de las Letras, hasta el río Tinto.

Registro de la Propiedad de Punta Umbría

Capitalidad: Punta Umbría.

Circunscripción: Los términos municipales de Aljaraque y Punta Umbría.

Registro de la Propiedad de Almonte

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de La Palma del Condado.

Capitalidad: Almonte.

Circunscripción: Los términos municipales de Almonte, Bollullos Par del Condado, Rociana del Condado e Hinojos.

Jaén

Registro de la Propiedad de Andújar número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Andújar.

Capitalidad: Andújar.

Circunscripción: Los términos municipales de Andújar, Arjona, Arjonilla, Cazalilla, Escañuela, Espelúy, Lopera, Mengíbar y Villanueva de la Reina.

Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Jaén

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Jaén número 2 y Mercantil.

Capitalidad: Jaén.

Contenido: El Registro Mercantil y de Bienes Muebles de la provincia de Jaén.

Registro de la Propiedad de Úbeda número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Úbeda.

Capitalidad: Úbeda.

Circunscripción: Los términos municipales de Canena, Jódar, Rus, Sabiote y Torreperogil.

Málaga

Registro de la Propiedad de Álora número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Álora.

Capitalidad: Álora.

Circunscripción: Los términos municipales de Cártama y Pizarra.

Registro de la Propiedad de Antequera número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Antequera.

Capitalidad: Antequera.

Circunscripción: Los términos municipales de Mollina, Humilladero, Fuente de Piedra y Alameda.

Registro de la Propiedad de Benalmádena número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Benalmádena número 2.

Capitalidad: Benalmádena.

Circunscripción: Como línea divisoria la carretera o vía pública MA-407, que recorre de oeste a este todo el Distrito Hipotecario. Baja de la localidad de Benalmádena, cruza por el oeste Arroyo Hondo, discurre hasta Arroyo de la Miel, cruza la vía férrea, atraviesa la avenida de la Constitución y continúa hasta el límite de Torremolinos.

El Registro segregado tendrá los siguientes límites, teniendo en cuenta la vía pública MA-407 que discurre por todo el Distrito Hipotecario de oeste a este, y que separa el Registro número 3 segregado del número 2, discurriendo ambos por el eje central de dicha vía pública. Limita al oeste, con el Arroyo Hondo; al norte, con el término municipal de Alhaurín de la Torre; al sur, con el Registro matriz número 2; y al este, con el término municipal de Torremolinos.

De los Registros de la Propiedad de Estepona número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Estepona número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Estepona número 1

Capitalidad: Estepona.

Circunscripción: El término municipal de Estepona excepto las zonas atribuidas a los Registros número 2 y número 3.

Los límites de este Distrito son: al norte la Autopista de peaje AP-7, o E-15, denominada Autopista Costa del Sol; al sur, el mar; al este el Arroyo de la Cala (hasta la altura de la citada autopista); al oeste, con el término municipal de Casares.

Registro de la Propiedad de Estepona número 2

Capitalidad: Estepona.

Circunscripción: La zona del término municipal de Estepona delimitada de la siguiente forma: al sur con la línea del mar; al este con los términos municipales de Marbella y Benahavís; al norte con la Autopista de Peaje AP-7 o E-15, denominada Costa del Sol; y al oeste con el arroyo de La Cala.

Registro de la Propiedad de Estepona número 3

Capitalidad: Estepona.

Circunscripción: La zona de término municipal de Estepona delimitada de la siguiente forma: Al sur con la Autopista de Peaje AP-7 o E-15, denominada Costa del Sol; al este con el término municipal de Benahavís; al norte con los términos de Júzcar, Jubrique y Genalguacil; y al oeste, con el término municipal de Casares.

De los Registros de la Propiedad de Fuengirola número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Fuengirola número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Fuengirola número 1

Capitalidad: Fuengirola.

Circunscripción: Linda por el norte con término municipal de Mijas. Por el este con arroyo Real. Por el sur con la linea de costa. Por el oeste con el río Fuengirola.

Registro de la Propiedad de Fuengirola número 2

Capitalidad: Fuengirola.

Circunscripción: Por el norte con término municipal de Mijas. Por el este con término municipal de Benalmádena. Por el Sur con la línea de costa hasta el arroyo Pajares donde sube hasta su confluencia de este con las calles Juan Gómez "Juanito" en donde linda con parte del Registro número 3 en su lindero norte, es decir: la confluencia del Arroyo Real con la avenida Antonio Chenel "Antoñete", continuando por avenida Francisco Rivera "Paquirri" y Juan Gómez "Juanito" hasta llegar al arroyo Pajares. Por el oeste, con arroyo Real desde el lindero con el termino municipal de Mijas hasta la confluencia de dicho arroyo Real con la avenida de Antonio Chenel "Antoñete".

Registro de la Propiedad de Fuengirola número 3

Capitalidad: Fuengirola.

Circunscripción: Las siguientes zonas.

A. Por el este, el río Fuengirola. Por el sur la línea de costa. Por el oeste el limite del termino municipal de Fuengirola con el de Mijas (distrito hipotecario del Registro de la Propiedad de Mijas número 2) y por el norte el mismo limite del termino municipal de Fuengirola con el de Mijas, que también se corresponde con el Distrito hipotecario del Registro de la Propiedad de Mijas número 2.

B. Por el norte, la confluencia del Arroyo Real con la avenida Antonio Chenel "Antoñete", continuando por avenida Francisco Rivera "Paquirri" y Juan Gómez "Juanito" hasta llegar al arroyo Pajares. Por el este el arroyo Pajares .Por el sur la línea de costa y por el oeste, el arroyo Real hasta llegar a su confluencia con la avenida Antonio Chenel "Antoñete".

De los Registros de la Propiedad de Málaga número 1, número 6, número 7, número 8, resultan los Registros de la Propiedad de Málaga número 1, número 6, número 7, número 8, número 11, número 12, número 13, número 14, número 15 y número 16:

Registro de la Propiedad de Málaga número 1

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: La parte del la sección 3ª de Málaga -resto de la sección 3ª después de segregado del anterior Registro número 1 el Registro número 15- delimitada por una linea que, partiendo de la confluencia de la vía del tren con el límite norte del distrito, sigue por dicho límite hasta la margen izquierda aguas abajo del río Guadalhorce hasta la llamada antes Carretera de Cádiz, hoy avenida de Velázquez, continúa por el eje de dicha avenida y por la acera de los números pares de la misma, y de la calle Heroe de Sostoa hasta la avenida de Juan XXIII, sigue por la acera de los números impares de esta avenida hasta la vía del tren, y continúa por dicha vía, por su lindero izquierdo, dirección Málaga-Cártama, hasta el límite del término municipal.

Registro de la Propiedad de Málaga número 6

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: Delimitada por línea que, desde el norte del distrito, sigue el eje de la carretera del Puerto de la Torre o Camino de Antequera, las aceras de los números pares de la avenida de Carlos Haya, calle Martínez Maldonado, y calle Mármoles, hasta llegar al Puente de la Aurora, sobre el río Guadalmedina; continuando hacia al norte por la margen izquierda aguas arriba de dicho río hasta el Puente de la Rosaleda, siguiendo el margen izquierdo de la avenida de Luis Buñuel hasta su confluencia con la Rotonda de Simón Bolivar; siguiendo el margen izquierdo, hasta calle Eresma, calle Esla, margen izquierdo aguas arriba del arroyo de la Palma hasta la confluencia con la Carretera Nacional 340 siguiendo el margen izquierdo de dicha Carretera hasta alcanzar el Arroyo de Mendelin, siguiendo su margen izquierdo hasta su nacimiento; y desde el mismo el margen izquierdo de una línea recta imaginaria que pasa por el punto más alto del Cerro de la Alcuza, hasta el Camino de los Alcabuzeros, siguiendo el margen izquierdo de dicho Camino en dirección norte, hasta la confluencia del Camino del Espartal y siguiendo el margen izquierdo del indicado Camino del Espartal por la finca Puerto Llano y la Frasquete, hasta la confluencia con la Carretera Comarcal MA-431, y siguiendo el margen izquierdo de dicha carretera en dirección norte hasta su término.

Registro de la Propiedad de Málaga número 7

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: Los términos municipales de Alfarnate, Alfarnatejo, Casabermeja, Colmenar, Comares, Moclinejo, Rincón de la Victoria, Riogordo y Totalán.

Registro de la Propiedad de Málaga número 8

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: La sección 4ª, excepto la Barriada de Maqueda.

Registro de la Propiedad de Málaga número 11

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: Término municipal de Alhaurín de la Torre.

Registro de la Propiedad de Málaga número 12

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: La sección 2ª de Málaga: delimitada por una linea que, partiendo del mar, siga por la acera de los números impares de las calles Princesa y Abogado Federico de Orellana Toledano; continua por la acera de los números impares de la calle Heroe de Sostoa y Carretera de Cádiz, hoy conocida como avenida de Velázquez; sigue por el eje de esta avenida hasta el río Guadalhorce, y por la margen izquierda aguas abajo de este río hasta su desembocadura en el mar.

Registro de la Propiedad de Málaga número 13

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: Está delimitada por una línea que partiendo del puente del Generalísimo sobre el río Guadalmedina, sigue por la acera de los números pares de la avenida de Andalucía, y continúa por la acera de los números impares de la calle Virgen de la Cabeza y por el eje de la avenida de Carlos Haya y atraviesa la plaza del Aparejador Federico Bermúdez por el eje de la calzada -perteneciendo a esta sección las fincas situadas al sur-; continúa por la acera de los números impares de las calles Martínez Maldonado y Mármoles, y por la margen derecha, aguas abajo, del río Guadalmedina, hasta llegar al puente del Generalísimo.

Registro de la Propiedad de Málaga número 14

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: Delimitada por una línea que parte desde el norte del Distrito, sigue el margen derecho aguas abajo del río Guadalmedina, hasta el Puente de la Rosaleda, siguiendo el margen derecho de la avenida de Luis Buñuel, hasta su confluencia con la Rotonda de la avenida de Simón Bolívar; siguiendo margen derecho, hasta calle Eresma, calle Esla, margen derecho aguas arriba del arroyo de la Palma hasta la confluencia con la Carretera Nacional 340, siguiendo el margen derecho de dicha Carretera hasta alcanzar el Arroyo de Mendelin, siguiendo su margen derecho hasta su nacimiento; y desde dicho nacimiento, la parte derecha de una línea recta imaginaria que pasa por el punto más alto del Cerro de la Alcuza, hasta el Camino de los Alcabuzeros, siguiendo el margen derecho de dicho Camino en dirección norte, hasta la confluencia del Camino del Espartal y siguiendo el margen derecho del indicado Camino del Espartal por la finca Puerto Llano y la Frasquete, hasta la confluencia con la Carretera Comarcal MA-431, y siguiendo el margen derecho de dicha carretera en dirección norte hasta su término.

Registro de la Propiedad de Málaga número 15

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: La parte de la sección 3ª de Málaga delimitada por una linea que, partiendo de la confluencia de la vía del tren con el límite norte del distrito, sigue por dicho límite hasta la Travesía de Maqueda, continúa por la acera de los números impares de las calles Travesía de Maqueda, calle José Calderón y avenida José Ortega y Gasset, antigua Carretera de Cártama, hasta la avenida de Juan XXIII, sigue por la acera de los números impares de esta avenida hasta la vía del tren, y continúa por dicha vía del tren, por su lindero derecho, dirección Málaga-Cártama, hasta el límite del término municipal.

Registro de la Propiedad de Málaga número 16

Capitalidad: Málaga.

Circunscripción: La Barriada Maqueda.

Registro de la Propiedad de Manilva número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Manilva.

Capitalidad: Manilva.

Circunscripción: El término municipal de Casares.

De los Registros de la Propiedad de Marbella número 1, número 2, número 3 y número 4, resultan los Registros de la Propiedad de Marbella número 1, número 2, número 3, número 4, número 5, número 6 y número 7:

Registro de la Propiedad de Marbella número 1

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: Comprende el término municipal de Ojén y la zona oriental del término municipal de Marbella, con los siguientes linderos: Al norte, con el término municipal de Ojén; al este con el término municipal de Mijas; al sur, con la línea del mar Mediterráneo, desde el término municipal de Mijas hasta la margen izquierda del arroyo de la Víbora y desde dicho arroyo hasta el río Real, aguas arriba, con la carretera nacional 340; y al oeste, con el río Real.

Registro de la Propiedad de Marbella número 2

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: La zona centro de Marbella, que se extiende desde el río Real hasta el río Guadalpín.

Registro de la Propiedad de Marbella número 3

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: La zona occidental del término municipal de Marbella, que va desde el río Guadalpín hasta el río Guadaiza, limite con el Registro número 4, a excepción de lo siguiente: Zona conocida por "Puerto Banús" y su área de confluencia al norte y sur de la misma y que vendría determinada por los siguientes linderos: Norte, limite Carretera Nacional 340; sur, Mar Mediterráneo; este, Arroyo de Guadalpín, límite con el casco urbano de Marbella y oeste, río Guadaiza, dentro de cuyos limites, se encuentran diversas Urbanizaciones tales como "La Pepina", en expansión, con varias promociones recientes, situada entre las localidades de Marbella y San Pedro de Alcántara, junto a los ejes de comunicación arterial del P.G.O.U. de Marbella entre el casco urbano consolidado y las zonas de ensanche, cuyo grado de consolidación como población turística es importante y otras ya consolidadas como: "Rincón Andaluz", "Las Mimosas", "Fuentes del Rodeo", "Villa Marina", "Playas del Duque", "Puerto Banús," -dentro del cual existen varios Centros Comerciales, entre ellos "El Corte Inglés"-, y numerosas edificaciones, tales como "Marina Banús", "Tembo Banús", "Jardines del Puerto", "Las Terrazas de Banus", "Pyr Marbella", "Cristamar", "La Alcazaba", "Marbella Dinamar", "Rocio Playa", "Playa Esmeralda", "Río Verde Playa", "Coral Beach", "Oasis Club", "Marina Marbella", "El Ancon", "Puente Romano", "Los Verdiales", "Las Torres", "Marbella Club", "Santa Margarita", "Santa Petronila", "Santa Filomena", "Marbellamar", "Casablanca", "Alambra del Mar", "Jardines del Mar", "Don Pepe", "Marina Mariola", entre otras, todas ellas integradas dentro de la llamada "Milla de Oro", y los siguientes linderos: Al sur, con la Carretera Nacional 340; al este, el Arroyo de Guadalpin, al oeste, el límite con el Registro número 4 y al norte, con los términos municipales de Istán y Benahavís.

Registro de la Propiedad de Marbella número 4

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: El término municipal de Benahavís y la Barriada de San Pedro de Alcántara, del término municipal de Marbella, barriada que linda al sur, con la línea de mar; al oeste, con el término municipal de Estepona; al norte, con el término municipal de Benahavís; y al este, con el río Guadaiza, excluyendo el núcleo urbano de San Pedro de Alcántara que corresponde al Registro de la Propiedad de Marbella número 7.

Registro de la Propiedad de Marbella número 5

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: Comprende el término municipal de Istán y la parte del término municipal de Marbella que se describe por un polígono que limita al sur con la línea del mar Mediterráneo; al oeste con la margen derecha del río Real, desde el mar hasta su intersección con la carretera nacional 340; al norte con la citada carretera 340; y al este, con la margen izquierda del arroyo de la Víbora, desde la carretera 340 hasta el mar.

Registro de la Propiedad de Marbella número 6

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: La parte del término municipal de Marbella formada por un polígono con los siguientes límites: Norte, límite Carretera Nacional 340; sur, Mar Mediterráneo; este, Arroyo de Guadalpín, limite con el casco urbano de Marbella y oeste, río Guadaiza.

Registro de la Propiedad de Marbella número 7

Capitalidad: Marbella.

Circunscripción: Comprende el núcleo urbano de San Pedro de Alcántara y cuyos límites son los siguientes: Al sur, con la Carretera Nacional 340; al este, con la Carretera de Ronda; al norte, con la Carretera de Ronda hasta su confluencia con prolongación de avenida Pablo Ruiz Picasso, y ésta hasta su confluencia con la calle Jorge Guillén; y al oeste, con la Circunvalación de San Pedro Alcántara, que según los tramos, recibe las denominaciones de calle Jorge Guillén, avenida Príncipe de Asturias y avenida Virgen del Rocío.

Registro de la Propiedad de Mijas número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Mijas número 2.

Capitalidad: Mijas.

Circunscripción: La zona del término municipal de Mijas delimitada por: Al sur, con el término municipal de Fuengirola; al oeste, con la margen derecha, aguas arriba, del Rio de Fuengirola hasta el cruce con el camino de Campanales, siguiendo por éste último hasta su intersección con el arroyo llamado Maria Barranco, continuando por la margen derecha, aguas arriba, de éste último, hasta (siguiendo el arroyo del Cañadón) el punto kilométrico 9 de la carretera de Mijas a Alhaurín el Grande, continuando por ésta última hasta el límite con la demarcación territorial del Registro número 1; al norte, con la demarcación territorial del Registro número 1; y al este, con la demarcación citada del Registro número 1.

Además, la zona también del término municipal de Mijas delimitada por: Al sur, Camino de Campanales; al oeste, con la margen derecha, aguas arriba, del Rio de Fuengirola, siguiendo por el denominado Rio Alaminos de las Pasadas; al norte, con término municipal de Alhaurín el Grande; al este, con la margen izquierda, aguas arriba, del Rio de Fuengirola hasta el cruce con el camino de Campanales, siguiendo por éste último hasta su intersección con el arroyo llamado Maria Barranco, continuando por la margen izquierda, aguas arriba, de éste último, hasta (siguiendo el arroyo del Cañadón) el punto kilométrico 9 de la carretera de Mijas a Alhaurín el Grande, continuando por ésta última hasta el límite con la demarcación territorial del Registro número 1, es decir con la demarcación territorial del Registro de Mijas número 3.

Registro de la Propiedad de Torrox número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Torrox.

Capitalidad: Torrox.

Circunscripción: Los términos municipales de Algarrobo, Árchez, Canillas de Albaida, Competa, Salares, Sayalonga y Sedella.

De los Registros de la Propiedad de Vélez-Málaga número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Vélez-Málaga número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga número 1

Capitalidad: Vélez-Málaga.

Circunscripción: Los términos municipales de Alcauicín, Almáchar, Arenas, Benamargosa, Benamocarra, El Borge, Canillas de Aceituno, Cútar, Iznate, Macharaviaya, Periana y Viñuela.

Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga número 2

Capitalidad: Vélez-Málaga.

Circunscripción: La zona este de Vélez-Málaga, tomando como eje la Carretera Comarcal número 335 de Loja a Torre del Mar. También comprende la Barriada de Chilches.

Registro de la Propiedad de Vélez-Málaga número 3

Capitalidad: Vélez-Málaga.

Circunscripción: La zona oeste de Vélez-Málaga, tomando como eje la Carretera Comarcal número 335 de Loja a Torre del Mar, que divide todo el término en dirección norte-sur y que al atravesar el casco urbano de Vélez-Málaga recibe los nombres de avenida de Andalucía, Canalejas, plaza de las Carmelitas, Cristo y avenida de Vivar Téllez, y que al llegar a la Barriada de Torre del Mar recibe los nombres de carrera de las Angustias y Queipo de Llano, hoy calle del Mar. Comprende también las Barriadas de Mezquitilla y Lagos.

Sevilla

Registro de la Propiedad de Alcalá de Guadaira número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Alcalá de Guadaira.

Capitalidad: Alcalá de Guadaira.

Circunscripción: Comprende el término municipal de Alcalá de Guadaira.

Registro de la Propiedad de Dos Hermanas número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad Dos Hermanas número 1.

Capitalidad: Dos Hermanas.

Circunscripción: La zona del término municipal de Dos Hermanas que limita por su parte derecha o este, con el Registro de la Propiedad de Dos Hermanas número 1; por su parte izquierda, al norte, con el término municipal de Sevilla, actualmente del Registro de la Propiedad de Dos Hermanas número 2; al oeste, con el río Guadalquivir y los términos municipales de Coria del Río y de La Puebla del Río; y al sur, con los términos municipales de La Puebla del Río, Utrera y Los Palacios y Villafranca.

Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Sanlúcar la Mayor.

Capitalidad: Sanlúcar la Mayor.

Circunscripción: Los términos municipales de Aznalcóllar, El Castillo de las Guardas, El Madroño, El Ronquillo, Espartinas, Pilas y Villamanrique de la Condesa.

Registro de la Propiedad de Camas

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Sevilla número 3.

Capitalidad: Camas.

Circunscripción: Los términos municipales de Camas y Santiponce.

De los Registros de la Propiedad de Sevilla número 5, número 6, número 7, número 8, número 9 y número 11, resultan los Registros de la Propiedad de Sevilla número 5, número 6, número 7, número 8, número 9, número 11, número 15, número 16, número 17, el Registro de la Propiedad de La Rinconada y el Registro de la Propiedad de San Juan de Aznalfarache:

Registro de la Propiedad de Sevilla número 5

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Partiendo de la Ronda de Capuchinos, por la Carretera de Carmona números impares, vía férrea de los Polígonos Store y Calonge, calle C del Polígono Calonge hasta la Ronda de Circunvalación SE-30, continuando por esta en dirección este hasta la unión con la carretera a Madrid (Nacional IV) hasta el límite del termino municipal, continuando dicho límite en sentido oeste hasta el cruce con la carretera de Brenes (Comarcal 411 de Sevilla a Brenes) y por ésta hasta alcanzar la calle Corral de los Olmos, por la que sigue girando hasta llegar a la calle Parque de Doñana; sigue por ella hasta el cruce con la Ronda de Circunvalación SE-30 por la que continua hacia el este hasta el cruce con la avenida de Pino Montano, por la que sigue hacia el sur por los números pares, continuando con números pares de la avenida de Miraflores hasta la Ronda de Capuchinos y Carretera de Carmona.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 6

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Los términos municipales de Alcalá del Río, Bollullos de la Mitación y Bormujos.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 7

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Los términos municipales de Mairena de Aljarafe y La Algaba.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 8

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: La parte del término municipal que antes integraba la del Registro número 1, es decir: Desde Campana a plaza de la Encarnación (números impares), sigue por Puente y Pellón, Lineros, plaza de Jesús de la Pasión, Francos y Placentines (todos números pares), plazas de la Virgen de los Reyes y Triunfo, Miguel de Mañara (números pares), plaza de la Contratación, San Gregorio (números pares); puerta Jerez, calles San Fernando, Carlos V (números pares), Enramadilla (números impares), Ramón y Cajal (números pares hasta calle Ulia), Ulia, Madre Isabel Moreno (ambas sólo números pares), Profesor B. Pinillos (impares), Alhambra (números pares); Ronda Tamarguillo, Ronda N. S. Oliva; Luis Oritiz Muñoz, Escultor S. Santos; avenida de la Paz, Carretera de Su Eminencia, cauce antiguo del Guadaira, calles Guadamanil, Guadiamar, Guadalimar, Las Palmeras, Glorieta Guadaira, Su Eminencia, Iguazu (números pares), Ifni, cruza el Canal de Alfonso XIII siguiendo el cauce viejo del Guadaira incluyendo Tablada y aeródromo hasta el "puente viejo" de San Juan, retornando hacia el norte por avenida Juan Pablo II, Puente de las Delicias, margen izquierda del canal Alfonso XIII hasta el puente de Isabel II y calles Reyes Católicos, San Pablo y O"Donnel (de éstas sólo números impares).

Comprende también los términos municipales de Burguillos y Guillena.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 9

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Se inicia en la Ronda de Circunvalación SE-30 desde su confluencia con la Autovía A-92, desviándose a la derecha por la calle Ingeniero La Cierva y la avenida Ocho de Marzo, hasta llegar a la confluencia con la avenida de Hytasa, girando por dicha avenida con dirección al centro de la Ciudad, hasta llegar al cruce con la Ronda del Tamarguillo, tomando dicha Ronda hacia la izquierda, atravesando la avenida de la Paz, y continuando por la calle Poeta Manuel Benítez Carrasco, hasta llegar a la Ronda Nuestra Señora de la Oliva, girando por ésta hacia la izquierda y siguiendo su trazado irregular hasta llegar a la calle Madre de Cristo por la que se gira a la derecha, continuando por la calle Luis Ortiz Muñoz hasta su confluencia con la calle Escultor Sebastián Santos, tomando esta última calle hasta su cruce con la avenida de la Paz, siguiendo por el Carril de los Molinos, Cañada Real de Carne, denominada de "Pero Mingo" que la separa del término de Alcalá de Guadaira hasta llegar a la vereda de separación con el término de Carmona, siguiendo por el Carril de los Indios, que lo separa con el término de La Rinconada hasta su confluencia con el canal del Bajo Guadalquivir, tomando éste en dirección suroeste hasta su intersección con la Autovía A-92, siguiendo ésta en dirección al centro de la ciudad hasta llegar a su cruce con la Ronda de Circunvalación SE-30, punto de partida.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 11

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: La sección 2ª: Se inicia en la Puerta de Carmona, que es la confluencia de calle Recaredo y Menéndez Pelayo, en dirección este, por calle Luis Montoto (acera de la izquierda, números impares), hasta la confluencia con la autopista de San Pablo, donde cambia de rumbo hacia la izquierda o norte, continuando por dicha autopista, (margen izquierda), hasta llegar a la confluencia de la carretera de Carmona; en este punto, cambia de sentido hacia el suroeste, siguiendo por la antigua carretera de Carmona, hasta su confluencia con calle María Auxiliadora, continuando por esta calle (acera izquierda, números pares), hasta llegar al punto de partida de esta sección, o sea, la denominada Puerta de Carmona.

La sección 5ª: Se inicia en la calle Luis Montoto, punto de confluencia de la calle Luis de Morales y la autopista del Aeropuerto de San Pablo; continua por calle Luis Montoto en dirección este, hasta llegar a la Cruz del Campo; sigue en la misma dirección por carretera de Alcalá de Guadaira (acera de la izquierda, hasta llegar al cruce con la carretera de Su Eminencia, donde gira a la izquierda o norte, continuando por la carretera periférica Cádiz-Madrid, hasta llegar a su confluencia con la Autopista del Aeropuerto de San Pablo (Venta y Estación de Servicio -Nuestra Señora de los Reyes-), donde gira hacia el oeste, continuando por la margen izquierda de dicha autopista de San Pablo, hasta llegar a la convergencia con calle Luis Montoto, desde donde se inicia esta sección.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 15

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Partiendo de plaza de Los Terceros, números impares de la calle Sol, Ronda de Capuchinos hasta la avenida de Miraflores; números impares de la avenida de Miraflores y números impares de la avenida de Pino Montano hasta el cruce con la Ronda Urbana SE-30 por donde continua hacia el oeste hasta cruce con la avenida de la Barzola, continuando hacia el sur por los números pares de la avenida de la Barzola, calles Madreselva, Doctor Jiménez Díaz y avenida de la Cruz Roja, girando a la derecha para seguir por la Ronda de Capuchinos y calle Muñoz León hasta girar a la calle San Luis, siguiendo por dicha calle, plaza de San Marcos y calle Bustos Tavera, todos números pares, hasta la confluencia con la plaza de los Terceros.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 16

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Partiendo del inicio de la calle Cruz del Sur -integrada en la Ronda del Tamarguillo- en su confluencia con la avenida de Andalucía, continúa por dicha Ronda hasta llegar por la calle Canal a la confluencia con el inicio de la avenida de Hytasa, siguiendo por ésta hasta su cruce con la Carretera de Su Eminencia, girando a la izquierda por las calles hoy denominadas 8 de Marzo e Ingeniero La Cierva, hasta llegar al cruce con la Ronda de Circunvalación SE-30, continuando por dicha Circunvalación hasta llegar a su confluencia con la avenida de Andalucía, tomando ésta con dirección al centro de la ciudad hasta llegar al cruce con la Ronda del Tamarguillo, punto de partida.

Registro de la Propiedad de Sevilla número 17

Capitalidad: Sevilla.

Circunscripción: Las siguientes zonas:

A. La integrada por la antigua sección 1ª del antiguo Registro de Sevilla número 11 que se describe así: Parte desde la Puerta de Jerez (plaza de Calvo Sotelo) en dirección norte; sigue por la calle San Gregorio (acera derecha, números impares), plaza del Triunfo, plaza de la Virgen de los Reyes, calle Placentines (acera derecha, números impares), calle Francos (acera derecha, números impares), plaza del Pan (hoy Jesús de la Pasión), calle Lineros (acera derecha, números impares), calle Puente y Pellón (acera derecha, números impares), hasta la plaza de la Encarnación, donde cambia de rumbo hacia el este, continuando por la calle Imagen (acera de la derecha, números pares), plaza Cristo de Burgos, calle de Almirante Apodaca (acera derecha, números pares), donde a su final cambia de sentido hacia el norte, continuando a la plaza de los Terceros (acera de la derecha); sigue por la calle Sol (acera derecha, números pares), calle Trinidad (acera derecha, números pares), hasta su confluencia con calle María Auxiliadora; sigue por está calle rumbo al sur (acera derecha, números impares), Puerta del Osario, calle Recaredo (acera derecha, números impares), Puerta de Carmona, calle Menéndez Pelayo (acera derecha, números impares, hasta llegar á la plaza de Don Juan de Austria (antigua Pasarela), donde cambia hacia el oeste, por calle San Fernando (acera derecha, números impares), hasta llegar á la plaza de Calvo Sotelo (antigua Puerta de Jerez), punto de salida de está sección.

B. La que está delimitada del siguiente modo: Al norte, término municipal de La Rinconada, en una línea que parte de la Venta La Eseranza sigue por el Cortijo Algabeño, Granja Los Ángeles, Viveros Guadalquivir, Estación Depuradora de La Algaba y termina en el rio Guadalquivir, al sur, foral de la avenida del Doctor Fedriani, doblando hacia la avenida Sanchez Pizjuán, Gamino del Amez, traseras de casas de la calle Níspero y rio Guadalquivir, hasta el límite municipal, al este, calle Medina y Galnares, Carretera Comarcal 433 hasta el límite municipal, y al oeste, río Guadalquivir hasta el límite municipal.

Registro de la Propiedad de La Rinconada

Capitalidad: La Rinconada.

Circunscripción: El término municipal de La Rinconada.

Registro de la Propiedad de San Juan de Aznalfarache

Capitalidad: San Juan de Aznalfarache.

Circunscripción: Los términos municipales de San Juan de Aznalfarache y Castilleja de la Cuesta.

De los Registros de la Propiedad de Utrera número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Utrera número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Utrera número 1

Capitalidad: Utrera.

Circunscripción: El término municipal de Utrera.

Registro de la Propiedad de Utrera número 2

Capitalidad: Utrera.

Circunscripción: Los términos municipales de Los Palacios y Villafranca, Lebrija y El Cuervo de Sevilla.

Registro de la Propiedad de Utrera número 3

Capitalidad: Utrera.

Circunscripción: Los términos municipales de Las Cabezas de San Juan y Los Molares.

Aragón

Huesca

Registro de la Propiedad de Sabiñánigo

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Jaca.

Capitalidad: Sabiñánigo.

Circunscripción: Los términos municipales de Sabiñánigo, Biescas, Caldearenas, Hoz de Jaca, Panticosa, Sallent de Gállego, Yebra de Basa y Yésero.

Zaragoza

De los Registros de la Propiedad de Zaragoza número 3, número 8 y número 10, resultan los Registros de la Propiedad de Zaragoza número 3, número 8, número 10 y número 16:

Registro de la Propiedad de Zaragoza número 3

Capitalidad: Zaragoza.

Circunscripción: Los términos municipales de Cadrete, Cuarte de Huerva y Utebo.

Registro de la Propiedad de Zaragoza número 8

Capitalidad: Zaragoza.

Circunscripción: Partiendo del Puente de Santiago, en la margen izquierda del río Ebro, avenida de los Pirineos, impares, hasta la calle Valle de Broto, por ésta, pares, hasta su confluencia con la avenida de San Juan de la Peña, impares, y carretera de Huesca hasta final del término de Zaragoza y, desde la carretera de Huesca hasta el río Ebro y dicho río hasta el Puente de Santiago. Limitando parte de la zona norte con el Registro de la Propiedad número 12.

Registro de la Propiedad de Zaragoza número 10

Capitalidad: Zaragoza.

Circunscripción: Por la derecha: Comienza en la calle Duquesa Villahermosa en su intersección con la calle de las Delicias, siguiendo por esta última calle, números pares, hasta su convergencia con la calle Daroca y por el eje de ésta, números impares, hasta su confluencia con la avenida Vía Universitas y, siguiendo por el eje de ésta, números impares, hasta su unión con la avenida de Madrid y por el eje de ésta, números impares, hasta el centro geométrico de la Glorieta de los Enlaces, sita en la avenida de la Hispanidad y, por ésta, lado izquierdo, hasta el centro de la Glorieta que se forma en la unión con la avenida de Navarra y Autovía de Logroño y, por el eje de ésta, en su trazado actual y mismo lado izquierdo hasta el límite del término de Utebo y, bordeando éste, hasta la delimitación del Registro número 12; por la izquierda: Se inicia en el mismo punto de la calle Duquesa Villahermosa en su intersección con la calle Delicias y continuando por la calle Duquesa Villahermosa números pares, hasta la avenida Vía Universitas, números impares y, por ésta, hasta su intersección con la avenida de Gómez Laguna y, por el eje de la misma, números pares, hasta llegar a la Vía de la Hispanidad por su eje y lado derecho, hasta el comienzo de la carretera de Madrid, por donde continúa por el mismo lado hasta el final del término de Zaragoza.

Registro de la Propiedad de Zaragoza número 16

Capitalidad: Zaragoza.

Circunscripción: Partiendo del Puente de Santiago, en la margen izquierda del río Ebro, avenida de los Pirineos, pares, hasta su confluencia con la calle Valle de Broto, siguiendo por ésta, impares, hasta su confluencia con la calle Sobrarbe, impares, y por ésta hasta el Puente de Piedra. Teniendo como límite por el sur el río Ebro.

Partiendo de la actual sección 3ª del Registro número 10, comprendida entre los siguientes límites que forma una sola linde: Por la derecha comienza en la plaza Roma, siguiendo por las calles Italia, Luis Pérez Serrano y calle de Monterde, todo ello números pares, hasta su confluencia con la avenida de Madrid y, continuando por ésta, números impares, hasta su intersección la avenida Vía Universitas; y por la izquierda se inicia en el mismo punto de la plaza de Roma, siguiendo por la calle Duquesa de Villahermosa, números pares, hasta su confluencia con la calle Delicias y continuando por ésta, números impares, hasta su convergencia con la calle Daroca y, continuando por esta, números pares, hasta su intersección con Vía Universitas y, siguiendo por esta, números impares hasta su confluencia con la avenida de Madrid. Comprende también el término municipal de María de Huerva.

Principado de Asturias

Asturias

De los Registros de la Propiedad de Avilés número 1 y número 2, resultan los Registros de la Propiedad de Avilés número 1, número 2 y número 3:

Registro de la Propiedad de Avilés número 1

Capitalidad: Avilés.

Circunscripción: Los términos municipales de Soto del Barco e Illas.

Registro de la Propiedad de Avilés número 2

Capitalidad: Avilés.

Circunscripción: La sección 2ª de Avilés y los términos municipales de Gozón y Castrillón.

Registro de la Propiedad de Avilés número 3

Capitalidad: Avilés.

Circunscripción: La sección 1ª de Avilés y el término municipal de Corbera de Asturias.

De los Registros de la Propiedad de Gijón número 1, número 2 y número 5, resultan los Registros de la Propiedad de Gijón/Xixón número 1, número 2, número 5 y número 6:

Registro de la Propiedad de Gijón/Xixón número 1

Capitalidad: Gijón/Xixón.

Circunscripción: Comprende dos zonas:

1ª El resto de la sección 1ª: Comprende la zona delimitada por una línea imaginaria que parte de la plaza del Instituto, en el límite con los Registros de la Propiedad número 2 y número 5, discurre, en el límite con el Registro de la Propiedad número 2, por el eje de las calles Jovellanos, Moros, plaza del Seis de Agosto y calle Jose Las Clotas. Sigue en el cruce de la avenida de la Costa con la avenida de Schultz, en el límite con el nuevo Registro de la Propiedad número 6, por dicha avenida de Schultz, acera de los números impares, hasta la terminación de la misma, siguiendo a continuación por la calle San Nicolás, acera de los números impares, hasta el cruce de la misma con la calle Rio Eo, continuando por dicha calle, acera de los números pares, hasta el cruce de la misma con la avenida de Oviedo, donde termina su límite con el Registro de la Propiedad n.º 6. Sigue por dicha avenida de Oviedo, luego Carretera AS-18, Oviedo-Gijón, en límite con el Registro de la Propiedad número 4, y después con la divisoria de las secciones primera y quinta de este Registro, hasta rebasar el mojón kilométrico 467 de dicha carretera en punto o lugar denominado "La Fana", donde abandona dicha carretera para continuar en dirección sureste, por el eje del Camino del Barrio de Vega y el Camino de La Rastrera, que forma el límite divisorio entre dichas secciones primera y quinta de este Registro, hasta llegar a la llamada Carretera Carbonera o Carretera de Gijón a Langreo; continua por el eje de esta última Carretera, en dirección sur o hacia Langreo, a lo largo de unos ciento cincuenta metros aproximadamente, para torcer después hacia el este, y continuar por el eje de la Carretera de Mareo a Granda, en límite del Registro de la Propiedad número 5, hasta su entronque con la Carretera de Gijón a Pola de Siero, sigue por el eje de esta Carretera en dirección norte o hacia Gijón, a lo largo de unos seiscientos cincuenta metros aproximadamente, en el límite con el Registro de la Propiedad número 5; torciendo luego hacia el este, por el eje del Camino de La Canal y del Camino de Granda a Cabueñes, hasta alcanzar el río Piles; sigue dicho río aguas abajo hasta el Puente de la Carretera de La Coría, torciendo hacia el oeste y siguiendo dicha carretera, hasta su entronque con la Carretera de Gijón a Pola de Siero, continuando por el eje de esta carretera en dirección norte o hacia Gijón, hasta la confluencia, ya en el casco urbano, de la calle Ramon y Cajal con la avenida de Hermanos Felgueroso, en el límite con el Registro de la Propiedad número 5, continuando por esta última avenida, acera de los números pares, hasta su cruce con la avenida de La Costa, siguiendo por la calle San Bernardo, acera de los números pares, hasta llegar a la plaza del Instituto, punto de origen de la línea imaginaria.

La sección así delimitada comprende, además de la zona urbana demarcada, la casi totalidad de la parroquia de Roces, una pequeña parte de las parroquias de Porceyo, La Pedrera y Leorio, y parte de las parroquias de Granda y Ceares.

Sus linderos son: Al norte, con los Distritos Hipotecarios de los Registros de la Propiedad número 2 y número 5; al sur, con la sección 5ª de este Registro y con el Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad número 5; al este, con el Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad número 5; y al oeste, con los Distritos Hipotecarios de los Registros de la Propiedad número 2, número 6 y número 4 y con la sección 5ª de este Registro.

2ª La sección 5ª: Comprende la zona delimitada por una línea imaginaria que, partiendo del fondo de la Ría de Aboño, en el límite de los términos municipales de Gijón y Carreño, sigue en dirección este la línea divisoria de los Registros de la Propiedad número 1, número 3 y número 4, que viene determinada por la divisoria entre las parroquias de Jove y Tremañes, de una parte, pertenecientes a los Registros de la Propiedad número 3 y número 4, respectivamente, y las de Veriña, Fresno, Porceyo y Roces, de otra, pertenecientes al Registro de la Propiedad número 1, hasta su confluencia con la Carretera AS-18, Oviedo-Gijón, continuando por el eje de dicha carretera en dirección sur, límite de las secciones quinta y primera de este Registro, hasta llegar al punto denominado "La Fana", una vez rebasado el mojón kilométrico 467, torciendo en este punto en dirección sureste por el eje del Camino del Barrio de Vega y el Camino de La Rastrera, límite también de las secciones primera y quinta de este Registro, hasta llegar a la Carretera Carbonera o de Gijón a Langreo, continuando por el eje de dicha carretera, límite de esta sección 5ª con la sección 1ª de este Registro y con el Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad número 5, en dirección sur, hasta el límite del término municipal de Gijón; tuerce después en dirección oeste, continuando por la línea divisoria de los términos municipales de Gijón y Pola de Siero; a continuación, y en dirección Noroeste, por la divisoria con el término municipal de Corvera de Asturias; y por último en dirección Nordeste por la divisoria con el término municipal de Carreño, hasta llegar al punto de partida en el fondo de la Ría de Aboño.

La sección así delimitada comprende la totalidad del territorio de las parroquias de Veriña, Poago, Fresno, San Andrés de los Tacones, Cenero, Ruedes y Serin, la casi totalidad de la parroquia de Porceyo y una pequeña parte de las parroquias de la Pedrera y Roces.

Sus linderos son: Al norte, los Distritos Hipotecarios de los Registros de la Propiedad número 3 y número 4; al sur, con los términos municipales de Pola de Siero y de Llanera; al este, con la sección 1ª de este Registro y con el Distrito Hipotecario del Registro de la Propiedad número 5; y al oeste, con los términos municipales de Corvera de Asturias y Carreño.

Registro de la Propiedad de Gijón/Xixón número 2

Capitalidad: Gijón/Xixón.

Circunscripción: La comprendida dentro de los siguientes linderos: Limita al norte con el Mar Cantábrico. Al sur con la sección 2ª, que constituye el Registro número 4, discurriendo la línea divisoria entre ambos Registros por el eje de la caja del Ferrocarril Madrid-Gijón desde su unión o cruce con la Carretera de Avilés, en el barrio de Veriña de la parroquia de Jove, hasta alcanzar la esquina que forman hoy la avenida Príncipe de Asturias y la Autopista Y o A-66 que viene de Oviedo, justo donde se cruzan a distinto nivel; tuerce en dirección Nordeste por el eje de la avenida de Portugal hasta la esquina de la calle Carlos Marx, sigue por el eje de esa calle hasta la esquina de la calle Puerto de Leitariegos, por cuyo eje central entra hasta que se cruza con la calle Puerto de la Cubilla, cuyo eje central sigue hasta alcanzar la avenida de la Constitución, en cuya esquina se cierra la línea divisoria, dejando fuera de la misma el llamado "Polígono", que pasa a integrar el nuevo Registro número 6. En definitiva, el linde sur lo constituyen los Registros número 4 y número 6. Al este con el nuevo Registro número 6, discurriendo la línea divisoria desde la esquina de la calle Puerto de la Cubilla con la avenida de la Constitución (antes Fernandez Ladreda) por el eje de dicha calle, hasta alcanzar la llamada "Puerta de la Villa", y pasa a lindar con el Registro número 1, pues continúa por la plaza de Europa, eje de la calle Jose Las Clotas (antes General Aranda), plaza del Seis de Agosto y calles Los Moros y Jovellanos, donde pasa a lindar con el Registro número 5 hasta alcanzar la Escalera Monumental en la Playa de San Lorenzo. Y al oeste, con la sección 1ª, que, como el concejo de Carreño, constituye el Registro número 3. La línea de separación parte desde el mismo punto donde se inicia la línea sur, o sea desde el cruce de la línea del Ferrocarril Madrid-Gijón y la carretera de Avilés, en el barrio de Veriña, sigue por esa carretera hasta alcanzar el punto donde se cruza con la variante del Ferrocarril del norte al Dique de Levante en el Puerto del Musel, y continúa por la caja de la vía hasta llegar al inicio del Dique, que coincide con el extremo occidental de la Playa del Arbeyal.

Este último punto y la Escalera Monumental de la Playa de San Lorenzo constituyen los extremos Occidental y Oriental, respectivamente, de la línea norte.

Registro de la Propiedad de Gijón/Xixón número 5

Capitalidad: Gijón/Xixón.

Circunscripción: Se integra de tres secciones:

A. Sección 2ª: Comprende, en el casco urbano, la porción demarcada por la línea que, partiendo de la Escalera número 11, en la Playa de San Lorenzo, discurre en dirección sur por el eje de las calles de Menéndez y Pelayo (números pares) y de Ramón y Cajal (números impares), sigue por el eje de la carretera de Gijón a Pola de Siero (números impares) hasta el nacimiento de la Carretera a La Coria, torciendo hacia el este por dicha carretera hasta alcanzar el puente sobre el rio Piles, que es la línea divisoria con el Registro de la Propiedad número 1, sigue después por el cauce del dicho rio Piles aguas abajo, en dirección Nordeste, hasta su desembocadura en el mar, en el límite Oriental de la playa de San Lorenzo, constituyendo dicho rio la línea divisoria entre las Secciones 2ª y 3ª del Registro de la Propiedad número 5.

Sus linderos son: Al norte, con el Mar Cantábrico, Playa de San Lorenzo; al sur, Registro de la Propiedad número 1, y la sección 3ª del Registro de la Propiedad número 5; al este, con dicha sección 3ª; y al oeste, con el Registro de la Propiedad número 1 y la sección 6ª del Registro de la Propiedad número 5.

B. Sección 3ª: Comprende el territorio demarcado por la línea que, partiendo de la desembocadura del rio Piles, en el extremo Oriental de la Playa de San Lorenzo, sigue el cauce de dicho rio aguas arriba, hasta el puente del Camino de Granda a Cabueñes -constituyendo dicho cauce el límite divisorio entre esta sección 3ª y la 2ª ambas del Registro de la Propiedad número 5 y el Registro de la Propiedad número 1-, continuando por el eje del indicado camino de Granda a Cabueñes y por el Camino de La Canal, en dirección suroeste -que constituyen limite entre el Registro de la Propiedad número 1 y esta sección 3ª del Registro de la Propiedad número 5-, hasta su entronque con la carretera de Gijón a Pola de Siero, siguiendo por el eje de esta carretera en dirección sur, hasta llegar a la parroquia de Vega, continuando por el eje que delimita esta parroquia con las de Granda, Huerces y Lavandera, siguiendo por el eje que separa esta última y la parroquia de Fano, de las parroquias de Caldones y Baldornón, hasta llegar al límite del término municipal de Gijón; sigue después, en dirección este, por la línea divisoria de los términos municipales de Gijón y Siero, hasta el punto denominado "Peña de los Cuatro Jueces", donde colindan dichos dos términos municipales con los de Sariego y Villaviciosa, torciendo en este punto en dirección norte, y continuando por la divisoria de los términos municipales de Gijón y Villaviciosa, hasta llegar al Mar Cantábrico.

La sección así delimitada comprende las parroquias de Somio, Cabueñes, Castiello de Bernueces, Santurio, Deva, Vega, Caldones y Baldornon en su totalidad, y una pequeña parte de la de Granda -estando esta última delimitada: Por el norte, con zona de esta misma sección 3ª y la parroquia de Castiello de Bernueces, y el Registro de la Propiedad número 1; por el oeste, con el río Piles y la carretera de Gijón a Pola de Siero; por el este, con la parroquia de Castiello de Bernueces; y por el sur, con la parroquia de Vega.

Sus linderos son: Al norte, con el Mar Cantábrico; al sur, con el nuevo Registro de la Propiedad número 6 -parroquias de Huerces, Lavandera y Fano-, y con el concejo de Siero; al este, con el concejo de Villaviciosa; y al oeste, con la sección 2ª del Registro de la Propiedad número 5, con el Registro de la Propiedad número 1, y con el nuevo Registro de la Propiedad número 6.

C. Sección 6ª: Comprende en el casco urbano, la parte demarcada por la línea de separación con el Registro de la Propiedad número 2 que partiendo de la playa de San Lorenzo, en el punto denominado La Escalerona o escalera n.º 4, discurre por el eje de la calle Jovellanos (números impares) hasta su entroque con la plaza del Instituto, continúa por la calle de San Bernardo (números impares), en dirección al paseo de Begoña, hasta su entroque con la avenida de la Costa, sigue por el eje de la avenida Hermanos Felgueroso (números impares) hasta su confluencia con la calle Ramón y Cajal, y siguiendo en dirección norte por el eje de esta calle (números pares) y la calle Menéndez Pelayo (números impares), hasta llegar nuevamente a la playa de San Lorenzo, a la altura de la escalera n.º 11.

Sus linderos son: Al norte, Mar Cantábrico playa de San Lorenzo y parte de la calle Jovellanos que la separa del Registro de la Propiedad número 2; al sur, por razón de su forma triangular, confluencia de los linderos oeste y este; al oeste, el Registro de la Propiedad número 1; y al este, la sección 2ª del Registro de la Propiedad número 5.

Registro de la Propiedad de Gijón/Xixón número 6

Capitalidad: Gijón/Xixón.

Circunscripción: Se integra de las siguientes tres zonas:

1ª) La zona que se segrega de la sección 1ª del Registro de la Propiedad de Gijón número 1, comprendida dentro de una figura geométrica de forma irregular que se inicia, en el centro de la ciudad, en el cruce de la avenida de la Constitución, acera de los números impares, con la avenida de Schultz, acera de los números pares; continúa, hacia la salida de la ciudad, por la citada avenida de Schultz, acera de los números pares, hasta la terminación de dicha avenida; siguiendo a continuación, una vez bordeada la plaza Ingeniero Urueta que queda dentro de la zona, por la calle San Nicolás, acera de los números pares, hasta el cruce de la misma con la calle Rio Eo, donde gira transversalmente a la derecha; continuando por dicha calle Rio Eo, acera de los números impares, hasta el cruce de la misma con la avenida de Oviedo donde vuelve a girar transversalmente a la derecha; regresando por dicha avenida de Oviedo y luego por la avenida de la Constitución, acera de los números impares en ambos casos, al punto de origen de la figura geométrica de forma irregular, es decir, el antes citado cruce de la avenida de la Constitución, acera de los números impares, con la avenida de Schultz, acera de los números pares.

2ª) La zona que se segrega del Registro de la Propiedad de Gijón número 2, y que se corresponde con lo que se conoce como "El Polígono", por constituir una unidad territorial fácilmente identificable, pues además están comprendidas en el, todas las calles que tienen nombre de puertos de montaña asturianos. Su límite norte-oeste lo constituye una línea que arranca desde la esquina de la calle Carlos Marx con la avenida de Portugal y que discurre por el eje central de dicha calle en dirección oeste-sur, continuando en línea recta cuando termina la calle hasta encontrarse con la esquina que forman la avenida Principe de Asturias y la Autopista Y o A-66 que viene de Oviedo, justo donde se cruzan a distinto nivel. Tuerce luego a la izquierda, en un ángulo de 45º por el eje central de la avenida Principe de Asturias, que es el límite con el Registro número 4, en dirección sur-este hasta la rotonda que se forma al encontrarse con el cruce de la avenida de Oviedo, que constituye la esquina en la que se encuentran los linderos de los Registros número 2, número 4 y número 1, y vuelve a torcer, en otro ángulo de 45º por el eje central de la avenida de la Constitución, que es el límite con el Registro número 1, en dirección este-norte hasta la esquina que forman las calles Puerto de la Espina y Puerto de Cubilla por donde tuerce a la izquierda en otro ángulo de 50º aproximadamente, discurriendo por el eje central de dicha calle en dirección norte-oeste hasta encontrarse con la calle Puerto de Leitariegos, donde vuelve a torcer, esta vez a la derecha, en otro ángulo de 47º aproximadamente en dirección este hasta que la calle Puerto de Leitariegos se encuentra con la calle Carlos Marx. En dicha esquina la línea tuerce otra vez a la izquierda en dirección norte-oeste por el eje central de la calle Carlos Marx hasta alcanzar la esquina con la avenida de Portugal donde se cierra el llamado "Polígono".

3ª) La sección 4ª, que se segrega del Registro de la Propiedad de Gijón número 5, excepto la zona de dicha sección perteneciente a la Parroquia de Vega, cuya zona se integra en la sección 3ª del actual Registro de la Propiedad de Gijón número 5. Su descripción es la siguiente: Comprende el territorio demarcado por la línea que, partiendo del punto de confluencia de la Carretera de Mareo a Granda con la Carretera Carbonera o Carretera de Gijón a Langreo, sigue por el eje de dicha Carretera de Mareo a Granda, en dirección este -que constituye el límite divisorio entre el Registro de la Propiedad número 1 y el nuevo Registro de la Propiedad número 6-, hasta su entroque con la carretera de Gijón a Pola de Siero; tuerce en dirección sur hasta llegar a la parroquia de Vega, continuando por el eje que delimita esta parroquia con la de Granda, Huerces y Lavandera, continuando por el eje que separa esta última y la parroquia de Fano de las parroquias de Caldones y Baldornón, hasta la confluencia con el concejo de Siero; y siguiendo el límite divisorio entre este concejo y el de Gijón, en dirección oeste, hasta alcanzar la Carretera Carbonera o Carretera de Gijón a Langreo, en donde tuerce, en dirección norte, siguiendo el eje de la Carretera hasta su confluencia con la citada Carretera de Mareo a Granda.

La sección así delimitada comprende las parroquias completas de Huerces, Lavandera y Fano, la mayor parte de la de Leorio, y una pequeña parte de la de Granda (delimitada: Al norte, por la carretera de Granda a Mareo, que la separa del Registro de la Propiedad número 1; por el este, por la carretera de Gijón a Pola de Siero, que la separa del Registro de la Propiedad número 5; al sur, colinda con las parroquias de Vega y de Huerces; y al oeste, con la parroquia de Leorio), y una pequeña parte de la de La Pedrera (delimitada: Al norte, por la Carretera de Granda a Mareo, que la separa del Registro de la Propiedad número 1; al sur y este, con la parroquia de Leorio; y al oeste, con la Carretera Carbonera).

Sus linderos son: Al norte, con el Registro de la Propiedad número 1; al sur, con el concejo de Siero; al este, con el Registro de la Propiedad número 5; y al oeste, con el Registro de la Propiedad número 1.

De los Registros de la Propiedad de Oviedo número 1, número 4 y número 5, resultan los Registros de la Propiedad de Oviedo número 1, número 4, número 5 y número 6:

Registro de la Propiedad de Oviedo número 1

Capitalidad: Oviedo.

Circunscripción: Constituida por un polígono de forma irregular comprendido dentro de la líneas imaginarias que, partiendo de la plaza de la Cruz Roja asciende por la calle General Elorza, atravesando la plaza del General Primo de Rivera y sigue por la avenida de Santander hasta llegar a la plaza de la Estación del norte o de la RENFE; arranca por el carril o vía de comunicación que desde dicha plaza conduce a la calle de la Independencia, dejando esta a su derecha La Losa de RENFE y las vías de ferrocarril; gira a la derecha, siguiendo la calle Teniente Coronel Teijeiro, quedando a su derecha el ramal del ferrocarril Oviedo-Trubia, y sigue por la acera de los números pares de la calle Argañosa, en su cruce con la carretera que conduce a San Claudio, comprendiendo todo el territorio que se encuentra a su derecha en dirección al expresado pueblo de San Claudio. Antes de entrar en dicha localidad, gira a la derecha siguiendo la carretera que va al Escamplero, incluyendo siempre el territorio de su margen derecho hasta llegar al termino municipal de Las Regueras; gira a la derecha, siguiendo el limite natural del Concejo de Las Regueras; gira de nuevo a la derecha, siguiendo la carretera que va al Escamplero, incluyendo siempre el territorio a su derecha, hasta los términos de Llanera y Siero y encontrarse con la antigua Carretera Nacional 630 Oviedo-Gijón, punto en el que gira a la derecha en dirección al casco urbano de Oviedo, dejando a la izquierda, o sur, el territorio del nuevo Registro de Oviedo número 6, hasta llegar al punto de partida en la plaza de la Cruz Roja.

Registro de la Propiedad de Oviedo número 4

Capitalidad: Oviedo.

Circunscripción: Está integrada por su actual sección 3ª y por parte de su sección 5ª que se describe como sigue: polígono de forma irregular comprendido dentro de la línea imaginaria que, partiendo de la confluencia de las calles Fruela y Pozos, sube por esta última, acera de los impares, sigue por las calles Ramón y Cajal y Mendizábal, números impares, gira a la derecha por la acera de los números pares de la calle Argüelles, continúa por la calle Jovellanos números impares y Azcárraga números impares, hasta su entronque con la plaza del Campo de la Vega, girando hacia la plaza del Campo de los Patos y continuando por la Ronda sur, por el margen izquierdo hasta la confluencia con la calle Muñoz Degraín, donde gira por la calle San Lázaro, acera de números impares, entrando en la antigua carretera de Oviedo a Castilla, dejando a su izquierda, dirección Oviedo-León, el territorio comprendido dentro del polígono hasta el cruce de esta carretera con la de Pola de Laviana; en este punto se sigue por la carretera a Pola de Laviana, dirección Oviedo-Pola de Laviana, quedando el territorio del polígono a la margen izquierda, hasta llegar al límite del Concejo de Langreo, donde gira a la izquierda, siguiendo este límite y el del Concejo de Siero, hasta llegar a la autopista Oviedo-Gijón-Avilés; desde este punto, siguiendo la referida autopista y dejando esta zona que se describe a su parte izquierda en dirección a Oviedo, se entra en la ciudad por la calle Víctor Chávarri, acera de los números pares, sigue por la calle del Alcalde García Conde, acera de los números pares y atraviesa la plaza del Carbayón, hasta llegar de nuevo a la calle Argüelles, donde gira a la derecha, por el lado de la plaza de la Escandalera, continuando por la calle Fruela, acera de los números pares hasta llegar al punto de partida.

Registro de la Propiedad de Oviedo número 5

Capitalidad: Oviedo.

Circunscripción: Comprende sus actuales Secciones 1ª y 2ª, y parte de la sección 6ª que se describe como sigue: Polígono de forma irregular, comprendido dentro de la línea imaginaria que, partiendo de la plaza de Castilla sigue por la carretera de Oviedo a Mieres o de Oviedo a Madrid, quedando el polígono en su margen izquierda, hasta llegar a los límetes del Concejo de Ribera de Arriba; desde este punto, y girando a la izquierda de la expresada carretera y siguiendo los límites de los Concejos de Ribera de Arriba, Mieres y Langreo, hasta llegar a la carretera de Oviedo a Pola de Laviana; desde este punto, en dirección a Oviedo, se sigue por dicha carretera, quedando el territorio del polígono a la izquierda, hasta llegar al casco urbano de la ciudad, entrando en él por la acera de los números pares, siguiendo por la calle Muñoz Degraín, por las aceras de los números pares, gira a la derecha por las calles Pérez de la Sala y del Rosal por la aceras de los pares, gira a la izquierda por la calle Fruela, números impares, gira por la calle Marqués de Santa Cruz, acera de los pares e impares, siguiendo por la calle Calvo Sotelo, acera de los impares, hasta llegar de nuevo a la plaza de Castilla.

Registro de la Propiedad de Oviedo número 6

Capitalidad: Oviedo.

Circunscripción: Constituida por las Secciones 9ª y 10.ª, que se describen como sigue: Sección 9ª: Formada por un polígono de forma triangular comprendido dentro de la línea imaginaria que partiendo de la plaza de la Cruz Roja sigue por las calles Teniente Martínez y Bermúdez de Castro, acera de los números pares, hasta la intersección con la plaza Luis Ruiz de la Peña; continua por la margen derecha de la antigua carretera Nacional 630 Oviedo-Gijón, límite Noreste con el Registro de Oviedo número 1, es decir, por las calles avenida del Mar, la Estrecha, Corredoría Baja y avenida del Gijón hasta llegar al limite con el termino municipal de Siero, desde cuyo punto la línea divisoria, a modo de la base del triángulo, gira a la derecha y se dirige al sur hasta encontrar el eje de la Autopista A-66 (Oviedo-Gijón-Avilés), girando a la derecha dirección al casco urbano de Oviedo, incluyendo el territorio que se encuentra a su derecha, y limitando a la izquierda, o sur, con el Registro de Oviedo número 4, hasta llegar al punto de partida en la plaza de la Cruz Roja.

Sección 10ª: Formada por un polígono de forma irregular comprendido dentro de la línea imaginaria que, partiendo de la plaza de Castilla del centro urbano de Oviedo, desciende por la acera de los números impares de la calle Pérez de la Sala, continúa por la acera de los números impares de la calle del Rosal, sigue por las calles Pozos, Ramón y Cajal y Mendizábal, aceras de los pares, se gira a la derecha por la calle Argüelles, acera de los pares, siguiendo por las calles Jovellanos, números pares, y Azcárraga números pares hasta su entronque con la plaza del Campo de la Vega, girando hacia la plaza del Campo de los Patos y continuando por la Ronda Sur, por el margen del Barrio de Santo Domingo, hasta la calle Muñoz Degraín, por donde discurre por la acera de los números impares, hasta su unión en el punto de partida, la plaza de Castilla

Illes Balears

Illes Balears

Registro de la Propiedad de Calvià número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Calvià número 1.

Capitalidad: Calvià.

Circunscripción: Comprende la zona delimitada de esta forma: Tomando como línea divisoria del término municipal de Calvià la carretera nacional 719 Andrax-Palma de Mallorca y la autopista que conduce a este mismo lugar, está formado por los territorios situados al sur de la línea que marca dicha carretera desde la salida de Peguera- cuyo núcleo urbano corresponde al Registro de Calvià N° 2- hasta la rotonda que lleva al casino, siguiendo desde ese punto hacia el sur por la carretera que va hasta el Cap de Cala Figuera, comprendiendo toda la zona que queda al oeste del área delimitada.

Del Registro de la Propiedad de Eivissa número 1 y Mercantil, resultan los Registros de la Propiedad de Eivissa número 1 y Mercantil y el Registro de la Propiedad de Eivissa número 3:

Registro de la Propiedad de Eivissa número 1 y Mercantil

Capitalidad: Eivissa.

Circunscripción: La zona del término municipal de Eivissa comprendida dentro del perímetro delimitado por una línea que, empezando en el límite de los términos de Eivissa y San Antonio de Portmany, sigue el eje de la carretera que une estos términos hasta confluir en el cinturón de Ronda, siguiendo por el eje de éste hasta la confluencia con la calle Conde de Rosellón, y de esta calle hasta la Muralla de la ciudad antigua y, bordeando la Muralla, hasta el mar, incluyendo el barrio de la Peña.

Lleva anejo el Registro Mercantil.

Registro de la Propiedad de Eivissa número 3

Capitalidad: Eivissa.

Circunscripción: Los términos municipales de Santa Eulalia del Río y Sant Joan de Labritja.

Registro de la Propiedad de Eivissa número 4

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Eivissa número 2.

Capitalidad: Eivissa.

Circunscripción: Los términos municipales de Sant Antoni de Portmany y Formentera.

Registro de la Propiedad de Felanitx número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Felanitx.

Capitalidad: Felanitx.

Circunscripción: Los términos municipales de Santanyí y Ses Salines.

Registro de la Propiedad de Inca número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Inca número 1.

Capitalidad: Inca.

Circunscripción: Los términos mnicipales de Santa Margalida y Muro.

Registro de la Propiedad de Manacor número 2

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Manacor.

Capitalidad: Manacor.

Circunscripción: Los términos municipales de Son Servera, Artá y Capdepera.

De los Registros de la Propiedad de Palma número 1, número 2, número 5, número 6 y número 7, resultan los Registros de la Propiedad de Palma número 1, número 2, número 5, número 6, número 7, número 11 y número 12:

Registro de la Propiedad de Palma número 1

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: La parte de la sección 4ª del antiguo Registro número 1 con los siguientes límites: Al norte, carretera de Manacor; al sur, el mar Mediterráneo; al este, los términos municipales de Llucmayor y Algaida; y al oeste, la Vía de Cintura.

Registro de la Propiedad de Palma número 2

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: Queda delimitada por dos zonas:

A. La primera formada por la sección 5a: Está constituida por el antiguo municipio de Establiments, que fue agregado al término municipal de Palma y se halla situado entre la sección 6ª y el término municipal de Esporles.

B. La segunda constituida por parte de la sección 6a: se halla delimitada por la Vía de Cintura en su parte sur, al este con la carretera de Valldemossa hasta el término de Esporles, y al oeste con el camino de Son Rapinya, hasta llegar a la Urbanización Son Vida, que queda incluida en esta zona.

Registro de la Propiedad de Palma número 5

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: Los términos municipales de Algaida, Santa Eugenia, Santa María del Camí y Marratxí.

Registro de la Propiedad de Palma número 6

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: Parte de la sección 7ª de esta capital, que comprende el espacio delimitado por calle Monseñor Palmer, plaza del Pont, calles Mestres D´Aixa y Joan Maria Thomás, calle Joan Crespí y calle Dragonera Llibertat, camino de Son Rapinya, hasta el término municipal de Calviá y mar Mediterráneo, que limita esta sección. Incluye, por tanto, el antíguo barrio de Son Españoles y los residenciales de Son Armadans, el Terreno, Génova y San Agustín.

Registro de la Propiedad de Palma número 7

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: La parte del término municipal de Palma de Mallorca incluida dentro de los siguientes límites: Al este, con calle Aragón hasta su llegada al término de Marratxí; al sur, con calle Sant Vicenc Ferrer, calle Joan Andreu Alcover, continúa por calle Eusebio Estrada, calle Músico Joseph Balaguer hasta calle Son Ferragut, atraviesa calle Capitán Salom, sigue calle Poeta Guillem Colom; por el oeste, calle Francesc Suau hasta enlazar con la de Matadero, y que siguiendo la carretera de Valldemossa, llega al término de Esporles.

Registro de la Propiedad de Palma número 11

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: Comprende tres zonas:

A. La primera se corresponde con el antiguo barrio de Santa Catalina que se delimita por el paseo Mallorca, sigue por las calles Cataluña e Industria, continúa por calles Joan Crespí y Joan María Thomás, por las calles Mestres D´Aixa, plaza del Pont y Monseñor Palmer hasta el mar.

B. La segunda se delimita, por el este, por el paseo de Mallorca, siguiendo por avenida de Portugal, avenida Comte de Sallent, calle 31 de diciembre, continúa por calle Francesc Suau y carretera de Valldemossa hasta su confluencia con la Vía de Cintura, que constituirá su límite norte; al oeste, con la citada Vía de Cintura y camino de Son Rapinya, por el que, constituyendo su linde sur, baja hasta plaza Llac Blau, continúa por calle Dragonera Llibertat, calles Industria y Cataluña hasta paseo de Mallorca.

C. La tercera abarca la zona que se delimita por la avenida de Alejandro Rosselló, siguiendo por calle Aragón, calle Sant Vicenc Ferrer, calle Joan Andreu Alcover, continúa por calle Eusebio Estrada, calle Músico Joseph Balaguer hasta calle Son Ferragut, atraviesa calle Capitán Salom, sigue calle Poeta Guillem Colom, calle Francesc Suau, calle 31 de Diciembre, avenida Juan March Ordinas y plaza de España.

Registro de la Propiedad de Palma número 12

Capitalidad: Palma.

Circunscripción: Se integra de:

A. Una zona delimitada por: Norte, calle Manacor; este, vía de Cintura; sur, vía de Cintura y el mar; y oeste, avenida Gabriel Alomar Villalonga.

B. La sección 1ª: Comprende un sector de la ciudad demarcado por el mar, calle Antonio Maura, plaza de la Reina, paseo de Borne, plaza Pío XII, calle Unión, plaza de Santa Catalina Thomás, calle Navarra, Rambla, vía Roma, vía Alemania, avenida Conde Sallent, plaza de la Conquista, avenida Juan March, plaza de España, avenida Alejandro Roselló y avenida Gabriel Alomar Villalonga, que llega hasta el mar por la derecha.

Registro de la Propiedad de Alcúdia

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Pollença.

Capitalidad: Alcúdia.

Circunscripción: El término municipal de Alcúdia.

Canarias

Las Palmas

Registro de la Propiedad de Teguise

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Arrecife y Mercantil.

Capitalidad: Teguise.

Circunscripción: Los términos municipales de Haria y Teguise.

De los Registros de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4 y número 5, resultan los Registros de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, número 5 y número 7:

Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4

Capitalidad: Las Palmas.

Circunscripción: Los términos municipales de Arucas, Firgas, Valleseco y Vega de San Mateo.

También la sección 1ª: Limita, al sur, primeramente con la sección 2ª mediante una línea que partiendo de la calle Tenerife atraviesa el paseo de Las Canteras y termina en el mar; y en segundo lugar con la sección 4ª, de la cual resulta colindante, siguiendo dicho límite a partir de la confluencia de las calles Sagasta y de General Vives con la avenida Mesa y López hasta el mar, en dirección este; al oeste, con la expresada sección 2ª, cuya línea divisoria estará formada por el eje central de las calles Sagasta y General Vives, partiendo de su confluencia con la calle de Tenerife y terminando con su unión a la avenida Mesa y López, y al norte y este, con el mar. Comprenderá, por tanto, esta sección el sector denominado La Isleta.

Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 5

Capitalidad: Las Palmas.

Circunscripción: Una zona que se delimita así: al poniente u oeste en línea que partiendo de la citada presa de Martinón enlaza con curva de la carretera de Dragonal Bajo punto UTM X=454088.4060 Y=3105574.0340 continuando por la citada carretera hacia el norte pasando por el Colegio punto UTM X=454041.2170 Y=3106775.5590 puente UTM, atraviesa la carretera de circunvalación GC-300 hasta llegar a través de carretera sin asfaltar a la curva de la Montañeta punto UTM.X=453706.6890 Y=3107923.1430; al este con Registro de la Propiedad número 6; al sur, con Registro de la Propiedad número 1 y al norte con Registro de la Propiedad número 2.

Registro de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 7

Capitalidad: Las Palmas.

Circunscripción: El término municipal de Teror y la zona comprendida dentro de los siguientes límites: Al oeste con término municipal de Teror y parte del de Arucas, puntos UTM de X=448204.3710,Y=3103231.5550 a X=451016.4053 Y=3109733.3064; al norte, con la línea que partiendo de la Montañeta, perteneciente al Registro de la Propiedad n.º 2, pasa por el caserio de Tamaraceite y Tenoya hasta llegar al puente existente en el Barranco de Tenoya, puntos UTM de X=453706.6890 Y=3107923.1430 a X=451016.4053 Y=3109733.3064 ; al sur en parte con término municipal de Santa Brígida, y en parte con la línea que une Siete Puertas con la presa de Martinón, puntos UTM X=454544.7580 Y=3104838.4820 a X=454158.2929 Y=3105135.2320; y al este en línea que partiendo de la citada presa de Martinón enlaza con curva de la carretera de Dragonal Bajo punto UTM X=454088.4060 Y=3105574.0340 continuando por la citada carretera hacia el norte pasando por el Colegio punto UTM X=454041.2170 Y=3106775.5590 puente UTM, atraviesa la carretera de circunvalación GC-300 hasta llegar a través de carretera sin asfaltar a la curva de la Montañeta punto UTM.X=453706.6890 Y=3107923.1430.

Como núcleos de población integrados, los siguientes: Las Mesas, El Toscón Alto y Bajo, San José del Alamo, La Milagrosa, Ciudad del Campo -constituido por Isla Perdida, Piletas y Las Suertes-, todos ellos pertenecientes al barrio de Tamaraceite, San Lorenzo y sur del Barrio de Tenoya.

Registro de la Propiedad de Corralejo

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Puerto del Rosario número 1.

Capitalidad: Corralejo.

Circunscripción: El término municipal de La Oliva.

Registro de la Propiedad de Telde número 3

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Telde número 1.

Capitalidad: Telde.

Circunscripción: Comprende la zona del registro matriz delimitada hacia el norte y oeste por la línea divisoria que parte de la orilla del mar, siguiendo del Barranco Real de Telde hasta el punto de corte con la carretera tangencial continuando por esta hasta la carretera GC-100, que une Telde con Ingenio, por la que sigue hasta el limite del término municipal por el sur.

Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Telde número 2.

Capitalidad: Santa Lucía de Tirajana.

Circunscripción: Los términos municipales de Agüimes, Ingenio y Santa Lucía de Tirajana.

Santa Cruz de Tenerife

Registro de la Propiedad de Guía de Isora

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Adeje.

Capitalidad: Guía de Isora.

Circunscripción: El término municipal de Guía de Isora.

Registro de la Propiedad de Arona-Los Cristianos

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Arona.

Capitalidad: Arona-Los Cristianos.

Circunscripción: La parte del término municipal de Arona constituida por la zona situada al norte de la Autopista TF1 (Tenerife Sur), donde se enclavan ,entre otros, la propia Ciudad de Arona, los barrios de Valle de San Lorenzo, Cabo Blanco, La Camella, La Sabinita, entre otros, y las urbanizaciones, Aguilas del Teide, Chayofa, La Florida, etc., y que tiene los siguientes límites: Norte, el término municipal de Vilaflor; este, el término municipal de San Miguel, oeste, el término municipal de Adeje, y sur, con la Autopista del Sur, TF 1.

Registro de la Propiedad de San Miguel de Abona

Se forma por segregación del Registro de la Propiedad de Granadilla de Abona.

Capitalidad: San Miguel de Abona.

Circunscripción: El término municipal de San Miguel de Abona.</