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Decreto de la Comunidad Autónoma de Cataluña 69/2007, de 20 de marzo, de convocatoria de elecciones al Consejo General de Aran.De acuerdo con lo que dispone el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de Era Val d"Aran, las elecciones para designar a los consejeros generales de Aran se deben hacer el mismo día de las elecciones municipales. En consecuencia, y en uso de la habilitación que contiene la disposición final primera de la Ley 16/1990 citada, es necesario proceder a convocar elecciones al Consejo General de Aran. Por lo tanto, a propuesta del consejero de Gobernación y Administraciones Públicas y de acuerdo con el Gobierno, decreto: Artículo 1 Convocatoria Se convocan elecciones al Consejo General de Aran, que se celebrarán el día 27 de mayo de 2007, el mismo día de las elecciones locales. Artículo 2 Miembros del Consejo General de Aran De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 16/1990, de 13 de julio, sobre el régimen especial de Era Val d"Aran, Aran se divide en seis circunscripciones, que se corresponden con sus terçons históricos. El número de consejeros y consejeras a elegir en cada uno de ellos es el siguiente: Pujòlo: dos miembros. Arties e Garòs: dos miembros. Castièro: cuatro miembros. Marcatosa: un miembro. Irissa: un miembro. Quate Lòcs: tres miembros. Artículo 3 Plazos Los plazos que rigen en este proceso electoral son los fijados para las elecciones locales que se celebran simultáneamente. Artículo 4 Constitución del Consejo General La sesión constitutiva del Consejo General tendrá lugar el primer día hábil una vez transcurridos 15 días naturales contados a partir del día siguiente al acto de proclamación de los miembros elegidos.
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