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Corrección de errores de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cantabria 2/2007, de 27 de marzo, de derechos y servicios sociales.Advertidos errores en el texto de la Ley 2/2007, de marco, de derechos y servicios sociales, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 94, de 19 de abril de 2007, se procede a su subsanación. En la página 17234, donde dice: "Artículo 64. Competencias del Consejo de Gobierno". Debe decir: "Artículo 68. Competencias del Consejo de Gobierno". En la página 17226, donde dice: "Artículo 30. Obligaciones de las personas titulares. g) Escolarizar a personas menores en edad de enseñanza obligatoria que estén a cargo de la unidad perceptora, manteniendo una asistencia regular a los Centros educativos correspondientes. h) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida. i) Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio o residencia habitual." Debe decir: "f) Escolarizar a personas menores en edad de enseñanza obligatoria que estén a cargo de la unidad perceptora, manteniendo una asistencia regular a los Centros educativos correspondientes. g) Reintegrar el importe de las prestaciones indebidamente percibidas o en cuantía indebida. h) Comunicar cualquier cambio relativo al domicilio o residencia habitual." (Publicada en el "Boletín Oficial de Cantabria" número 73, de 16 de abril de 2007) - |
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