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Orden AEC/1293/2007, de 7 de mayo, por la que se eleva la categoría de la Oficina Consular en Manila a la de Consulado General.

La clasificación de las Oficinas Consulares de carrera en Consulados Generales, Consulados y Secciones Consulares de Embajada, viene determinada por diversos factores, siendo el más importante el volumen de trabajo que desarrolla cada una de ellas. La Oficina Consular de Manila (Filipinas), del que dependen la sección consular en Taipei y los consulados honorarios de Cebú, Davao y Zamboanga, tiene la categoría de Consulado, pero existen numerosas razones que aconsejan su transformación en Consulado General.

Entre los aspectos que aconsejan esta elevación del rango del Consulado, ha de recogerse, en primer lugar, la importancia de la larga historia compartida por los dos países: la presencia de España en Filipinas ha sido determinante en la configuración social y cultural del país, y la sensibilidad hacia todo lo relacionado con Filipinas se mantiene muy viva en la sociedad española. Por ello, es conveniente que estos vínculos históricos entre los dos países se manifiesten también en un nivel adecuado de nuestros órganos de representación.

La colectividad española en Filipinas supera los 3.000 residentes, entroncándose, muchos de ellos, con familias que han permanecido en el país desde la época colonial y que han mantenido una notoria influencia económica y social en aquella República. Esta colectividad ha ido creando centros y asociaciones de reconocido prestigio, tales como la Sociedad Española de Beneficencia, la Cámara Española de Comercio (la más antigua de Filipinas), o el Casino Español de Manila. A esta presencia tradicional se ha unido, en los últimos años, una progresiva presencia de ciudadanos españoles relacionados con la creciente relación comercial entre los dos países. Todo ello ha llevado a un sustancial aumento en la demanda de los servicios que se solicitan al Consulado, que viene tramitando, anualmente, más de 10.000 visados, cantidad a la que se ha de sumar un número similar expedidos en la sección consular de Taipei. Esto sitúa a Manila como el Consulado de España de mayor envergadura en Asia.

Por otra parte, la elevación del rango del Consulado será un nuevo elemento en los continuados esfuerzos por la recuperación y divulgación de la cultura y la lengua española, no sólo en las Islas Filipinas, sino en toda la región de Asia y Pacífico.

Todo ello, hace aconsejable elevar la categoría de la Oficina Consular en Manila a la de Consulado General, para ejercer con la máxima eficacia las funciones propias de la acción consular en el territorio de la República de Filipinas, sin que esta variación suponga un incremento en el gasto público al no conllevar modificación de las actuales dotaciones.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 632/1987, de 8 de mayo, sobre organización de la Administración del Estado en el exterior, con autorización del Ministerio de Economía y Hacienda, y previa aprobación del Ministro de Administraciones Públicas, he tenido a bien disponer:

Artículo 1

La Oficina Consular en Manila tendrá la categoría de Consulado General, dependiente de la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Filipinas y con jurisdicción sobre Filipinas, Federación de Estados de Micronesia, Islas Marshall, Palaos y Taiwán.

Artículo 2

La Oficina Consular contará con un Jefe, que tendrá la categoría de Cónsul General, y que percibirá las retribuciones que tiene aprobadas en la correspondiente relación de puestos de trabajo; así como con el resto de puestos ya aprobados, igualmente, en las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y laboral, con sus correspondientes características retributivas.

Disposición final única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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Boletín Oficial del Estado de 12 de Mayo de 2007

Consulado de España en ManilaOrden AEC/1293/2007, de 7 de mayo, por la que se eleva la categoría de la Oficina Consular en Manila a la de Consulado General.
Acceso a la UniversidadCorrección de errores de la Resolución de 7 de mayo de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se dictan instrucciones para el acceso a la Universidad española en el próximo curso 2007-2008 de los alumnos procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Consejo y el Observatorio Estatal de FamiliasReal Decreto 613/2007, de 11 de mayo, por el que se crean y regulan el Consejo y el Observatorio Estatal de Familias.
Sistema para la Autonomía y Atención a la DependenciaReal Decreto 614/2007, de 11 de mayo, sobre nivel mínimo de protección del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia garantizado por la Administración General del Estado.
Sistema para la Autonomía y Atención a la DependenciaReal Decreto 615/2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
Fomento de la cogeneraciónReal Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración.
Medicamento, Condiciones de prescripción y dispensaciónReal Decreto 618/2007, de 11 de mayo, por el que se regula el procedimiento para el establecimiento, mediante visado, de reservas singulares a las condiciones de prescripción y dispensación de los medicamentos.
Ley de modificación de medidas tributarias de NavarraCorrección de errores de la Ley de la Comunidad Autónoma de Navarra 18/2006, de 27 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.


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