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Real Decreto 1116/2007, de 24 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal.

La Directiva 2006/96/CE del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de mercancías, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumania, establece modificaciones de la Directiva 69/493/CEE del Consejo, de 15 de diciembre de 1969, relativa a las aproximaciones de las legislaciones de los Estados miembros sobre vidrio y cristal. Esta última Directiva fue incorporada al ordenamiento jurídico español por el Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, relativo a las condiciones técnicas para el vidrio-cristal.

Por ello, resulta necesario modificar el Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, para adaptarlo a las modificaciones introducidas por la Directiva 2006/96/CE.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Industria, Turismo y Comercio, de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de agosto de 2007, dispongo:

Artículo único

Modificación del Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal

El Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal, se modifica como sigue:

Uno. Se añade una disposición final primera, con la siguiente redacción:

"Disposición final primera. Autorización para la modificación de los anexos.

Se autoriza a los Ministros de Industria, Turismo y Comercio, de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo para modificar, de acuerdo con sus respectivas competencias, los anexos I y II de este real decreto, a fin de mantenerlos adaptados a las innovaciones técnicas que se produzcan y, especialmente, a lo dispuesto en la normativa comunitaria."

Dos. La actual disposición final pasa a ser la disposición final segunda y se le añade la rúbrica "Entrada en vigor".

Tres. Se modifica el anexo I en la forma siguiente:

a) En el anexo I, en la columna b del punto 1 se incorpora el texto siguiente:

"TE??K ???BEH KP?CTAP? 30 %;

b) En el anexo I, en la columna b del punto 2 se incorpora el texto siguiente:

"???BEH KP?C?TA 24 %,

CRISTAL CU PLUMB 24 %";

c) En el anexo I, en la columna b del punto 3 se incorpora el texto siguiente:

"KP?TA??H,

STICLA CRISTALINA";

d) En el anexo I en la columna b del punto 4 se incorpora el texto siguiente:

"KP?CTA?HO ???K??,

CRISTALIN - STICLA SONORA."

Disposición final primera

Incorporación de derecho de la Unión Europea

Mediante este real decreto se incorpora al derecho español el apartado E del anexo de la Directiva 2006/96/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, por la que se adaptan determinadas directivas en el ámbito de la libre circulación de mercancías, con motivo de la adhesión de Bulgaria y Rumania.

Disposición final segunda

Entrada en vigor

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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Boletín Oficial del Estado de 5 de Septiembre de 2007

Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributariaReal Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidasReal Decreto 1069/2007, de 27 de julio, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas y la oposición a ellas.
Vidrio-cristalReal Decreto 1116/2007, de 24 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 168/1988, de 26 de febrero, por el que se establecen determinadas condiciones técnicas para el vidrio-cristal.


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