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Sentencia de 30 de mayo de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo de pleno derecho el siguiente inciso del artículo 23.2. Grupo A. A.1. de Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo: «que de acuerdo con la normativa de regulación del sector eléctrico deban estar incluidos en el régimen ordinario».
En el recurso contencioso-administrativo 38/2006, interpuesto por el Procurador D. Argimiro Vázquez Guillén, en nombre y representación de Federación Gallega de Municipios y Provincias (FEGAMP), la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 30 de mayo de 2007, que contiene el siguiente fallo:
Fallamos
Primero
Que debemos estimar y estimamos el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de la Federacion Gallega de Municipios y Provincias (FEGAMP), contra el Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Segundo
Que debemos declarar y declaramos nulo de pleno derecho el siguiente inciso del artículo 23.2. Grupo A. A.1. de Real Decreto 417/2006, de 7 de abril: "que de acuerdo con la normativa de regulación del sector eléctrico deban estar incluidos en el régimen ordinario".
Tercero
Publíquese este fallo y el inciso del precepto anulado en el Boletín Oficial del Estado, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Cuarto
Que debemos declarar y declaramos, que no concurren circunstancias especiales para la imposición de costas.
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