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Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.Sección 2ªEnseñanzas artísticas profesionales Artículo 84 Principios generales de las enseñanzas profesionales de música y de danza 1. Las enseñanzas profesionales de música y de danza se organizarán en un grado de seis cursos de duración. 2. La organización, el acceso y la obtención del título profesional correspondiente se llevarán a cabo de acuerdo con lo recogido en la sección primera del Capítulo VI del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Artículo 85 Centros Las enseñanzas profesionales de música y de danza se impartirán en los respectivos conservatorios profesionales. Artículo 86 Principios generales de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño 1. Las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño se organizarán en ciclos de grado medio y grado superior de formación específica. 2. La organización, el acceso y la obtención del título correspondiente se llevarán a cabo de acuerdo con lo recogido en la sección segunda del Capítulo VI del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo. 3. A los únicos efectos de ingreso en los ciclos formativos de artes plásticas y diseño, todos los centros que impartan estas enseñanzas se constituirán en un distrito único que permitirá una gestión centralizada de todas las solicitudes presentadas, de acuerdo con lo que se establezca. 4. Se facilitará la estancia del alumnado en países de la Unión Europea para realizar la formación práctica en empresas, estudios o talleres ubicados en dichos países. La contribución de las familias a la financiación de esta medida se establecerá reglamentariamente. Artículo 87 Simultaneidad de estudios 1. La Administración educativa adoptará medidas de organización y de ordenación académica para facilitar al alumnado la posibilidad de cursar simultáneamente las enseñanzas artísticas profesionales y la educación secundaria. 2. Con esta finalidad se podrán crear centros integrados y se establecerán convalidaciones. Boletín Oficial del Estado de 23 de Enero de 2008
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