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Real Decreto 321/2008, de 29 de febrero, por el que se dispone la modificación de la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo, en Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo.

La Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial establece una configuración de la planta judicial que facilita una constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia y acercar la justicia al ciudadano.

El párrafo segundo del artículo 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, faculta al Gobierno, mediante real decreto previo informe del Consejo General del Poder Judicial y previa audiencia con carácter preceptivo de la comunidad autónoma afectada, para transformar juzgados de una clase en juzgados de clase distinta de la misma sede, cualquiera que sea su orden jurisdiccional.

Las necesidades de determinados órdenes jurisdiccionales aconsejan hacer uso de esta facultad que permite el desarrollo de la planta judicial, facultando la utilización de recursos personales, materiales o económicos ya existentes.

Al establecerse, mediante el real decreto 2/2008, de 11 de enero, la transformación del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo en Registro Civil Exclusivo de Vigo, es necesario proceder a modificar la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo (creado por el Real Decreto 867/2007, de 2 de julio, cuya entrada en funcionamiento ha tenido lugar el día 28 de diciembre de 2007), en Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo, desde la fecha de efectividad de la transformación citada.

Este real decreto ha sido informado por el Consejo General del Poder Judicial y la comunidad autónoma afectada.

En su virtud a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en sesión del día 29 de febrero de 2008, dispongo:

Artículo 1

Objeto

El objeto de este real decreto es modificar la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo en el sentido propuesto en el artículo siguiente.

Artículo 2

Modificación de denominación de juzgados

El Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo en funcionamiento modifica su denominación en Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo.

Artículo 3

Adaptación de la planta judicial

Se adapta el anexo VI de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación de planta judicial en el sentido referido en el anexo del presente real decreto.

Artículo 4

Fecha de efectividad

La fecha de efectos de la modificación de denominación del juzgado a que se refiere el artículo 2 será el día 1 de abril de 2008.

Anexo

Anexo VI

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Provincia Partido Judicial número Primera Instancia Instrucc. Primera Inst. e Instrucc.
Galicia:
Pontevedra 1 3
2 3
3 13 8
4 4 3
5 1
6 2
7 3
8 2
9 4
10 2
11 3
12 2
13 2
Total 55
Total nacional 2171

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Boletín Oficial del Estado de 15 de Marzo de 2008

uzgado de Primera Instancia n.º 4 de VigoReal Decreto 321/2008, de 29 de febrero, por el que se dispone la modificación de la denominación del Juzgado de Primera Instancia n.º 14 de Vigo, en Juzgado de Primera Instancia n.º 4 de Vigo.
Registro Electrónico del Ministerio de Economía y HaciendaOrden EHA/693/2008, de 10 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de Economía y Hacienda.
Precio de las labores del tabacoResolución de 14 de marzo de 2008, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
Profesiones marítimas, Nivel mínimo de formaciónReal Decreto 323/2008, de 29 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 2062/1999, de 30 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas.
Electricidad, Liquidaciones de las actividades reguladasOrden ITC/694/2008, de 7 de marzo, por la que se regula el derecho de cobro correspondiente a la financiación del déficit ex ante de ingresos de las liquidaciones de las actividades reguladas y su procedimiento de subasta.
Plaguicidas, Límites máximos de residuosOrden PRE/695/2008, de 7 de marzo, por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 569/1990, de 27 de abril y los anexos I y II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero, por los que se establecen los límites máximos de residuos de plaguicidas y su control en determinados productos de origen animal y vegetal, respectivamente.
Autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitariosOrden PRE/696/2008, de 7 de marzo, por la que se incluyen en el anexo I del Real Decreto 2163/1994, de 4 de noviembre, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, las sustancias activas dimetoato, dimetomorf, glufosinato, metribuzin, fosmet, propamocarb, beflubutamida, virus de la poliedrosis nuclear de la spodoptera exigua, etoprofos, metil pirimifos y fipronil, así como en lo que respecta a la expiración del plazo de inclusión de las sustancias activas azoxistrobin, imazalil, cresoxim metil, espiroxamina, azimsulfurón, prohexadiona cálcica y fluroxypir.
Navegación Aérea, ComunicacionesOrden PRE/697/2008, de 12 de marzo, por la que se introducen modificaciones en el Reglamento de Circulación Aérea, aprobado por el Real Decreto 57/2002, de 18 de enero, relativas a las comunicaciones.
Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de NavarraLey de la Comunidad Autónoma de Navarra 3/2008, de 21 de febrero, por la que se modifica el artículo 2 de la Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.


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