 |
Orden SCO/719/2008, de 7 de marzo, por la que se modifican los anexos II y III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.
El Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, recopiló en un solo texto toda la normativa existente sobre esta materia, adaptándose a la legislación comunitaria. Las Órdenes de 4 de junio de 1998, de 26 de abril de 1999, de 3 de agosto de 2000, y las Órdenes SCO/249/2003, SCO/1448/2003, SCO/2592/2004, SCO/3664/2004, SCO/544/2005, SCO/3691/2005, SCO/747/2006, SCO/1730/2006, SCO/3283/2006, SCO/504/2007, SCO/1929/2007, SCO/2614/2007 y SCO/3089/2007 han modificado los anexos de este real decreto.
Este real decreto ha sido modificado por el Real Decreto 2131/2004, de 29 de octubre, y el Real Decreto 209/2005, de 25 de febrero.
La Directiva 76/768/CEE del Consejo, de 27 de julio de 1976, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de productos cosméticos, ha sido objeto de sucesivas modificaciones, las últimas mediante las Directivas 2007/53/CE de la Comisión, de 29 de agosto de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, a fin de adaptar su anexo III al progreso técnico, 2007/54/CE de la Comisión, de 29 de agosto de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, a fin de adaptar sus anexos II y III al progreso técnico, y 2007/67/CE de la Comisión, de 22 de noviembre de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, para adaptar su anexo III al progreso técnico.
Mediante esta disposición se transponen dichas directivas al ordenamiento jurídico interno.
Esta orden se dicta de acuerdo con la disposición final primera del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, por la que se faculta al Ministro de Sanidad y Consumo a actualizar sus anexos al progreso técnico.
En su virtud, dispongo:
Artículo único
Modificación del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos
Los anexos II y III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, quedan modificados del siguiente modo:
Uno. En el anexo II se añaden los números de referencia siguientes:
| "1244 | 1metil2,4,5trihidroxibenceno (n.º CAS 1124090) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1245 | 2,6dihidroxi4metilpiridina (n.º CAS 4664168) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1246 | 5hidroxi1,4benzodioxano (n.º CAS 10288365) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1247 | 3,4metilendioxifenol (n.º CAS 533313) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1248 | 3,4metilendioxianilina (n.º CAS 14268667) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1249 | Hidroxil2piridona (n.º CAS 822899) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1250 | 3nitro4aminofenoxietanol (n.º CAS 50982746) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1251 | 2metoxi4nitrofenol (n.º CAS 3251567) (4nitroguayacol) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1252 | C.I. Acid Black 131 (n.º CAS 12219011) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello |
| 1253 | 1,3,5trihidroxibenceno (n.º CAS 108736) (floroglucinol) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1254 | Triacetato de benceno 1,2,4 (n.º CAS 61363) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1255 | 1,4bencenodiamina, 2nitro, productos con clorometiloxirano y 2,2"iminobisetanol (n.º CAS 68478648) (n.º CAS 158571585) (HC Blue n.º 5) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1256 | Un producto complejo de reacción de la Nmetil1,4diaminoantraquinona, la epiclorohidrina y la monoetanolamina (n.º CAS 158571574) (HC Blue n.º 4) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1257 | Ácido 4aminobencenosulfónico (n.º CAS 121573) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1258 | Ácido 3,3"(sulfonilbis(2nitro4,1fenilen)imino)bis(6(fenilamino)bencenosulfónico y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1259 | 3(o 5)((4(benzilmetilamino)fenil)azo)1,2(o 1,4)dimetil1H1,2,4triazolio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1260 | 2,2"[[3cloro4[(2,6dicloro4nitrofenil)azo]fenil]imino]bisetanol (n.º CAS 23355648) (Disperse Brown 1) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1261 | 2[[4[etil(2hidroxietil)amino]fenil]azo]6metoxi3metilbenzotiazolio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1262 | 2[(4cloro2nitrofenil)azo]N(2metoxifenil)3oxobutiramida (n.º CAS 13515407) (Pigment Yellow 73) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1263 | 2,2"[(3,3"dicloro[1,1"bifenil]4,4"diil)bis(azo)]bis[3oxoNfenilbutiramida] (n.º CAS 6358856) (Pigment Yellow 12) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1264 | Ácido 2,2"(1,2etenodiil)bis[5(4etoxifenil)azo]bencenosulfónico y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1265 | 2,3dihidro2,2dimetil6[[4(fenilazo)1naftalenil]azo]1Hpirimidina (n.º CAS 4197255) (Solvent Black 3) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1266 | Ácido 3(o 5)[[4[(7amino1hidroxi3sulfonato2naftil)azo]1naftil]azo]salicílico y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1267 | Ácido 7(benzoilamino)4hidroxi3[[4[(4sulfofenil)azo]fenil]azo]2naftalenosulfónico y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1268 | [µ[[7,7"iminobis[4hidroxi3[[2hidroxi5(Nmetilsulfamoil)fenil]azo]naftaleno2sulfonato]](6)]]dicuprato(2) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1269 | Ácido 3[(4(acetilamino)fenil)azo]4hidroxi7[[[[5hidroxi6(fenilazo)7sulfo2naftalenil]amino]carbonil]amino]2naftalenosulfónico y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1270 | Ácido 7,7(benzoilamino)4hidroxi3[[4[(4sulfofenil)azo]fenil]azo]2naftalenosulfónico (n.º CAS 25188414) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1271 | N[4[bis[4(dietilamino)fenil]metileno]2,5ciclohexadien1ilideno]Netiletanaminio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1272 | 2[[(4metoxifenil)metilhidrazono]metil]1,3,3trimetil3Hindolio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1273 | 2[2[(2,4dimetoxifenil)amino]etenil]1,3,3trimetil3Hindolio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1274 | Nigrosina soluble en alcohol (n.º CAS 11099039) (Solvent Black 5), cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1275 | 3,7bis(dietilamino)fenoxazin5io (n.º CAS 47367759) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1276 | 9(dimetilamino)benzo[a]fenoxazin7io y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1277 | 6amino2(2,4dimetilfenil)1Hbenzo[de]isoquinolina1,3(2H)diona (n.º CAS 2478208) (Solvent Yellow 44) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1278 | 1amino4[[4[(dimetilamino)metil]fenil]amino]antraquinona (n.º CAS 12217435) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1279 | Ácido lacaico (CI Natural Red 25) (n.º CAS 60687936) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1280 | Ácido 5[(2,4dinitrofenil)amino]2(fenilamino)bencenosulfónico (n.º CAS 15347521) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1281 | 4[(4nitrofenil)azo]anilina (n.º CAS 730405) (Disperse Orange 3) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1282 | 4nitromfenilendiamina (n.º CAS 5131588) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1283 | 1amino4(metilamino)9,10antraquinona (n.º CAS 1220946) (Disperse Violet 4) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1284 | Nmetil3nitropfenilendiamina (n.º CAS 2973219) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1285 | N1(2hidroxietil)4nitroofenilendiamina (n.º CAS 56932446) (HC Yellow n.º 5) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1286 | N1(tris(hidroximetil))metil4nitro1,2fenilendiamina (n.º CAS 56932457) (HC Yellow n.º 3) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1287 | 2nitroNhidroxietilpanisidina (n.º CAS 57524535) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1288 | N,N"dimetilNhidroxietil3nitropfenilendiamina (n.º CAS 10228032) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1289 | 3(NmetilN(4metilamino3nitrofenil)amino)propano1,2diol (n.º CAS 93633795) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1290 | Ácido 4etilamino3nitrobenzoico (n.º CAS 2788741) (Netil3nitro PABA) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1291 | (8[(4amino2nitrofenil)azo]7hidroxi2naftil)trimetilamonio y sus sales, excepto Basic Red 118 (n.º CAS 71134979) como impureza en Basic Brown 17, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1292 | 5((4(dimetilamino)fenil)azo)1,4dimetil1H1,2,4triazolio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1293 | 4(fenilazo)mfenilendiamina (n.º CAS 495545) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1294 | 4metil6(fenilazo)1,3bencenodiamina y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1295 | Ácido 2,7naftalenodisulfónico, 5(acetilamino)4hidroxi3((2metilfenil)azo)y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1296 | 4,4"[(4metil1,3fenileno)bis(azo)]bis(6metil1,3bencenodiamina (n.º CAS 4482251) (Basic Brown 4) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1297 | 3((4((diamino(fenilazo)fenil)azo)2metilfenil)azo)N,N,Ntrimetilbenzenaminio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1298 | 3((4((diamino(fenilazo)fenil)azo)1naftalenil)azo)N,N,Ntrimetilbenzenaminio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1299 | N[4[(4(dietilamino)fenil]fenilmetileno]2,5ciclohexadien1ilideno]Netiletanaminio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1300 | 1[(2hidroxietil)amino]4(metilamino)9,10antraquinona (n.º CAS 86722669), sus derivados y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1301 | 1,4diamino2metoxi9,10antraquinona (n.º CAS 2872482) (Disperse Red 11) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1302 | 1,4dihidroxi5,8bis((2hidroxietil)amino)antraquinona (n.º CAS 3179906) (Disperse Blue 7) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1303 | 1((3aminopropil)amino)4(metilamino)antraquinona y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1304 | N(6((2cloro4hidroxifenil)imino)4metoxi3oxo1,4ciclohexadien1il)acetamida (n.º CAS 66612111) (HC Yellow n.º 8) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1305 | (6((3cloro4(metilamino)fenil)imino)4metil3oxociclohexa1,4dien1il)urea (n.º CAS 56330882) (HC Red n.º 9) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1306 | 3,7bis(dimetilamino)fenotiazin5io y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1307 | 4,6bis(2hidroxietoxi)mfenilendiamina y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1308 | 5amino2,6dimetoxi3hidroxipiridina (n.º CAS 104333031) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1309 | 4,4diaminodifenilamina (n.º CAS 537655) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1310 | 4dietilaminootoluidina (n.º CAS 148710) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1311 | N,Ndietilpfenilendiamina (n.º CAS 93050) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1312 | N,Ndimetilpfenilendiamina (n.º CAS 99989) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1313 | Tolueno3,4diamina (n.º CAS 496720) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello |
| 1314 | 2,4diamino5metilfenoxietanol (n.º CAS 141614053) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1315 | 6aminoocresol (n.º CAS 17672229) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1316 | Hidroxietilaminometilpaminofenol (n.º CAS 110952460) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1317 | 2amino3nitrofenol (n.º CAS 603850) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1318 | 2cloro5nitroNhidroxietilpfenilendiamina (n.º CAS 50610281) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1319 | 2nitropfenilendiamina (n.º CAS 5307142) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1320 | Hidroxietil2,6dinitropanisidina (n.º CAS 122252113) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1321 | 6nitro2,5piridindiamina (n.º CAS 69825838) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1322 | 3,7diamino2,8dimetil5fenilfenazinio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1323 | Ácido 3hidroxi4((2hidroxinaftil)azo)7nitronaftalen1sulfónico (n.º CAS 16279542) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1324 | 3((2nitro4(trifluorometil)fenil)amino)propano1,2diol (n.º CAS 104333008) (HC Yellow n.º 6) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1325 | 2[(4cloro2nitrofenil)amino]etanol (n.º CAS 59320137) (HC Yellow n.º 12) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1326 | 3[[4[(2hidroxietil)metilamino]2nitrofenil]amino]1,2propanodiol (n.º CAS 173994757) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1327 | 3[[4[etil(2hidroxietil)amino]2nitrofenil]amino]1,2propanodiol (n.º CAS 114087411) y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello. |
| 1328 | N[4[(4(dietilamino)fenil][4(etilamino)1naftalenil]metileno]2,5ciclohexadien1ilideno]Netiletanaminio y sus sales, cuando se emplee en tintes de cabello." |
Dos. La primera parte del anexo III se modifica como sigue:
a) En el número de referencia 8, en la columna b, el texto "p-fenilendiamina, sus derivados N-sustituidos y sus sales; los derivados N-sustituidos de la o-fenilendiamina(1), excluidos los ya mencionados en el presente anexo" se sustituye por el texto siguiente: "p-fenilendiamina, sus derivados N-sustituidos y sus sales; los derivados N-sustituidos de la o-fenilendiamina(1), excluidos los ya mencionados en el presente anexo y en los números de referencia 1309, 1311 y 1312 del anexo II".
b) En el número de referencia 9, en la columna b, el texto: "diaminotoluenos, sus derivados N-sustituidos y sus sales(1) exceptuada la sustancia n.º 364 del anexo II" se sustituye por el texto siguiente: "metilfenilendiaminas, sus derivados N-sustituidos y sus sales(1) excepto las sustancias de los números de referencia 364, 1310 y 1313 del anexo II".
c) En los números de referencia 26 a 43, 47 y 56, después de cada epígrafe de la columna f, se añade el texto siguiente:
"Toda pasta dentífrica que contenga una cantidad de flúor comprendida entre 0,1-0,15%, excepto si ya está etiquetada como contraindicada para niños (por ejemplo, con la indicación "solo para adultos"), deberá ir obligatoriamente provista del etiquetado siguiente:
"Niños de 6 años o menores: utilizar una cantidad del tamaño de un guisante bajo la supervisión de un adulto a fin de minimizar el riesgo de ingestión. En caso de recibir un aporte suplementario de flúor a través de otras fuentes, consulte a su odontólogo o su médico de cabecera."
Tres. La segunda parte del anexo III se modifica como sigue:
a) Se suprimen los números de referencia 1, 2, 8, 13, 15, 30, 41, 43, 45, 46, 51, 52, 53 y 54.
b) Para los números de referencia 3, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 18, 19, 20, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 44, 47, 48, 49, 50, 55, 56, 57, 58, 59 y 60 en la columna g, la fecha "31.12.2007" se sustituye por "31.12.2009".
Disposición transitoria única
Prohibición de comercialización
1. A partir del 18 de junio de 2008 no podrán ser puestos en el mercado productos cosméticos que no se ajusten a lo establecido en el artículo único, apartados uno, dos.a) y b) y tres.a).
2. A partir del 19 de marzo de 2009 no podrán ser puestos en el mercado productos cosméticos que no se ajusten a lo establecido en el artículo único, apartado dos.c).
Disposición final primera
Incorporación de derecho de la Unión Europea
Mediante esta orden se incorporan al ordenamiento jurídico interno las Directivas 2007/53/CE de la Comisión, de 29 de agosto de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, a fin de adaptar su anexo III al progreso técnico, 2007/54/CE de la Comisión, de 29 de agosto de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, a fin de adaptar sus anexos II y III al progreso técnico, y 2007/67/CE de la Comisión, de 22 de noviembre de 2007, por la que se modifica la Directiva 76/768/CEE del Consejo, relativa a los productos cosméticos, para adaptar su anexo III al progreso técnico.
Disposición final segunda
Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
-
|
 |