|
|
Contactar Aviso legal Buscar Portada |
|
|
Ley de la Comunidad Autónoma de Cantabria 8/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009.Capítulo IDe la aprobación de los créditos y de su contenido Artículo 1 Aprobación de los créditos Se aprueban por la presente Ley los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2009, que están integrados por: a) El presupuesto de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Cantabria que incluye como Sección 11 el Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Salud y como Sección 13 el Organismo Autónomo Servicio Cántabro de Empleo. b) El presupuesto del Organismo Autónomo Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria, que incluye el de la Escuela Regional de Policía Local y el de la Escuela Regional de Protección Civil. c) El presupuesto del Organismo Autónomo Centro de Investigación del Medio Ambiente. d) El presupuesto del Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaría. e) El presupuesto del Organismo Autónomo Instituto Cántabro de Estadística. f) El presupuesto del Ente de Derecho Público Consejo Económico y Social de Cantabria. g) El presupuesto del Consejo de la Mujer de Cantabria. h) El presupuesto del Consejo de la Juventud de Cantabria. i) El presupuesto de la Fundación Cántabra para la Salud y el Bienestar Social. j) El presupuesto de la Fundación Centro Tecnológico en Logística Integral Cantabria. k) El presupuesto de la Fundación Centro Tecnológico de Componentes. l) El presupuesto de la Fundación Marqués de Valdecilla. m) El presupuesto del Órgano de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales de Cantabria. n) El presupuesto de la Entidad Pública Empresarial Puertos de Cantabria. ñ) Instituto de Finanzas de Cantabria. o) El presupuesto de la Fundación Cántabra del Deporte. p) El presupuesto de la Fundación Fondo Cantabria Coopera. q) Los presupuestos de las Sociedades Mercantiles Autonómicas. Artículo 2 Créditos iniciales Uno. Para la ejecución de los programas integrados en el Estado de Gastos del Presupuesto del párrafo a), del artículo anterior, se aprueban créditos por importe de dos mil cuatrocientos noventa y cuatro millones ciento ochenta mil seiscientos cinco euros (2.494.180.605 ) cuya distribución por política de gastos es la siguiente:
Dos. En el Estado de Gastos del Presupuesto del Organismo Autónomo Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria, se aprueban los créditos necesarios para atender al cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de un millón setecientos veintisiete mil cuatrocientos ochenta y cinco euros (1.727.485 ) y en cuyo Estado de Ingresos se recogen las estimaciones de los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, por igual importe. Tres. En el Estado de Gastos del Presupuesto del Organismo Autónomo Oficina de Calidad Alimentaría se aprueban los créditos para atender el cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de dos millones ciento diecisiete mil ciento seis euros (2.117.106 ) y en cuyo Estado de Ingresos se recogen las estimaciones de los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, por igual importe. Cuatro. En el Estado de Gastos del Presupuesto del Organismo Autónomo Instituto Cántabro de Estadística se aprueban los créditos para atender el cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de un millón setecientos ochenta mil cuatrocientos treinta y nueve euros (1.780.439 ), y en cuyo Estado de Ingresos se recogen las estimaciones de los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, por igual importe. Cinco. En el Estado de Gastos del Presupuesto del Organismo Autónomo Centro de Investigación del Medio Ambiente se aprueban los créditos para atender el cumplimiento de sus obligaciones, por un importe de cuatro millones ochocientos sesenta y cinco mil seiscientos veintitrés euros (4.865.623 ) y en cuyo Estado de Ingresos se recogen las estimaciones de los derechos económicos a liquidar durante el ejercicio, por igual importe. Seis. La estimación de Gastos aprobada del resto del Sector Público Autonómico con presupuesto limitativo asciende a un millón trescientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintiun euros (1.341.421 ) cuya distribución es la siguiente:
Siete. En el Estado de Gastos del Presupuesto se detallan, a través de sus presupuestos de explotación y de capital las dotaciones anuales de las entidades que forman parte del Sector Público Autonómico Empresarial y Fundacional. Ocho. Como resultado de las consignaciones de créditos que se han detallado en los apartados anteriores, el Presupuesto consolidado para el año 2009 de la Comunidad Autónoma de Cantabria asciende a dos mil cuatrocientos noventa y cinco millones veintiocho mil quinientos siete euros (2.495.028.507 ). Artículo 3 Financiación de los créditos iniciales Los créditos aprobados en el Estado de Gastos de los presentes Presupuestos Generales se financiarán: a) Con los recursos económicos de origen tributario y de Derecho Público que se prevén liquidar durante el ejercicio, comprensivos de los tres primeros Capítulos del Presupuesto de Ingresos (impuestos directos y cotizaciones sociales, impuestos indirectos, y tasas, precios públicos y otros ingresos). b) Con los ingresos no fiscales a liquidar durante el ejercicio, que comprenden los Capítulos IV a VII del Presupuesto de Ingresos (transferencias corrientes, ingresos patrimoniales, enajenación de inversiones reales y transferencias de capital). c) Con los recursos detallados en el Capítulo VIII del Estado de Ingresos. d) Con el producto del endeudamiento, cuya previsión inicial se contempla en el Capítulo IX del Estado de Ingresos, por importe de doscientos catorce millones seiscientos noventa y seis mil doscientos seis euros (214.696.206 ). Boletín Oficial del Estado de 24 de Enero de 2009
|