Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 3/2009, de 6 de abril, de montes de Castilla y León.
Capítulo I
Responsabilidad administrativa
Artículo 112
Régimen jurídico del ejercicio de la potestad sancionadora
El ejercicio de la potestad sancionadora se ajustará a las reglas establecidas en la legislación básica en materia de montes y de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo dispuesto en su normativa autonómica de desarrollo y en particular el Decreto 189/1994, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Regulador del Procedimiento Sancionador de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.