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Legislación nacional y autonómica

Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2010.

Vista la relación de Fiestas Laborales para el año 2010 remitidas por las diecisiete Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla al Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

Primero.-De conformidad con lo establecido en el artículo 45.5 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según la redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 2 de noviembre, las diecisiete Comunidades Autónomas y las Ciudades de Ceuta y Melilla han remitido al Ministerio de Trabajo e Inmigración la relación de Fiestas Laborales para el año 2010.

Segundo.-Que la remisión de las Fiestas Laborales a que se ha hecho referencia tiene por objeto el de su publicación en el Boletín Oficial del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983.

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes

Fundamentos de Derecho

Primero

Cuando el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, enumera las fiestas de ámbito nacional, de carácter retribuido y no recuperable, distingue entre las señaladas en los apartados a), b) y c) que tienen el carácter de nacional no sustituibles por las Comunidades Autónomas y aquellas, las reflejadas en el apartado d), respecto de las cuales las Comunidades Autónomas pueden optar entre celebrar en su territorio dichas fiestas o sustituirlas por otras que, por tradición les sean propias.

Segundo

Que entre las facultades reconocidas a favor de las Comunidades Autónomas en el artículo 45.3 del Real Decreto 2001/1983, se encuentra también la posibilidad de sustituir el descanso del lunes de las fiestas nacionales que coinciden en domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la Comunidad Autónoma de otras que les sean tradicionales, así como la opción entre la celebración de la Fiesta de San José o la de Santiago Apóstol en su correspondiente territorio.

Asimismo, el apartado 2 del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, faculta en su último párrafo a aquellas Comunidades Autónomas que no pudieran establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales a añadir, en el año que así ocurra, una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce.

Tercero

Que la Dirección General de Trabajo es competente para disponer la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de fiestas comunicadas, en consecuencia con lo previsto en el ya mencionado artículo 45.4 del Real Decreto 2001/1983, y en el Real Decreto 1129/2008, de 4 de julio, a fin de dar cumplimiento a la finalidad de facilitar el general conocimiento en todo el territorio nacional del conjunto de las fiestas laborales, de tal forma que junto con la publicación de las fiestas de las Comunidades Autónomas y de las Ciudades de Ceuta y Melilla se transcriban también las fiestas laborales de ámbito nacional de carácter permanente que figuran en el mencionado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación.

Esta Dirección General de Trabajo dispone la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la relación de fiestas de ámbito nacional, de Comunidad Autónoma y de las Ciudades de Ceuta y Melilla que figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 12 de noviembre de 2009.-El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.

ANEXO

Año 2010

FECHA DE LAS FIESTASAndalucía Aragón Asturias Baleares Canarias Cantabria Castilla-La Mancha Castilla y León Cataluña Comunidad Valenciana Extremadura Galicia Madrid Murcia Navarra País Vasco La Rioja Ciudad Autónoma de Ceuta Ciudad Autónoma de Melilla
ENERO
1 Año Nuevo*******************
6 Epifanía del Señor**************************************
FEBRERO
MARZO
1 Por traslado del Día de Andalucía***
1 Día de las Illes Balears***
19 San José**********************
ABRIL
1 Jueves Santo**********************************
2 Viernes Santo*******************
5 Lunes de Pascua.***************
23 Fiesta de la Com. Autónoma***
23 San Jorge, Día de Aragón***
MAYO
1 Fiesta del Trabajo*******************
17 Día de las Letras Gallegas***
31 Día de la Región de Castilla-La Mancha***
31 Día de Canarias***
JUNIO
3 Fiesta del Corpus Christi***
9 Día de la Región de Murcia***
9 Día de La Rioja***
24 San Juan***
JULIO
26 Lunes siguiente a Santiago Apóstol
28 Día de las Instituciones***
AGOSTO
16 Lunes siguiente a la Asunción de la Virgen******
SEPTIEMBRE
2 Día de la Ciudad Autónoma de Ceuta***
8 Día de Asturias***
8 Día de Extremadura***
11 Fiesta Nacional de Cataluña***
15 La Bien Aparecida***
OCTUBRE
9 Día de la Comunidad Valenciana***
12 Fiesta Nacional de España*******************
NOVIEMBRE
1 Todos los Santos*******************
17 Pascua del Sacrificio***
17 Pascua del Sacrificio (Aid El Kebir)***
DICIEMBRE
6 Día de la Constitución Española*******************
8 La Inmaculada Concepción*******************
25 Natividad del Señor*******************
FECHA DE LAS FIESTASAndalucíaAragónAsturiasBalearesCanariasCantabriaCastilla-La ManchaCastilla y LeónCataluñaComunidad ValencianaExtremaduraGaliciaMadridMurciaNavarraPaís Vasco La RiojaCiudad Autónoma de CeutaCiudad Autónoma de Melilla

CÓDIGOS DE LAS FIESTAS:

Fiesta Nacional no sustituible. (*)

Fiesta Nacional respecto de la que no se ha ejercido la facultad de sustitución. (**)

Fiesta de Comunidad Autónoma. (***)

Cuando junto al código de la Fiesta aparecen las letras FR se indica que la fiesta es recuperable.

En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 120/2009, de 1 de septiembre, por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2010 (B.O.C. de 11.09.2009) dispone: En las Islas de El Hierro, Fuerteventura, Gran Canaria, La Gomera, La Palma, Lanzarote y Tenerife, las Fiestas Laborales serán las siguientes: En El Hierro: el 24 de septiembre, Nuestra Señora de los Reyes; en Fuerteventura: el 18 de septiembre, Nuestra Señora de la Peña; en Gran Canaria: el 8 de septiembre, Nuestra Señora del Pino; en La Gomera: el 4 de octubre, Nuestra Señora de Guadalupe; en Lanzarote: el 15 de septiembre, Virgen de los Dolores, Ntra. Señora de los Volcanes; en La Palma: el 5 de agosto, Virgen de las Nieves; en Tenerife: el 2 de febrero, Virgen de la Candelaria.

Boletín Oficial del Estado de 20 de Noviembre de 2009
Modelos de declaración 390, 036 y 037Orden EHA/3111/2009, de 5 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal simplificada de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores.
Pagos por vía telemática, Tasas del Cuerpo Nacional de PolicíaResolución de 11 de noviembre de 2009, de la Subsecretaría del Interior, por la que se establece el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones, para el pago por vía telemática, de las tasas correspondientes a la participación en la oposición a ingreso al Cuerpo Nacional de Policía y a la participación en las pruebas de selección para vigilantes de seguridad y sus especialidades.
Pagos por vía telemática, Tasas de la Guardia CivilResolución de 11 de noviembre de 2009, de la Subsecretaría del Interior, por la que se establece el procedimiento para la presentación de la autoliquidación y las condiciones para el pago por vía telemática de diversas tasas correspondientes a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito Guardia Civil.
Ministerio de Fomento, Comisión de Administración ElectrónicaOrden FOM/3112/2009, de 28 de octubre, por la que se modifica la Orden FOM/716/2009, de 4 de marzo, por la que se regula la composición y funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Fomento.
Técnico en Producción AgroecológicaReal Decreto 1633/2009, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico en Producción Agroecológica y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Calendario laboral, Año 2010Resolución de 12 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2010.
Pensiones no contributivas, Rentas o ingresos computables y su imputaciónOrden PRE/3113/2009, de 13 de noviembre, por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 357/1991, de 15 de marzo, por el que se desarrolla, en materia de pensiones no contributivas, la Ley 26/1990, de 20 de diciembre, por la que se establecen en la Seguridad Social prestaciones no contributivas, sobre rentas o ingresos computables y su imputación.