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Legislación nacional y autonómica

Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales.

Título IV

De la participación y la formación

Artículo 48

Participación ciudadana, formación y educación

1. Todos los ciudadanos que lo deseen pueden beneficiarse de los mecanismos de participación, formación y educación establecidos por la presente ley, individual o colectivamente, mediante entidades o asociaciones.

2. El departamento competente en materia de medio ambiente debe impulsar los planes y programas de formación en el respeto de los ecosistemas acuáticos continentales.

3. Las escuelas del río son centros en que se imparte formación y educación teórica y práctica sobre el conocimiento de los ríos y la pesca respetuosa con el ecosistema acuático continental. El régimen de funcionamiento de las escuelas del río y el correspondiente programa de formación deben establecerse por reglamento. El departamento competente en materia de medio ambiente debe fomentar el establecimiento de una red de escuelas del río.

4. La Federación Catalana de Pesca Deportiva y Casting, las sociedades de pescadores y las entidades conservacionistas y de custodia del territorio tienen la consideración de colaboradores preferentes en la materia a la que se refiere el presente artículo.

Artículo 49

Entidades tutoras de la pesca y entidades tutoras del río

1. La participación de las entidades sin fines de lucro en las funciones de conservación y recuperación de los ecosistemas acuáticos continentales se lleva a cabo mediante la figura de las entidades tutoras de la pesca y de las entidades tutoras del río.

2. Tienen la consideración de entidades tutoras de la pesca las entidades o las asociaciones sin fines de lucro que tengan como objeto social la promoción de la actividad de la pesca, como las sociedades de pescadores y sus federaciones, que sean declaradas como tales por el departamento competente en materia de pesca no profesional en aguas continentales y que lleven a cabo actividades o inversiones para favorecer la actividad de la pesca responsable y la conservación y recuperación de los ecosistemas acuáticos continentales.

3. Cada entidad tutora de la pesca debe tener, como mínimo, un tramo asignado para llevar a cabo su actividad. Las sociedades de pescadores deben tener preferencia sobre las demás entidades en los tramos de pesca ubicados dentro de su municipio.

4. Tienen la consideración de entidades tutoras del río las entidades o las asociaciones sin fines de lucro, como las entidades conservacionistas y las de custodia del territorio, que sean declaradas como tales por el departamento competente en materia de medio ambiente y que lleven a cabo actividades o inversiones para favorecer la conservación y la recuperación de los ecosistemas acuáticos continentales.

5. El procedimiento para declarar entidades tutoras de la pesca y entidades tutoras del río, así como su régimen de funcionamiento, deben establecerse por reglamento.

Boletín Oficial del Estado de 18 de Enero de 2010
Contabilidad pública, Sistema de información contableResolución de 30 de diciembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula un procedimiento excepcional para el caso de que se produzcan incidencias en el funcionamiento del sistema de información contable de la Administración General del Estado que impidan el registro de las operaciones.
Enseñanzas especializadas, Música y danzaReal Decreto 1953/2009, de 18 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, el Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, y el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, en lo relativo al cálculo de la nota media de los alumnos de las enseñanzas profesionales de música y danza.
Cotización a la Seguridad Social, Normas para el 2010Orden TIN/25/2010, de 12 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
Precios de los gases licuados del petróleo por canalizaciónResolución de 11 de enero de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
Profesiones marítimas, Formación y expedición de títulosReal Decreto 2008/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero.
Comunidad Autónoma de Cataluña, Créditos extraordinariosLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 21/2009, de 18 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2009.
Ley de pesca en aguas continentales de CataluñaLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales.
Ley del Centro de Iniciativas para la Reinserción de CataluñaLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 23/2009, de 23 de diciembre, del Centro de Iniciativas para la Reinserción.
Ley de Cataluña del Síndic de GreugesLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
Comunidad Autónoma de Cataluña, Presupuestos 2010Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2010.
Cataluña, Medidas fiscales y administrativas 2010Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Decreto-ley de ordenación de los equipamientos comerciales de CataluñaDecreto-ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.
Instituto Cántabro de Servicios SocialesLey de la Comunidad Autónoma de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.