Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 23/2009, de 23 de diciembre, del Centro de Iniciativas para la Reinserción.
Disposiciones finales
Disposición final primera
Aprobación de los estatutos
El Gobierno, a propuesta del consejero o consejera del departamento competente en materia de ejecución penal, en el plazo de seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley, debe aprobar los nuevos estatutos del Centro de Iniciativas para la Reinserción, que deben regular su organización y régimen de funcionamiento.
Disposición final segunda
Entrada en vigor
La presente ley entra en vigor a los veinte días de su publicación en el "Diari Oficial de la Generalitat de Cataluña".
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 23 de diciembre de 2009.-El Presidente de la Generalidad de Cataluña, José Montilla i Aguilera.-La Consejera de Justicia, Montserrat Tura i Camafreita.
(Publicada en el "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 5.536, de 30 de diciembre de 2009)