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Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.

Capítulo III

Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Artículo 77

Consejo Asesor

1. Se crea el Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, que tiene como función asistir y asesorar al Síndic en el ejercicio de las funciones que le corresponden como Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

2. Los miembros del Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes deben ser expertos independientes en materia de derechos humanos, con conocimientos y aptitudes profesionales y prestigio reconocidos. La composición del Consejo debe reflejar el equilibrio de género.

3. Los miembros del Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes son escogidos por el Parlamento y nombrados por el presidente o presidenta del Parlamento para un mandato coincidente con el del síndic o síndica de greuges. La elección se realiza, según el procedimiento establecido en el Reglamento del Parlamento, entre las candidaturas que se presenten tras la publicación de la convocatoria en el "Butlletí Oficial del Parlament de Cataluña", conforme a la siguiente distribución:

a) Dos miembros a propuesta de colegios profesionales de abogados.

b) Dos miembros a propuesta de colegios profesionales del ámbito de la salud.

c) Cuatro miembros a propuesta de organizaciones no gubernamentales de defensa de los derechos humanos, en especial de aquellas que trabajan por la prevención de la tortura.

d) Dos miembros a propuesta de centros universitarios de investigación en materia de derechos humanos.

e) Dos profesionales con experiencia en el ámbito de la prevención de la tortura y en el trabajo con personas privadas de libertad.

4. La condición de miembro del Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes únicamente da derecho a percibir los derechos de asistencia e indemnizaciones por razón de servicio que se determinen.

5. Corresponden al Consejo Asesor del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes las siguientes competencias:

a) Formular propuestas de actuación al Síndic de Greuges, incluida la realización de visitas preventivas a espacios concretos en que se hallen personas privadas de libertad.

b) Emitir informe sobre las cuestiones que el Síndic de Greuges le plantee.

c) Tener conocimiento, antes de que el Síndic lo presente al Parlamento, del informe anual a que se refiere el artículo 74, para poder formular observaciones al mismo.

d) Proponer a dos de sus miembros como miembros del Equipo de Trabajo del Síndic de Greuges para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

e) Prestar al Síndic de Greuges el asesoramiento que éste le solicite.

f) Llevar a cabo las actuaciones que le encomiende el Síndic de Greuges.

Boletín Oficial del Estado de 18 de Enero de 2010
Contabilidad pública, Sistema de información contableResolución de 30 de diciembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula un procedimiento excepcional para el caso de que se produzcan incidencias en el funcionamiento del sistema de información contable de la Administración General del Estado que impidan el registro de las operaciones.
Enseñanzas especializadas, Música y danzaReal Decreto 1953/2009, de 18 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, el Real Decreto 85/2007, de 26 de enero, y el Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, en lo relativo al cálculo de la nota media de los alumnos de las enseñanzas profesionales de música y danza.
Cotización a la Seguridad Social, Normas para el 2010Orden TIN/25/2010, de 12 de enero, por la que se desarrollan las normas de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, contenidas en la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
Precios de los gases licuados del petróleo por canalizaciónResolución de 11 de enero de 2010, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se hacen públicos los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
Profesiones marítimas, Formación y expedición de títulosReal Decreto 2008/2009, de 23 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero.
Comunidad Autónoma de Cataluña, Créditos extraordinariosLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 21/2009, de 18 de diciembre, de concesión de un crédito extraordinario y de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2009.
Ley de pesca en aguas continentales de CataluñaLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales.
Ley del Centro de Iniciativas para la Reinserción de CataluñaLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 23/2009, de 23 de diciembre, del Centro de Iniciativas para la Reinserción.
Ley de Cataluña del Síndic de GreugesLey de la Comunidad Autónoma de Cataluña 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges.
Comunidad Autónoma de Cataluña, Presupuestos 2010Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 25/2009, de 23 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2010.
Cataluña, Medidas fiscales y administrativas 2010Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 26/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, financieras y administrativas.
Decreto-ley de ordenación de los equipamientos comerciales de CataluñaDecreto-ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 1/2009, de 22 de diciembre, de ordenación de los equipamientos comerciales.
Instituto Cántabro de Servicios SocialesLey de la Comunidad Autónoma de Cantabria 3/2009, de 27 de noviembre, de creación del Instituto Cántabro de Servicios Sociales.