Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2010.
Título VII
De las empresas públicas, de las fundaciones públicas y otras entidades
Artículo 35
Las empresas públicas, fundaciones públicas y otros entes
Las empresas públicas, las fundaciones públicas y los consorcios a que se refiere el artículo 2.1.f de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León remitirán a la Intervención General copias autorizadas de las cuentas anuales, así como el informe de auditoría y el de gestión, cuando proceda su emisión. Asimismo, toda la documentación citada será enviada a la Consejería de adscripción, que a su vez remitirá copia a la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios.
Artículo 36
Los Consejos Reguladores definitivos
Los Consejos Reguladores definitivos de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas rendirán sus cuentas anuales a la Consejería de Agricultura y Ganadería y las someterán a auditoría externa.