Ley de la Comunidad Autónoma de Castilla y León 11/2009, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2010.
Disposiciones finales
Disposición final primera
Normas Supletorias
En todas aquellas materias no reguladas en la presente Ley, y en tanto no existan normas propias, será de aplicación supletoria la normativa estatal, y en aquello que pudiera ser aplicable, la Ley de Presupuestos Generales del Estado en vigor y la Ley 47//2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Disposición final segunda
Desarrollo de la Ley
Se autoriza a la Junta de Castilla y León para que, a propuesta del titular de la Consejería de Hacienda, dicte las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de cuanto se establece en esta Ley.
Disposición final tercera
Vigencia de la Ley
La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 2010.
Por lo tanto, mando a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley la cumplan y a todos los Tribunales y Autoridades que corresponda que la hagan cumplir.
Valladolid, 22 de diciembre de 2009.-El Presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera Campo.
(Publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León n.º 250, de fecha 30 de diciembre de 2009)
(Gráficos y anexos omitidos: BOE de 04/02/2010)