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Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía.Título ILos documentos de titularidad pública y el Patrimonio Documental de Andalucía Artículo 8 Concepto de documento 1. Se entiende por documento, a los efectos de la presente ley, toda información producida por las personas físicas o jurídicas de cualquier naturaleza como testimonio de sus actos, recogida en un soporte, con independencia de la forma de expresión o contexto tecnológico en que se haya generado. 2. Se excluyen de este concepto las publicaciones que no formen parte de un expediente administrativo. Boletín Oficial del Estado de 28 de Noviembre de 2011 |